NOM-004-ASEA-2017: Sistemas de recuperación de vapores de gasolinas en estaciones de servicio
La NOM-004-ASEA-2017 establece las obligaciones técnicas y los métodos de prueba que deben cumplir las estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas, específicamente sobre los sistemas de recuperación de vapores de gasolina (SRV) para controlar las emisiones y proteger la salud y el medio ambiente.
En este resumen amigable, te explicamos de forma sencilla los puntos clave de la norma 004 para que puedas comprender su alcance, requisitos y procedimientos, sin tecnicismos legales. Si buscas información precisa o descargar la NOM-004-ASEA-2017 PDF, sigue leyendo.
¿Cuál es el objetivo de la NOM-004-ASEA-2017?
El principal objetivo de la NOM 004 es evitar la emisión de Compuestos Orgánicos Volátiles (COV) a la atmósfera en estaciones de servicio, mediante la instalación obligatoria y el correcto funcionamiento de Sistemas de Recuperación de Vapores de gasolinas (SRV). Además, define los métodos para evaluar la eficiencia de estos sistemas y los parámetros de operación y mantenimiento.
Garantizar un ambiente sano y disminuir riesgos a la salud derivados de las emisiones de gasolina durante el suministro en estaciones de servicio.
¿A quiénes aplica la NOM-004 ASEA 2017?
La NOM 004 ASEA 2017aplica exclusivamente a estaciones de servicio para expendio al público de gasolinas ubicadas en municipios y delegaciones específicos donde el consumo de combustibles y la emisión de COV son elevados. Algunos ejemplos son:
- Zona Metropolitana de Guadalajara
- Zona Metropolitana de Monterrey
- Ciudad de México y varios municipios del Estado de México
- Ciudades como Coatzacoalcos, Celaya, Tula de Allende, Tampico, Ciudad Juárez, Tijuana y Rosarito
Consulta la lista completa de municipios y delegaciones directamente en el texto completo de la NOM-004-ASEA-2017 PDF.
Principales requisitos y procedimientos de la NOM-004-ASEA-2017
¿Qué son y cómo funcionan los sistemas de recuperación de vapores (SRV)?
Los SRV son un conjunto de tuberías, accesorios y dispositivos que capturan los vapores de la gasolina durante el llenado (de autotanque a tanque de estación) y el despacho (de tanque a vehículo), evitando que se liberen a la atmósfera.
Obligaciones para las estaciones de servicio
Las estaciones de servicio deben:
- Instalar un SRV que haya aprobado pruebas de eficiencia mínima del 95% para el prototipo, y al menos del 90% en pruebas iniciales y 85% en pruebas periódicas (apartados 5, 7 y 10).
- Realizar pruebas iniciales, periódicas y de mantenimiento al SRV con laboratorios aprobados por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente.
- Llevar bitácoras de operación y mantenimiento, y reportar cualquier modificación o falla relevante.
- Contar con sistemas de monitoreo en tanques, alarmas sonoras y visuales, y respaldos digitales de registros por al menos 12 meses (apartado 8).
Requisitos técnicos y parámetros de operación
- El SRV debe funcionar las 24 horas del día, con componentes herméticos.
- Compatibilidad con sistemas de recuperación a bordo en vehículos modernos.
- Presión controlada en tanques de almacenamiento, monitoreada y registrada digitalmente.
- Alarmas activas ante cualquier parámetro fuera de rango, con posibilidad de suspender el suministro en situaciones críticas.
- Las tasas volumétricas aire/líquido y vapor/líquido deben estar entre el 90% y 160% en despachos y vehículos evaluados, respectivamente.
Consulta en el PDF las tablas y fórmulas detalladas utilizadas para los distintos cálculos y la secuencia específica de pruebas obligatorias.
Mantenimiento y registro
Todas las actividades de mantenimiento, calibraciones, y pruebas deben ser registradas detalladamente en bitácoras físicas o electrónicas (ver Apéndice D, página 33).
Métodos de prueba y equipos requeridos
Las pruebas emplean métodos con instrumentos certificados y calibrados, incluyendo medidores de presión, temperatura, flujo y analizadores de compuestos orgánicos volátiles. Todos los detalles de equipos permitidos y su calibración se encuentran en el Apéndice A (páginas 28 y 29 del PDF).
Actualización y modificaciones
Cualquier modificación tanto en la instalación como en los accesorios del SRV debe ser documentada y actualizada en el proyecto ejecutivo del sistema.
Bitácoras y control digital
El uso de software para llevar registros es aceptado, siempre y cuando garantice rastreabilidad y acceso inmediato para la autoridad reguladora.
Documentación y evaluaciones
- Todos los informes y registros deben conservarse durante la vigencia del permiso de operación.
- El laboratorio que realice pruebas debe estar debidamente acreditado y presentar informes con datos completos, métodos, cálculos y conclusiones (ver secciones 12 y Apéndice C).
Vigilancia y cumplimiento
La vigilancia recae sobre la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), quien puede realizar evaluaciones de oficio o por solicitud.
¿Cómo es la evaluación de la conformidad en la NOM-004 ASEA 2017?
La evaluación consiste en comprobar, mediante un laboratorio autorizado, que los sistemas están instalados y funcionan conforme a los parámetros y métodos que marca la norma 004. Las verificaciones pueden ser iniciales (al instalar el SRV), periódicas (mínimo una vez al año) o de oficio (por la autoridad).
Las pruebas incluyen: presión estática, eficiencia de las válvulas, retropresión dinámica, tasa volumétrica aire-líquido y vapor-líquido, y cálculo del factor de emisión de vapores.
En el PDF encontrarás ejemplos de informes, tablas de secuencia de pruebas y cálculos requeridos.
Descargar PDF oficial de la NOM-004-ASEA-2017
Puedes descargar la versión completa y oficial aquí mismo: Descargar NOM-004-ASEA-2017 PDF
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la NOM-004-ASEA-2017?
Es la norma oficial mexicana que fija los requisitos para instalar y operar sistemas de recuperación de vapores de gasolinas en estaciones de servicio, con el fin de reducir emisiones contaminantes.
¿Cuándo debe realizarse la verificación y mantenimiento del SRV?
La prueba inicial dentro de los 90 días a la puesta en operación. Las pruebas periódicas y mantenimiento, al menos cada año o cada 3 meses respectivamente, según el apartado 10.
¿Qué pasa si no se cumple con la NOM 004?
La autoridad podrá suspender la operación, iniciar procedimientos administrativos y requerir regularización inmediata. Además, puede ejercer vigilancia en cualquier momento (ver sección 15).
¿Dónde encuentro fórmulas y métodos específicos para calcular la eficiencia?
Todas las fórmulas, ecuaciones y secuencias de evaluación están detalladas desde la sección 11 y en los apéndices normativos del PDF oficial.
Si quieres comparar esta norma con otras o conocer diferencias entre NOM y NMX, visita nuestra guía de diferencia entre NOM y NMX. También puedes buscar más normas en nuestro buscador de NOM.

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