La NOM-028-SSA2-1999, actualizada en 2009 como NOM-028-SSA2-2009, es una de las Normas Oficiales Mexicanas más importantes en materia de salud pública. Su objetivo es establecer los procedimientos, criterios y lineamientos para la prevención, tratamiento y control de las adicciones en todo el país.

En este artículo encontrarás un resumen completo y amigable de la norma 028, sus apartados principales, definiciones, modalidades de atención y acciones de prevención. Además, te compartimos referencias a otras NOM relacionadas y un apartado para descargar la NOM-028 pdf publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Introducción

El consumo de sustancias psicoactivas, como alcohol, tabaco y drogas ilícitas, representa un problema de salud pública con graves consecuencias sociales, familiares y económicas.

La NOM-028-SSA2-1999 reconoce que el abuso de estas sustancias afecta no solo la salud de la persona, sino también su entorno: familia, escuela, comunidad y trabajo.

Algunos problemas asociados son:

  • Accidentes y violencia vinculados al consumo de alcohol.
  • Enfermedades crónicas como cirrosis, cáncer, enfermedades respiratorias y cardiovasculares.
  • Impactos sociales como violencia intrafamiliar, criminalidad y conductas de riesgo.
  • Consecuencias en mujeres embarazadas, como síndrome alcohólico fetal o complicaciones en la gestación.

La norma responde a la necesidad de regular la atención de las adicciones con un enfoque integral: prevención, detección, tratamiento, rehabilitación, reinserción social, investigación y capacitación.

Objetivo y campo de aplicación

La NOM-028-SSA2-1999 establece procedimientos y criterios para la atención integral de las adicciones.

Es de observancia obligatoria en todo México para:

  • Prestadores de servicios de salud del Sistema Nacional de Salud.
  • Establecimientos de los sectores público, privado y social que trabajen en prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción social.
  • Centros que realicen acciones de investigación, capacitación y control de las adicciones.

En resumen, cualquier institución o centro que atienda problemas de adicciones debe cumplir con esta norma.

Definiciones clave de la norma 028

La norma dedica un apartado importante a las definiciones, que ayudan a precisar conceptos básicos. Algunas de las más relevantes son:

  • Adicción o dependencia: estado psicofísico caracterizado por la necesidad compulsiva de consumir una sustancia, con el fin de experimentar sus efectos o evitar el malestar de la abstinencia.
  • Adicto en recuperación: persona que ha dejado de consumir y está en proceso de reinserción social.
  • Alcoholismo: síndrome de dependencia al alcohol etílico.
  • Prevención universal: dirigida a toda la población, busca impedir o retrasar el inicio del consumo.
  • Prevención selectiva: enfocada en grupos de riesgo (hijos de alcohólicos, personas en situación de calle, menores infractores, etc.).
  • Prevención indicada: dirigida a personas que muestran signos tempranos de consumo o problemas de conducta.
  • Reducción de daños: acciones que buscan disminuir riesgos sin requerir necesariamente abstinencia total.
  • Rehabilitación del adicto: proceso para recuperar la salud física, mental y social.
  • Reinserción social: acciones que promueven la integración de la persona en la comunidad.

Generalidades

La norma establece que los servicios especializados en adicciones deben cubrir actividades de:

  1. Prevención.
  2. Urgencias.
  3. Tratamiento.
  4. Rehabilitación y reinserción social.
  5. Reducción de daños y riesgos.
  6. Enseñanza y capacitación.
  7. Investigación científica.

Los establecimientos residenciales deben contar con:

  • Aviso de funcionamiento y registro ante el CONADIC.
  • Programa general de trabajo aprobado.
  • Reglamento interno y manuales técnicos.
  • Infraestructura adecuada, separada por grupos de edad y sexo.
  • Personal capacitado.
  • Programas de atención integral que garanticen respeto a los derechos humanos, alimentación adecuada, confidencialidad de la información y participación de la familia en el proceso.

Prevención de adicciones

La prevención es un eje central de la norma 028. Sus acciones deben basarse en diagnósticos, evidencias científicas y considerar factores sociales, culturales y epidemiológicos.

Existen tres tipos de prevención:

  • Universal: campañas y programas para toda la población.
  • Selectiva: intervenciones en grupos específicos con mayor riesgo.
  • Indicada: dirigida a personas que muestran signos de consumo experimental.

Además, la norma establece que los programas deben incluir educación para la salud, comunicación social y participación comunitaria.

Detección temprana y derivación

El personal de salud tiene la responsabilidad de valorar clínicamente el consumo de sustancias en individuos.

  • Si hay consumo ocasional, debe aplicarse un consejo de salud para concientizar.
  • Si existe consumo perjudicial, la persona debe ser derivada a servicios especializados.

Referencia de usuarios

Cuando un establecimiento no puede brindar la atención adecuada, debe referir al usuario a otra institución. Para ello se debe elaborar una hoja de referencia con datos del caso, pruebas realizadas y sugerencias de tratamiento.

Tratamiento

El tratamiento se divide en dos modalidades:

  1. No residencial: incluye atención de urgencias, consulta externa, modelos de ayuda mutua y tratamientos alternativos.
  2. Residencial: puede darse en centros profesionales, de ayuda mutua o mixtos.

Los criterios incluyen:

  • Diagnóstico clínico completo.
  • Expediente médico y nota de evolución.
  • Participación de la familia.
  • Enfoque interdisciplinario.
  • Respeto a la dignidad y derechos de los usuarios.

El tratamiento también contempla la estrategia de reducción de daños, muy importante en casos de VIH/SIDA y consumo de drogas inyectables.

Investigación y vigilancia epidemiológica

Esta norma oficial mexicana promueve la investigación científica para:

  • Diseñar políticas públicas.
  • Evaluar programas de prevención y tratamiento.
  • Identificar factores de riesgo.
  • Medir costo-beneficio de acciones.

En vigilancia epidemiológica, los centros deben reportar al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de las Adicciones (SISVEA), proporcionando información sobre nuevos ingresos y patrones de consumo.

Seguimiento, evaluación y capacitación

Los programas deben evaluarse en cuatro niveles: estructura, proceso, resultados y efectos.

Además, todo centro debe reportar trimestralmente al CONADIC sus actividades.

En capacitación y enseñanza, la NOM-028 promueve cursos, talleres, diplomados y formación de profesionales especializados en adicciones, considerando la diversidad cultural del país.

Apéndices informativos

La norma incluye tres herramientas prácticas para la detección y diagnóstico:

  • Cédula de indicadores para medir dependencia a drogas.
  • Cuestionario de Fagerström para detectar dependencia a la nicotina.
  • Prueba AUDIT para identificar trastornos por consumo de alcohol.

Concordancia internacional y vigencia

La NOM-028-SSA2-1999 no tiene concordancia directa con normas internacionales, pero retoma criterios de la OMS y OPS.

La versión actualizada, NOM-028-SSA2-2009, está vigente desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 2009.

Descarga del PDF de la NOM-028

Este artículo es un resumen informativo de la norma. Para conocer todos los detalles técnicos, procedimientos y requisitos legales, te recomendamos consultar directamente el texto oficial publicado en el DOF. Descarga aquí la NOM-028-SSA2-1999 PDF

También puedes consultar la publicación original en el Catálogo Mexicano de Normas de GOBMX

Conclusión

La NOM-028-SSA2-1999 (actualizada en 2009) constituye un pilar en la política de salud de México, al establecer lineamientos claros para enfrentar el grave problema de las adicciones.

Su importancia radica en que no solo regula la atención médica, sino que promueve un enfoque integral: prevención, educación, tratamiento, rehabilitación, reinserción social e investigación.

Con esta norma, México busca garantizar que todas las instituciones y profesionales de la salud ofrezcan servicios de calidad, respetuosos de los derechos humanos y adaptados a las necesidades de la población.