NOM-157-SEMARNAT-2009 es una norma oficial mexicana que regula el manejo integral de los residuos generados por la atención médica de pacientes que reciben tratamiento con fuentes radioactivas abiertas. Si trabajas en el sector salud, ambiental, seguridad o radioprotección, esta regulación es clave para garantizar la protección ambiental y la seguridad de los trabajadores y del público en general. A continuación, te ofrecemos un resumen claro y preciso de la nom 157, desglosando sus puntos clave, obligaciones y procedimientos exigidos para el manejo de estos residuos.

¿Qué es la NOM-157-SEMARNAT-2009?

La NOM-157-SEMARNAT-2009 establece los requisitos y procedimientos para la segregación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos generados por fuentes radioactivas abiertas en servicios médicos.

Su objetivo general es proteger la salud humana y el ambiente minimizando los riesgos asociados a los residuos radiactivos médicos, asegurando el cumplimiento de parámetros nacionales e internacionales en el sector salud y ambiental.

Campo de aplicación de la NOM-157-SEMARNAT-2009

La norma 157 aplica a todas las personas físicas o morales que:

  • Generan residuos de atención médica derivados del uso de fuentes radioactivas abiertas (por ejemplo, en hospitales y clínicas oncológicas).
  • Realizan la segregación, almacenamiento, tratamiento, transporte o disposición final de estos residuos.

No aplica a residuos generados por fuentes radioactivas selladas, residuos industriales ni residuos generados fuera de la atención médica.

Definiciones Clave en la NOM-157-SEMARNAT-2009

Algunas definiciones importantes dentro de la nom 157 son:

  • Residuo peligroso radiactivo: Material que contiene radionúclidos en concentraciones o cantidades superiores a lo permitido por la normatividad.
  • Segregación: Separación de residuos según sus características fisicoquímicas, biológicas y radiológicas.
  • Vida media: El tiempo en el que la actividad de un radionúclido se reduce a la mitad.
  • Tiempo de decaimiento: Periodo de almacenamiento necesario para que un residuo alcance niveles de actividad radiológica aceptables.
  • Seguro ambiental: Póliza que cubre daños potenciales al ambiente por manejo, transporte o disposición inadecuada de residuos radiactivos.

Obligaciones Generales en la NOM-157-SEMARNAT-2009

La nom 157 obliga a los generadores y manejadores de estos residuos a:

  • Identificar y clasificar correctamente todos los residuos radiactivos generados.
  • Segregar los residuos en el sitio de generación (dividirlos según tipo, nivel de radioactividad y forma física).
  • Registrar y documentar todo el proceso de manejo de residuos, desde la generación hasta la disposición final.
  • Contar con un plan de manejo integral de residuos peligrosos radiactivos.
  • Capacitar al personal que maneja residuos radioactivos.
  • Garantizar el almacenamiento y transporte seguro, minimizando riesgos a la salud y el ambiente.
  • Gestionar los trámites y permisos necesarios ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias (CNSNS).

Clasificación y Segregación de Residuos en la NOM-157-SEMARNAT-2009

La nom 157 especifica la forma de clasificar y segregar los residuos peligrosos radiactivos según:

  • Tipo de radionúclido: Isótopos de vida media corta (ejemplo: Tecnecio-99m), o vida media larga (ejemplo: Yodo-131).
  • Niveles de actividad específica: Algunos residuos se almacenan en espera de decaimiento, otros requieren manejo especial o disposición final específica.
  • Estado físico: Sólido, líquido o mezclas, cada uno con procedimientos específicos de manejo y contención.
El generador debe contar con un programa documentado de segregación y clasificación desde el área donde se generan los residuos.

Almacenamiento Temporal de Residuos Radiactivos

La NOM-157-SEMARNAT-2009 detalla las características mínimas que debe reunir el área de almacenamiento temporal, entre las que sobresalen:

  • Ser un sitio cerrado, señalado, con acceso restringido solo a personal autorizado y capacitado.
  • Estar debidamente identificado como almacenamiento de residuos radiactivos, con señalización específica.
  • Disponer de pisos impermeables, sin grietas y fáciles de limpiar.
  • Garantizar la existencia de recipientes especiales y seguros para cada tipo de residuo, debidamente etiquetados.
  • Contar con equipo para el control de radiación y derrames.

Transporte de Residuos según la NOM-157-SEMARNAT-2009

El traslado de residuos peligrosos radiactivos se rige por reglas estrictas de la NOM 157 SEMARNAT 2009 PDF:

  • El transporte debe ser realizado con vehículos equipados, autorizados y señalizados correctamente.
  • Solo pueden realizar el transporte empresas autorizadas por SEMARNAT y la CNSNS.
  • El embalaje debe cumplir especificaciones internacionales aplicables a residuos radiactivos.
  • Durante el transporte, se debe portar la documentación que acredite el tipo y cantidad de residuos, su nivel radioactivo y la ruta de traslado.
El transportista debe contar con seguro ambiental vigente que cubra posibles daños ocasionados durante el traslado.

Tratamiento y disposición final de residuos

De acuerdo a la norma 157:

  • Algunos residuos de vida media corta pueden ser almacenados en espera de decaimiento hasta que logren niveles que permitan su eliminación como residuos convencionales.
  • Residuos con vida media larga o que no puedan ser decayentes requieren tratamiento especial y disposición final en instalaciones autorizadas.
  • El generador es responsable de gestionar la recolección y entrega a empresas autorizadas para su disposición final segura.

La disposición final sólo puede realizarse en sitios debidamente autorizados y bajo supervisión de las autoridades competentes.

Documentación y Registros obligatorios según la NOM-157-SEMARNAT-2009

La nom 157 exige mantener al día:

  • Un registro de generación, manejo, tratamiento, transporte y disposición final de cada lote de residuos.
  • Bitácoras y etiquetas que contengan información sobre el origen, cantidad, tipo de radionúclido, fecha de generación y persona responsable.
  • Reportes a las autoridades ambientales cada vez que se transfieran residuos para su disposición final.
La falta de registro adecuado puede derivar en sanciones administrativas y responsabilidades legales para el generador y el transportista.

Capacitación, responsabilidades y seguridad

La NOM-157-SEMARNAT-2009 establece la obligación de:

  • Capacitar al personal involucrado en el manejo, almacenamiento y transporte de residuos radiactivos médicos.
  • Proporcionar equipo de protección personal.
  • Establecer protocolos de actuación ante emergencias, derrames o exposiciones accidentales.
  • Vigilar el cumplimiento de las normas de protección radiológica y ambiental en sus instalaciones.
  • La empresa generadora y sus responsables son los encargados de implementar el programa de manejo seguro, así como la notificación de cualquier incidente relevante a las autoridades.

Sanciones y supervisión

El incumplimiento de la nom 157 puede originar sanciones administrativas y/o penales conforme a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y demás normativas relacionadas.

Las autoridades pueden realizar inspecciones, requerir información, imponer medidas correctivas y sanciones financieras, así como suspender actividades en caso de riesgos graves.

Descarga el PDF oficial de la NOM-157-SEMARNAT-2009

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¿Dónde encontrar más información sobre NOM y normas ambientales mexicanas?

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Preguntas Frecuentes

¿A quién aplica la NOM-157-SEMARNAT-2009?

La NOM-157-SEMARNAT-2009 aplica a todas las personas físicas o morales que generen, almacenen, transporten, traten o dispongan de residuos peligrosos radiactivos resultantes del uso de fuentes radioactivas abiertas en actividades médicas.

¿Cómo se debe almacenar un residuo radiactivo médico?

El almacenamiento debe realizarse en un área señalizada, restringida al personal autorizado, construida con materiales resistentes y no porosos, con equipo de monitoreo radiológico y contenedores identificados de acuerdo con el tipo y nivel de residuos.

¿Qué pasa con los residuos radiactivos de vida media corta?

Estos residuos pueden conservarse en almacenamiento temporal hasta que su actividad decaiga a niveles permitidos por la regulación, y después se manejan como residuos convencionales siguiendo los procedimientos autorizados.

¿Qué documentos exige la autoridad para los residuos peligrosos radiactivos?

Se exige contar con registros precisos de clasificación, generación, segregación, tratamiento, transporte y disposición final, así como bitácoras, etiquetas y documentación de las transferencias y movimientos de residuos.

¿Quién puede transportar residuos radiactivos médicos?

Solo empresas y transportistas autorizados por SEMARNAT y la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias pueden realizar el transporte de estos residuos, cumpliendo con todos los requisitos de la NOM-157-SEMARNAT-2009.

Conclusión

La NOM-157-SEMARNAT-2009 es una referencia clave para todo el sector salud y ambiente sobre el manejo seguro de residuos radiactivos médicos. Su cumplimiento garantiza la protección de la salud y el ambiente, así como la responsabilidad legal de los generadores y transportistas. Si trabajas o estudias en estos ámbitos, te recomendamos revisar el NOM 157 pdf oficial para mayor detalle técnico.

Disclaimer

Este contenido es un resumen informativo y no debe considerarse una fuente oficial de la norma. Para información técnica, consulta siempre la NOM-157-SEMARNAT-2009 en la versión oficial publicada por la autoridad.