NOM-037-SICT2-2026 sobre Barreras de Protección en Carreteras y Vías Urbanas [Resumen y PDF]
NOM-037-SICT2-2026 es la Norma Oficial Mexicana que establece los criterios generales para el diseño, colocación y uso de barreras de protección en carreteras y vías urbanas en México. Su objetivo principal es minimizar la severidad de los siniestros de tránsito al definir cómo deben instalarse y mantenerse estos dispositivos esenciales para la seguridad vial. Esta norma contribuye de manera directa al cumplimiento de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.
En este resumen encontrarás los puntos clave de la nom 037, su campo de aplicación, las diferentes clasificaciones y usos de las barreras, recomendaciones técnicas, criterios de selección e instalación, así como los requisitos de conservación y evaluación de conformidad, todo con base únicamente en el NOM 037 SICT2 2026 PDF.
Índice del resumen:
- Objetivo y campo de aplicación
- Definiciones clave
- Clasificación de barreras
- Criterios de uso y recomendaciones
- Selección y emplazamiento de barreras
- Secciones de transición y secciones extremas
- Barreras en zonas de obra
- Conservación y proyecto
- Evaluación de la conformidad y vigilancia
- Descargar NOM 037 SICT2 2026 PDF
- Preguntas frecuentes
Objetivo y campo de aplicación de la NOM-037-SICT2-2026
La norma 037 tiene como objetivo establecer criterios para el diseño y colocación de barreras de protección en:
- Carreteras de jurisdicción federal, estatal y municipal.
- Vías urbanas con velocidades de operación o proyecto mayores a 50 km/h.
- Incluye carreteras y vías urbanas concesionadas.
Su propósito es reducir la gravedad de los accidentes de tránsito y proteger la integridad tanto de los ocupantes de los vehículos como de otras personas y estructuras adyacentes.
Para su aplicación, la nom 037 pdf remite a otras normas asociadas, como la NOM-034-SCT2/SEDATU-2022 y la NOM-086-SCT2-2023.
Principales definiciones utilizadas en la NOM-037-SICT2-2026
Para facilitar la comprensión técnica, la nom 37 define varios conceptos clave, entre los más importantes destacan:
- Barreras de protección (OD-4): Dispositivos instalados a los lados del camino para contener y redireccionar vehículos fuera de control, evitando que salgan del camino.
- Barreras de orilla de corona (OD-4.1): Dispositivos longitudinales instalados en la orilla de carreteras o vías urbanas en tramos con peligro potencial (por ejemplo, terraplén escarpado u obstáculos cercanos).
- Barreras separadoras de sentidos (OD-4.2): Dispositivos para separar arroyos viales con sentidos opuestos y evitar invasión de carriles.
- Secciones de transición (OD-4.3): Conectan barreras con diferentes niveles de contención o geometrías.
- Secciones extremas (OD-4.4): Anclan el sistema al suelo y pueden ser de amortiguamiento, anclaje, insertas en taludes o aterrizadas.
- Parapetos para vehículos motorizados (OD-4.5): Barreras rígidas integradas a la estructura de puentes.
- Barreras en zonas de obra (OD-4.6): Barreras temporales para proteger áreas de trabajo en carreteras.
- Nivel de contención (NC): Es la capacidad de la barrera de absorber energía y redireccionar el vehículo; existe una clasificación por niveles de NC.
- Deflexión dinámica: Cuánto se desplaza lateralmente una barrera al ser impactada.
- Ancho de trabajo: Distancia lateral alcanzada durante el impacto considerando la flexión de la barrera y el movimiento del vehículo.
Clasificación de las barreras según NOM-037-SICT2-2026
Las barreras se clasifican por su ubicación, tipo y nivel de contención, así como por su deflexión dinámica. La tabla 1 y tabla 2 del NOM 037 SICT2 2026 PDF muestran las siguientes designaciones:
- Barreras de orilla de corona: flexibles, semirrígidas, o rígidas.
- Barreras separadoras de sentidos: flexibles, semirrígidas, o rígidas.
- Parapetos para vehículos motorizados: sólo rígidos.
- Barreras en zonas de obra: pueden ser flexibles, semirrígidas, o rígidas.
De acuerdo al nivel de contención y las condiciones de operación (velocidad, masa, tipo y ángulo de impacto de los vehículos), se establecen seis niveles de contención (NC-1 a NC-6), que indican la resistencia y el tipo de vehículos que pueden contener. Es obligatorio seleccionar la barrera adecuada según el tránsito diario, velocidad, tipo de vía y peligros presentes.
Criterios de uso y recomendaciones
La NOM-037-SICT2-2026 especifica que:
- Las barreras deben instalarse en tramos donde su ausencia expone a un riesgo considerable (como caída por terraplén o proximidad a obstáculos peligrosos).
- En zonas donde haya convivencia de peatones y ciclistas con tránsito vehicular, hay casos que exigen obligatoriamente barreras rígidas (por ejemplo, zonas urbanas donde la vía ciclista o andador peatonal está cerca de la vialidad).
- En curvas horizontales y en tramos de alto riesgo, la colocación de barreras es prioritaria debido a la potencial trayectoria tangencial del vehículo fuera de control.
- Para las fajas separadoras centrales, si su ancho es mayor a 10 metros y son traspasables, puede no ser necesaria una barrera separadora, pero debe analizarse con base en la siniestralidad o particularidades del sitio.
Las Tablas de la NOM orientan los anchos recomendados para la zona de seguridad según la velocidad y el volumen de tráfico (TDPA). Existen factores de corrección para curvas horizontales, aumentando la necesidad de espacio en exteriores de curva.
Selección y emplazamiento de barreras
El proceso de selección requiere:
- Determinar el nivel de contención mínimo requerido según la velocidad y tránsito de camiones/autobuses (ver Tabla 6 de la norma).
- Identificar las condiciones físicas del sitio: ubicación lateral, espacio disponible, tipo de suelo, presencia de obstáculos, tipo de vía, etc.
- Considerar la compatibilidad con otras barreras ya instaladas.
- Analizar costos, facilidad de mantenimiento, frecuencia estimada de impactos y simplicidad del diseño.
Sobre la instalación, se establecen especificaciones estrictas relacionadas con:
- Altura y ubicación de la barrera.
- Condiciones de la superficie entre arroyo vial y barrera.
- Longitudes mínimas, adiciones al inicio y final de la barrera para garantizar una correcta función redireccionadora o contenedor.
- Tratamientos especiales para tramos en curva o donde existen necesidades adicionales (por ejemplo, proteger peatones).
Todos los sistemas deben ser aprobados mediante certificado de cumplimiento o listado en el portal oficial de la Dirección General de Servicios Técnicos de la SICT o Federal Highway Administration (previa aprobación especial).
Secciones de transición y secciones extremas
Las secciones de transición (OD-4.3) conectan barreras de diferentes características, asegurando un cambio gradual de rigidez y características mecánicas para evitar trayectorias peligrosas en casos de impacto.
Secciones extremas (OD-4.4):
- Incluyen secciones de amortiguamiento (absorber energía), anclaje, insertas en taludes (cuando la barrera termina cerca de un corte), y aterrizadas (permitido en vías de ≤70 km/h).
- Es obligatorio eliminar gradualmente las secciones tipo "cola de pato" por seguridad.
- En los extremos más expuestos, se recomienda instalar dispositivos amortiguadores certificados.
Barreras en zonas de obra
Las barreras en zonas de obra (OD-4.6) se utilizan temporalmente para delimitar áreas de trabajo y asegurar tanto la protección del personal como la de los usuarios de la vía. Pueden ser flexibles, semirrígidas o rígidas, y su elección depende del espacio disponible, volumen de tránsito, duración de la obra y riesgos detectados. Es crucial su correcta señalización y que se mantenga un programa de inspección y conservación rutinaria.
Conservación, inventario y proyecto ejecutivo
La NOM-037-SICT2-2026 señala que toda barrera debe identificarse con marcado permanente y mantenerse en óptimas condiciones mediante un programa anual de inspección. Se exige un inventario actualizado que incluya:
- Tipo, localización y especificaciones de cada barrera.
- Historial de conservación, reparaciones y siniestros asociados.
- Disponibilidad de piezas y materiales de reposición.
Las reparaciones deben garantizar la compatibilidad de los sistemas y ejecutarse sin demora. Para obras nuevas, ampliaciones o reconstrucciones, es obligatorio incluir en el proyecto ejecutivo toda la información técnica y de compatibilidad de las barreras a instalar.
Evaluación de la conformidad y vigilancia
La verificación del cumplimiento de la NOM 037-SICT2-2026 corresponde a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), que debe coordinarse con autoridades estatales y municipales. Igualmente, exige que el personal de verificación y conservación esté debidamente capacitado.
Esta norma es de observancia obligatoria en todas las carreteras y vías urbanas indicadas y anula disposiciones previas de la NOM-037-SCT2-2020 a partir de los 180 días naturales posteriores a su publicación.
Descargar NOM-037-SICT2-2026 PDF
Accede al texto completo de la NOM-037-SICT2-2026 en formato PDF aquí: Descargar NOM 037 SICT2 2026 PDF
Preguntas Frecuentes sobre la NOM 037 SICT2 2026
¿Qué tipo de barreras están reguladas por la NOM-037-SICT2-2026?
La norma regula barreras de orilla de corona, separadoras de sentidos de circulación, parapetos para vehículos motorizados, barreras en zonas de obra, secciones de transición y secciones extremas (incluyendo de amortiguamiento, anclaje, insertas y aterrizadas).
¿Cuándo es obligatoria la colocación de barreras de protección?
Es obligatoria en tramos donde la ausencia de barrera expone a riesgos por terraplén, obstáculos, cercanía a peatones/ciclistas o colisión frontal entre sentidos opuestos. No es obligatoria en vías con velocidad ≤50km/h y tránsito menor a 1000 vehículos/día, salvo que el estudio vial indique alto riesgo.
¿Cómo se determina el tipo y nivel de barrera a instalar?
Se determina por velocidad de la vía, tránsito diario promedio (en especial de camiones/autobuses), tipo de riesgo presente, espacio disponible y compatibilidad técnica/mecánica. El proceso sigue tablas y ecuaciones establecidas en la NOM-037-SICT2-2026.
¿Las barreras en zonas de obra tienen requisitos diferentes?
Sí. Son temporales y deben elegirse según el espacio disponible, duración de la obra, tipo de tráfico y riesgos para personal, maquinaria y usuarios de la vía. Se debe asegurar señalización especial y mantenimiento frecuente conforme NOM-086-SCT2-2023.
¿Qué sucede si una barrera es dañada en un accidente?
Debe realizarse inspección inmediata, reparación y reposición. Es obligatoria la compatibilidad de materiales y diseño con el sistema original aprobado. La falta de reparación oportuna puede incrementar la gravedad de futuros siniestros.
¿Dónde consultar los sistemas de barrera aprobados?
Los sistemas aprobados se encuentran en el sitio web oficial de la Dirección General de Servicios Técnicos de la SICT; otros sistemas internacionales pueden usarse sólo con autorización expresa.
Te invitamos a conocer más sobre otras Normas Oficiales Mexicanas relacionadas y a explorar recursos útiles:
Este contenido es un resumen informativo basado únicamente en la NOM-037-SICT2-2026 (texto publicado en el DOF). No debe considerarse fuente oficial ni sustituye la consulta de la norma oficial en la publicación correspondiente. Revisa siempre el documento oficial para precisión técnica actualizada.

![NOM-037-SICT2-2026 sobre barreras de protección en carreteras y vías urbanas [Resumen y PDF]](https://cdn.prod.website-files.com/64e58c4703160cede19cbc58/6a0df38e4c83bf019079e378_6a0df38c429fc3f88f55a4a9_nom-037-sict2-2026_main.webp)