NOM-027-SSA2-2007, también conocida como nom 027 o norma 027, es una norma oficial mexicana que establece los procedimientos y criterios para la prevención y control de la lepra en el país. Esta regulación es obligatoria para todos los prestadores de servicios de salud del sector público, social y privado, asegurando una atención uniforme y de calidad ante esta enfermedad.

¿Qué es la NOM-027-SSA2-2007?

La NOM-027-SSA2-2007 es una disposición legal de la Secretaría de Salud que guía a las instituciones mexicanas en la prevención y control de la lepra. Su principal objetivo es estandarizar los procedimientos para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los casos, así como la vigilancia epidemiológica y la rehabilitación de los pacientes afectados.

Esta norma 027 sustituye y actualiza la versión anterior (NOM-027-SSA2-1999) y responde a los avances y necesidades en salud pública detectados durante las dos últimas décadas en México.

Antecedentes y Participantes

El proceso de elaboración y revisión de la NOM-027-SSA2-2007 contó con la participación de un gran número de instituciones del sector salud, como la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ISSSTE, y asociaciones especializadas. Destaca la intervención de hospitales nacionales, servicios dermatológicos, entidades educativas y agrupaciones sociales enfocadas en la lepra.

¿Por qué existe la NOM-027-SSA2-2007?

La lepra sigue siendo un problema de salud pública en algunas zonas de México, debido al estigma social y a sus potenciales consecuencias discapacitantes. Con la introducción de la poliquimioterapia a partir de 1990, se logró disminuir significativamente el número de casos activos, cumpliendo la meta de la Organización Mundial de la Salud de menos de 1 caso por cada 10,000 habitantes. Sin embargo, era necesario definir protocolos claros para evitar reemergencias y dar seguimiento a los pacientes.

Ámbito de aplicación de la NOM-027-SSA2-2007

De acuerdo con el texto oficial (NOM 027 SSA2 2007 PDF), esta norma es de observancia obligatoria para quienes integran el Sistema Nacional de Salud, en todos los niveles de atención. Establece estándares para la identificación, tratamiento, vigilancia y rehabilitación de personas con lepra, incluyendo actividades de promoción, participación social, educación sanitaria y control epidemiológico.

Definiciones clave según la NOM-027-SSA2-2007

  • Lepra: Enfermedad infecciosa crónica causada por Mycobacterium leprae, afecta piel, nervios periféricos y, en ocasiones, otros órganos.
  • Poliquimioterapia (PQT): Estrategia de tratamiento basada en la combinación de varios medicamentos para garantizar la cura y prevenir la resistencia.
  • Multibacilar: Caso con baciloscopia positiva.
  • Paucibacilar: Caso con baciloscopia negativa o con pocos bacilos.
  • Curación clínica: Ausencia de signos y síntomas tras completar el tratamiento.
  • Vigilancia postratamiento: Seguimiento clínico y de laboratorio tras concluir la terapia, para descartar recaídas.

Clasificación de la lepra

La NOM-027-SSA2-2007 define dos sistemas de clasificación: internacional y nacional. Dentro de la clasificación internacional, basada en la CIE-10, las variantes principales de lepra son:

  • Lepra indeterminada (A30.0)
  • Lepra tuberculoide (A30.1)
  • Lepra limítrofe o dimorfa (A30.2, A30.3, A30.4)
  • Lepra lepromatosa (A30.5)
  • Otras formas o no especificada (A30.8, A30.9)

Se utiliza también la clasificación nacional, que considera criterios clínicos y laboratoriales para definir el esquema terapéutico adecuado.

Actividades de prevención y promoción de la salud

La norma 027 destaca la importancia de tres pilares básicos para la prevención:

  1. Educación para la salud: Proporcionar información clara a la población sobre los síntomas de la lepra, cuidados del paciente y la relevancia de seguir el tratamiento completo.
  2. Participación social: Involucrar a autoridades locales, asociaciones y la población general para fortalecer la prevención y atención.
  3. Comunicación educativa: Desarrollar estrategias de comunicación, incluyendo campañas comunitarias, para reducir el estigma y fomentar la detección oportuna.

Diagnóstico y control de casos según la NOM-027-SSA2-2007

El diagnóstico de la lepra se basa en la identificación de lesiones cutáneas o neurológicas características, confirmado con estudios clínicos, baciloscópicos, histopatológicos y epidemiológicos. La NOM-027 especifica criterios claros para diferenciar entre los tipos de lepra y para garantizar diagnósticos certeros.

El control implica la búsqueda activa de casos, especialmente entre los contactos de pacientes con diagnóstico confirmado, para iniciar el tratamiento temprano y cortar la cadena de transmisión.

Esquemas de tratamiento en la NOM-027-SSA2-2007

La NOM-027-SSA2-2007 establece diferentes esquemas de tratamiento según el tipo de lepra diagnosticada:

  • Multibacilar (MB): Se administra rifampicina, clofazimina y dapsona, combinando dosis mensuales supervisadas y diarias autoadministradas durante al menos 12 meses.
  • Paucibacilar (PB): El protocolo incluye rifampicina y dapsona durante un mínimo de 6 meses.
  • Casos refractarios: Si no hay respuesta al tratamiento estándar, se emplean medicamentos de segunda línea.
  • Estados reaccionales: Son agudizaciones que requieren manejo rápido con corticoesteroides o inmunomoduladores bajo vigilancia médica estricta.
Para cada esquema, la NORMA define los medicamentos, las dosis y los controles médicos requeridos durante y después del tratamiento para asegurar la curación y evitar recaídas.

Prevención y atención de discapacidades

Uno de los enfoques de la NOM 027 SSA2 2007 es la prevención de discapacidades causadas por la lepra. Desde el diagnóstico se deben implementar medidas para evitar daños en ojos, manos y pies de los pacientes, mediante educación, autocuidado, y rehabilitación física. La referencia temprana a otros niveles de atención también es fundamental.

La evaluación de discapacidades debe hacerse frecuentemente y utilizar el sistema de grados propuesto por la norma, para determinar el nivel de impacto en cada paciente y tomar decisiones terapéuticas adecuadas.

Vigilancia epidemiológica y seguimiento postratamiento

La NOM-027-SSA2-2007 da un enfoque clave a la vigilancia epidemiológica como parte del seguimiento de los pacientes y el control de la lepra a nivel comunitario. El seguimiento postratamiento incluye revisiones clínicas y de laboratorio periódicas por 2 a 5 años según el tipo de lepra. Los casos de recaída o que persisten con síntomas deben reiniciar el tratamiento o pasar a esquemas alternativos definidos por la norma.

Además, la notificación de casos y el uso de formularios epidemiológicos es obligatoria para mantener la vigilancia eficiente en todo el sistema nacional de salud.

Concordancia internacional y bibliografía

La norma 027 es parcialmente equivalente con los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud y toma como referencia varios documentos internacionales sobre estrategias de eliminación de la lepra, así como manuales y guías técnicas.

¿Dónde descargar la NOM-027-SSA2-2007 en PDF?

Puedes descargar el texto completo de la NOM-027-SSA2-2007 en PDF aquí. Consulta el documento oficial para detalles técnicos y exactitud normativa.

Preguntas Frecuentes

¿Quién debe aplicar la NOM-027-SSA2-2007?

La NOM-027-SSA2-2007 es de observancia obligatoria para todos los prestadores de servicios médicos del sector público, social y privado del Sistema Nacional de Salud en México.

¿En qué consiste el tratamiento de la lepra según la norma 027?

La NOM-027-SSA2-2007 establece la utilización de poliquimioterapia, con diferentes esquemas para casos multibacilares (MB) y paucibacilares (PB), combinando fármacos como rifampicina, clofazimina y dapsona, por un tiempo mínimo de 6 a 12 meses según el tipo de lepra.

¿Cómo se realiza la vigilancia epidemiológica bajo la NOM-027-SSA2-2007?

Se realiza mediante la notificación semanal y mensual de casos, el registro con formularios normativos, y la búsqueda activa de contactos y posibles brotes. Además, los laboratorios designados llevan el control de calidad y seguimiento de las pruebas.

¿Qué pasa si un paciente no concluye el tratamiento?

La norma define el abandono de tratamiento y prevé el reingreso a esquemas terapéuticos, además del rastreo epidemiológico de contactos para evitar la propagación.

¿Cuánto tiempo dura la vigilancia postratamiento?

La NOM 027 SSA2 2007 señala vigilancia postratamiento clínica y de laboratorio semestral, durante 2 años para paucibacilares y por 5 años para multibacilares.

Conclusiones

La NOM-027-SSA2-2007 representa la base normativa para la prevención, control y seguimiento de la lepra en México, estandarizando los procedimientos de diagnóstico, tratamiento y vigilancia a nivel nacional. Si trabajas o estudias en el área de salud, es fundamental conocer y aplicar los protocolos aquí establecidos para contribuir a la eliminación de esta enfermedad como un problema de salud pública.

El contenido de este artículo es un resumen informativo de la NOM-027-SSA2-2007. Para información técnica precisa y oficial, consulta directamente el documento oficial de la NOM correspondiente.