NOM-002-NUCL-2015: Pruebas de Fuga y Hermeticidad para Fuentes Selladas [Resumen y PDF]
NOM-002-NUCL-2015 es la Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos para realizar pruebas de fuga y hermeticidad en fuentes selladas de material radiactivo. Este tema es fundamental en la seguridad nuclear y la protección radiológica en México, por lo que comprender esta normativa es esencial para quienes trabajan, estudian o se especializan en áreas nucleares, radiológicas o sectores relacionados. Si te interesa conocer los puntos clave de la nom 002, sigue leyendo este resumen amigable y claro, y descarga al final el NOM 002 NUCL 2015 PDF.
¿Qué es la NOM-002-NUCL-2015?
La NOM-002-NUCL-2015 (también conocida como nom 002, norma 002 o nom 2) es la norma que define los criterios, métodos, frecuencia y requisitos de documentación para llevar a cabo pruebas de fuga en fuentes selladas. Su objetivo central es prevenir la liberación de material radiactivo al ambiente mediante controles y verificaciones periódicas de la integridad de dichas fuentes.
¿Por qué es importante esta norma?
La hermeticidad de fuentes selladas es indispensable para la protección radiológica y la seguridad del personal y del ambiente. La fuga de material radiactivo puede ocasionar contaminación, por lo tanto, la norma NOM-002-NUCL-2015 busca reducir al mínimo los riesgos asociados. Las pruebas de fuga permiten tomar medidas preventivas o correctivas de manera oportuna.
Estructura de la NOM-002-NUCL-2015
Esta Norma Oficial Mexicana está organizada en los siguientes apartados:
- Introducción
- Objetivo
- Campo de aplicación
- Definiciones
- Criterios de hermeticidad
- Métodos de prueba
- Requerimientos para el sistema de medición
- Documentación e informe
- Concordancia con normas internacionales
- Bibliografía
- Evaluación de la conformidad
- Observancia y vigencia
1. Objetivo
El objetivo de la NOM 002 NUCL 2015 es establecer los requisitos que deben cumplir las pruebas de fuga de material radiactivo en fuentes selladas, así como lo que debe incluir la documentación correspondiente.
2. Campo de aplicación
Aplica a todas las fuentes selladas con material radiactivo, exceptuando:
- Fuentes que contienen hasta 3.7 MBq de emisores beta/gamma.
- Fuentes con hasta 0.37 MBq de emisores alfa.
- Fuentes con radionúclidos de vida media menor a 30 días.
Estas fuentes deben haber demostrado su hermeticidad mediante una prueba realizada por el fabricante, dentro de los 6 meses previos a su entrega al permisionario. Las fuentes gaseosas y las que, por características específicas, sean excluidas por la autoridad o cumplan niveles de dispensa de la NOM-035-NUCL-2013 (o su sucesora), también están exceptuadas.
3. Definiciones Principales
- Actividad: Número de desintegraciones nucleares por segundo (se mide en Becquerel).
- Cápsula: Envolvente protectora que mantiene el material radiactivo herméticamente encerrado.
- Frotis: Muestra obtenida por frotamiento para detectar material radiactivo en una superficie.
- Fuente sellada: Material radiactivo encapsulado y protegido por una cápsula resistente para evitar fugas.
- Prueba de fuga: Procedimiento para determinar si una fuente sellada mantiene su hermeticidad.
- Superficie equivalente: Zona cercana a la fuente con mayor probabilidad de contaminarse si hay pérdida de hermeticidad.
4. Criterios de hermeticidad
Una fuente sellada es considerada hermética si:
- La prueba de fuga arroja una actividad menor a 185 Bq para fuentes distintas a Ra-226.
- En fuentes de Ra-226, la fuga de Rn-222, después de 24 horas, es menor a 37 Bq.
IMPORTANTE: Si los valores de fuga superan esos límites, la fuente no es hermética y se deben tomar acciones inmediatas y notificar a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
5. Métodos de prueba
5.1 Requisitos Generales
- Primer prueba al recibir la fuente por el usuario final, además de la prueba del fabricante.
- Cada 6 meses si la fuente sale de su contenedor durante la operación.
- Cada 12 meses para otros tipos de fuentes selladas.
- Después de cualquier incidente que pueda afectar la integridad de la fuente.
Si se sospecha que la contaminación proviene de otros radionúclidos, se debe descontaminar, repetir la prueba y reportar a la CNSNS si sigue habiendo contaminación.
5.2 Prueba de frotis por vía húmeda
- Se usa papel filtro, algodón u otro material absorbente humedecido con líquido compatible con la superficie de la fuente.
- Se frota toda la superficie accesible, haciendo especial énfasis en uniones o soldaduras.
- 3Si no es posible sobre la fuente, se hace en superficie equivalente (en este caso se estima que es el 10% de la contaminación real).
5.3 Prueba de frotis por vía seca
- Limpieza ultrasónica en agente adecuado durante 10 min, seguido de secado y frotamiento.
- Se repite el frotis y medición después de 7 días. Ambos valores deben estar bajo el límite.
5.4 Prueba de inmersión
- Inmersión de la fuente en líquido compatible, con agente portador químicamente afín.
- Calentar a 50 ± 5 ºC durante 4 horas, lavar la fuente y medir la actividad en el líquido final.
5.5 Prueba de inmersión con ebullición
- Sumergir la fuente y hervir durante 10 minutos.
- Repetir proceso de enjuague y medir la actividad acumulada en el líquido.
5.6 Prueba de emanación gaseosa (Ra-226)
- La fuente se coloca en un contenedor hermético con absorbente de radón, se mide la actividad extrapolando a 24 h.
5.7 Prueba en líquido de centelleo (Ra-226)
- Sumergir en líquido de centelleo 3 días en oscuridad, después medir actividad.
6. Requerimientos para el sistema de medición
- La actividad mínima detectable debe ser menor al 50% de los valores límite indicados en los criterios de hermeticidad.
- La medición debe tener un nivel de confianza del 95% y una incertidumbre del 10% o menos.
- El sistema y los patrones de calibración deben ser adecuados y contar con error en actividad menor al 5%.
- Es necesario contar con equipos, accesorios y procedimientos documentados para calibración y cálculo de errores.
7. Documentación e informes
- El resultado se debe registrar en el informe de la prueba de fuga, siguiendo el formato del Apéndice A de la NOM-002-NUCL-2015.
- Estos informes deben conservarse por 5 años.
- Si la fuente no es hermética, debe notificarse de inmediato a la CNSNS y proceder según el art. 68 del Reglamento General de Seguridad Radiológica.
- El informe debe ir firmado por quien realiza la prueba y por el Encargado de Seguridad Radiológica.
Contenido requerido en el informe (ver Apéndice A): Datos de la empresa y la fuente, del sistema de medición, resultados y método de prueba, así como la fecha de la obtención del frotis y su análisis, y el resultado final.
8. Concordancia internacional y bibliografía
La nom 002 pdf tiene concordancia parcial con la ISO-9978-1992 (Radiation Protection – Sealed Radioactive Sources – Leakage Test Methods) y retoma referencias de normas internacionales y mexicanas relevantes, como la NOM-008-SCFI-2002.
10. Evaluación de la conformidad
- Es realizada por la Secretaría de Energía mediante la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias o por personas acreditadas.
- La revisión abarca la valoración documental de los informes y la existencia de sistemas y equipos de medición adecuados.
- Se verifica físicamente la existencia de los equipos y la documentación, conforme al Apéndice A.
11. Observancia
La NOM-002-NUCL-2015 es de observancia obligatoria en todo el país. Su cumplimiento es vigilado por la Secretaría de Energía, a través de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
12. Vigencia
Esta norma sustituye a la NOM-002-NUCL-2004 y empezó a aplicarse 60 días naturales después de su publicación.
Descarga la NOM-002-NUCL-2015 en PDF
Consulta y descarga directamente la NOM 002 NUCL 2015 PDF oficial aquí: Descargar NOM-002-NUCL-2015 PDF
Preguntas Frecuentes
¿Quién debe aplicar la NOM-002-NUCL-2015?
Todos los usuarios, operadores, responsables de seguridad radiológica y permisionarios que utilicen fuentes selladas de material radiactivo a excepción de las específicamente exceptuadas según la sección 2 de la norma.
¿Con qué frecuencia se hace la prueba de fuga?
Al recibir una fuente sellada, cada 6 meses si la fuente sale del contenedor en su operación, cada 12 meses en otros casos, y después de cualquier incidente que pueda afectar su integridad.
¿Cuál es el formato de informe de prueba de fuga?
El informe requerido está detallado en el Apéndice A de la NOM 002. Debe incluir: datos del permisionario, de la fuente, del sistema de medición, método y resultados, firmas de los responsables y observaciones sobre la hermeticidad.
¿Qué pasa si una fuente sellada no es hermética?
Se debe notificar de inmediato a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, documentar el hecho y seguir las disposiciones para la disposición de la fuente siguiendo lo establecido en la norma y el Reglamento General de Seguridad Radiológica.
¿Con qué normas internacionales coincide la NOM-002-NUCL-2015?
Coincide parcialmente con la norma ISO-9978-1992 sobre métodos de prueba de fuga para fuentes radiactivas selladas; retoma referencias de otras normas internacionales relevantes.
DISCLAIMER: Este resumen es solo informativo y no reemplaza la consulta del texto oficial de la NOM. Para exactitud técnica o jurídica, consulta siempre la norma oficial publicada en el Diario Oficial de la Federación y la versión PDF enlazada arriba.

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