NOM-011-ASEA-2019 es la Norma Oficial Mexicana que regula las especificaciones técnicas de seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para bodegas de guarda para distribución y bodegas de expendio de gas licuado de petróleo (GLP) utilizando recipientes portátiles y transportables sujetos a presión. Esta guía te ofrece un resumen sencillo y accesible sobre la norma 011, abordando los puntos clave, requerimientos y proceso de cumplimiento conforme a lo que marca el NOM-011-ASEA-2019 PDF. Si buscas conocer de forma práctica la NOM 11 y sus requerimientos, aquí encontrarás la información esencial.
¿Qué regula la NOM-011-ASEA-2019?
La norma NOM-011-ASEA-2019 define los lineamientos para el diseño, construcción, operación, mantenimiento, cierre y desmantelamiento de bodegas de guarda para distribución y bodegas de expendio de gas licuado de petróleo (GLP), usando recipientes portátiles o transportables sujetos a presión. Esto incluye desde la planeación (planos, estudios, análisis de riesgos) hasta la vigilancia del cumplimiento y el cuidado ambiental.
¿A quién aplica?
Es obligatoria en todo el territorio mexicano para empresas, particulares y entidades que intervienen en alguno de los procesos antes mencionados, relacionados con bodegas de distribución o expendio de GLP usando recipientes sujetos a presión. También es aplicable para quienes diseñan, construyen o modifican estas instalaciones.
Su relación con la norma 002 previa
La NOM-011-ASEA-2019 sustituye a la NOM-002-SESH-2009, modernizando las especificaciones técnicas tras la reforma energética y ampliando las disposiciones en materia de seguridad industrial, seguridad operativa y protección ambiental.
Estructura y apartados principales de la NOM 011 ASEA 2019
La norma está organizada en los siguientes capítulos:
- Objetivo
- Campo de aplicación
- Referencias normativas
- Definiciones
- Diseño
- Construcción y Pre-arranque
- Operación y Mantenimiento
- Cierre y Desmantelamiento
- Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad
- Grado de concordancia con normas internacionales
- Vigilancia
- Apéndices normativos y bibliografía
1. Objetivo
La NOM-011-ASEA-2019 detalla las especificaciones técnicas que deben cumplir estas bodegas en todas sus etapas, desde el diseño hasta el cierre, enfocándose en garantizar la seguridad de personas, instalaciones y el medio ambiente.
2. Campo de Aplicación
La norma es de observancia obligatoria para todas las bodegas de este tipo en México, tanto en proyectos nuevos como en modificaciones o mantenimientos. Incluye requisitos especiales para instalaciones próximas a áreas naturales protegidas, selvas, zonas de especies protegidas o en sitios cuyo desarrollo pueda causar desequilibrios ecológicos.
3. Referencias
Menciona varias normas indispensables para su aplicación, como NOM-001-SEDE-2012 sobre instalaciones eléctricas, NOM-002-STPS-2010 respecto a prevención de incendios, y la NOM-059-SEMARNAT-2010 sobre especies en riesgo, entre otras.
4. Definiciones clave
- Bodega de guarda para distribución: Instalación para resguardar GLP en recipientes portátiles o transportables para entrega a usuarios.
- Bodega de expendio: Lugar para vender directamente al público GLP envasado en recipientes portátiles.
- Área de almacenamiento: Sección donde se resguardan los recipientes.
- Área de carga y descarga, área de recipientes con fuga, área de venta: Espacios definidos para cada función.
- Recipiente portátil: Envase manejado manualmente por usuarios finales (ejemplo: cilindros pequeños).
- Recipiente transportable sujeto a presión: Envase para GLP o gas natural, manipulados por personal capacitado.
5. Diseño
El diseño debe basarse en análisis de riesgos y cumplir los siguientes criterios:
- Capacidad máxima: Hasta 50,000 kg para bodegas de guarda y 1,500 kg para bodegas de expendio.
- Planos técnicos: Deben detallarse civil, eléctrico y contra incendio (ver Apéndice A en el PDF para detalles de los planos).
- Especificaciones de seguridad eléctrica: Se sigue la clasificación de áreas peligrosas de la NOM-001-SEDE-2012.
- Protección contra incendio: Requiere sistemas detallados de extintores, sistemas fijos de hidrantes o aspersores y procedimientos definidos según el tamaño de la instalación (tabla y diagramas en páginas 7-9 del PDF).
- Cumplimiento de medidas ambientales: Se debe prever la gestión de residuos y el tratamiento de aguas conforme a las normas oficiales mexicanas ambientales listadas como referencias.
- Dictamen de diseño: Es obligatorio obtenerlo por una Unidad de Verificación, quien valida que la ingeniería básica cumple la NOM.
6. Construcción y Pre-arranque
La construcción debe:
- Seguir los planos y memoria técnico-descriptiva aprobados.
- Contar con áreas delimitadas y protegidas (con bardas, protecciones contra impacto vehicular, accesos diferenciados para vehículos y peatones).
- Usar materiales incombustibles y protección contra incendios en todas las estructuras.
- Respetar distancias de seguridad a construcciones, fuentes de ignición y vías públicas (ver tablas 4 y 5 del PDF para detalles de metros según tipo de bodega).
- Instalar sistemas de ventilación y detectores de mezclas explosivas en áreas cerradas.
- Se deben obtener dictámenes de verificación eléctrica y de pre-arranque antes de iniciar operaciones.
7. Operación y Mantenimiento
Durante la operación:
- Deben existir procedimientos y personal capacitado para actividades como acceso y salida de vehículos, carga/descarga de recipientes, control de fugas, entrega al público y manejo de residuos.
- No se permite el trasvase (trasiego entre recipientes) en las bodegas.
- El análisis de riesgos debe estar actualizado y haber protocolos de emergencia claros.
- Desde mantenimiento eléctrico, revisión de gabinetes, protecciones físicas, hasta el sistema contra incendio, todo debe documentarse en una bitácora de mantenimiento.
- Las aguas residuales y residuos generados deben manejarse conforme a las NOM ambientales referidas en la sección de referencias.
- Debe obtenerse anualmente un dictamen de operación y mantenimiento por parte de una Unidad de Verificación reconocida. El primer dictamen anual se entrega a la Agencia a los tres meses de cumplir el año de operaciones.
8. Cierre y Desmantelamiento
Si se decide cerrar o desmantelar una bodega, debe hacerse siguiendo lo que indique la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, garantizando la liberación de residuos peligrosos y la disposición adecuada de materiales y equipos.
9. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad
- El cumplimiento se acredita mediante dictámenes (de diseño, pre-arranque, operación y mantenimiento), emitidos por Unidades de Verificación acreditadas. Cada etapa tiene requisitos específicos sobre qué se evalúa y cómo (ver Tabla 6 en el PDF).
- Cada dictamen debe conservarse y estar disponible en el sitio para consulta de la autoridad.
10. Concordancia internacional
No hay una norma internacional equivalente a la NOM 011, según lo declarado en la propia norma.
11. Vigilancia
La vigilancia y verificación de la Norma NOM-011-ASEA-2019 corresponde a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.
Apéndices: Planos y Señalización
- Apéndice A: Establece el tamaño, formato y contenido obligatorio de los planos para cada etapa. Deben tener escalas, simbologías y espacios para registro de revisiones (ver página 17 del PDF).
- Apéndice B: Describe detalladamente señales y avisos para estacionamiento, circulación, restricciones ('prohibido fumar', 'prohibido reparar vehículos', velocidad máxima, etc.) con códigos de color, símbolos, formas y materiales recomendados para su fabricación e instalación (ver páginas 17-19 del PDF, acompañadas de imágenes y ejemplos visuales).
Disposiciones Transitorias
Estas establecen plazos y condiciones para la entrada en vigor, sustitución de la NOM-002 previa y reglas para bodegas en operación previa a la nueva norma. Por ejemplo, las bodegas en operación cuentan con un periodo para adaptación a los nuevos requisitos de operación y mantenimiento, pero no se les exigen los capítulos de diseño y construcción.
Descargar NOM-011-ASEA-2019 PDF oficial
Accede al texto oficial completo de la NOM-011-ASEA-2019 (Norma 011 ASEA 2019) en formato PDF desde el siguiente enlace: Descargar NOM-011-ASEA-2019 PDF
Enlaces internos útiles
- Otras normas de la Agencia ASEA
- ¿En qué se diferencia una NOM de una NMX?
- Términos de uso | Política de privacidad
Preguntas Frecuentes
¿Para qué tipo de instalaciones aplica la NOM-011-ASEA-2019?
La norma 011 aplica para bodegas de guarda para distribución y bodegas de expendio de gas licuado de petróleo, donde el almacenamiento se hace en recipientes portátiles y recipientes transportables sujetos a presión. Incluye tanto instalaciones nuevas como modificaciones y ampliaciones.
¿Debo hacer análisis de riesgos para cada etapa?
Sí. El análisis de riesgos (ARSH) es obligatorio desde la etapa de diseño y debe actualizarse conforme evolucionan las instalaciones (diseño, construcción, operación y mantenimiento, etc.).
¿Qué diferencia hay entre bodega de guarda para distribución y bodega de expendio?
La bodega de guarda para distribución resguarda el gas para su envío a usuario final, en tanto que la bodega de expendio es para vender directamente al público recipientes portátiles llenos de GLP.
¿Cuáles son los requisitos básicos contra incendio?
Cada bodega debe contar con extintores (uno por cada 500 kg de gas almacenado, además de otros en puntos críticos), o bien, disponer de sistema fijo de hidrantes/aspersores si la capacidad excede los 10,000 kg. El sistema y su dimensionamiento deben seguir las indicaciones del análisis de riesgo y cumplir tablas y especificaciones de la NOM 011 ASEA 2019.
¿Es obligatorio obtener dictámenes de verificación?
Sí. Se requiere dictamen de diseño, pre-arranque y uno anual de operación y mantenimiento, todos emitidos por una Unidad de Verificación acreditada ante la autoridad.
¿Cuáles son las principales distancias de seguridad a considerar?
En bodegas de guarda para distribución: 8 m mínimo a cualquier construcción o propiedad, y 15 m a lugares de concentración pública. En expendio: 3 m mínimo a construcciones y 7 m a fuentes de ignición o instalaciones con combustibles. Ver tablas 4 y 5 del NOM-011-ASEA-2019 PDF.
¿La NOM 011 considera la protección del medio ambiente?
Sí, la NOM-011-ASEA-2019 exige manejo adecuado de residuos, aguas y suelos durante todas las etapas, minimizando impacto ambiental y cumpliendo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y otras NOM ambientales.
Disclaimer: Este artículo es un resumen informativo de la NOM-011-ASEA-2019, elaborado únicamente a modo de guía accesible. Para precisión, uso legal o técnico, consulta siempre la versión oficial de la NOM en el Diario Oficial de la Federación o a través del NOM-011-ASEA-2019 PDF oficial.

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