La NOM-027-SSA3-2013 es una Norma Oficial Mexicana que regula el funcionamiento de los servicios de urgencias en establecimientos de atención médica en México. Su propósito es garantizar que todas las instituciones, ya sean públicas, privadas o sociales, cuenten con criterios claros de organización, personal, infraestructura y equipamiento para brindar atención inmediata, segura y de calidad en casos de urgencia médica.
Esta norma oficial mexicana es un referente fundamental para hospitales, clínicas y centros de salud. A continuación encontrarás un resumen completo de la norma, organizado conforme a sus apartados, y más abajo la opción de descargar el nom 027.
Introducción
El sistema nacional de salud tiene como obligación asegurar atención oportuna a toda la población. Cuando se trata de una urgencia, la necesidad de respuesta inmediata es vital para preservar la vida, la función de un órgano o prevenir complicaciones graves.
La NOM-027-SSA3-2013 establece que los servicios de urgencias deben disponer de recursos humanos, infraestructura física, equipamiento mínimo y protocolos homogéneos que permitan responder de manera eficiente a las emergencias médicas y quirúrgicas.
Objetivo
La norma busca precisar los requisitos mínimos de:
- Infraestructura y equipamiento de los servicios de urgencias.
- Organización y funcionamiento de estas áreas.
- Capacitación y características del personal profesional y técnico que atiende a los pacientes.
Campo de aplicación
La NOM-027-SSA3-2013 es de cumplimiento obligatorio para todos los establecimientos que ofrecen servicios de urgencias en los sectores público, social y privado, con la única excepción de las unidades móviles tipo ambulancia.
Definiciones y abreviaturas
- Servicio de urgencias: conjunto de áreas, equipos y personal destinados a la atención inmediata de emergencias médicas o quirúrgicas.
- Urgencia: todo problema agudo que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y que requiera atención inmediata.
- RPBI: residuos peligrosos biológico-infecciosos.
Generalidades
Los puntos básicos incluyen:
- El servicio debe contar con un médico responsable y disponibilidad 24/7 los 365 días del año.
- Siempre debe haber al menos un médico y un enfermero disponibles.
- Los pacientes no deben permanecer más de 12 horas en urgencias por causas atribuibles a la atención médica.
- Se requiere un directorio actualizado para referir a pacientes a hospitales de mayor complejidad.
- Se permite solicitar evaluaciones de conformidad respecto a la norma.
Organización y funcionamiento del servicio de urgencias
El médico responsable tiene la obligación de:
- Establecer controles administrativos y aprovechar al máximo los recursos disponibles.
- Mantener actualizados documentos clave como manuales de organización, bioseguridad, procedimientos y guías clínicas.
- Garantizar capacitación continua al personal.
El personal médico debe:
- Determinar prioridades de atención con base en protocolos.
- Valorar y registrar continuamente la evolución de los pacientes.
- Obtener el consentimiento informado.
- Documentar interconsultas y traslados.
- Mantener comunicación clara con los familiares.
Infraestructura física y equipamiento
La NOM-027-SSA3-2013 dedica una parte importante a definir cómo deben estar construidos y equipados los servicios de urgencias. El objetivo es asegurar que cada espacio cuente con lo necesario para brindar atención inmediata, segura y continua.
Ubicación y accesos
El servicio de urgencias debe estar preferentemente en la planta baja del hospital o clínica, con accesos directos tanto para peatones como para vehículos. Además, debe contar con señalización visible que oriente a los pacientes y acompañantes desde el exterior.
Áreas mínimas requeridas
Para su correcto funcionamiento, el área de urgencias debe incluir al menos:
- Estación de camillas y sillas de ruedas, junto al acceso de ambulancias.
- Módulo de recepción y control, fácilmente identificable para el público.
- Consultorios o cubículos de valoración, con área de entrevista y exploración.
- Área de descontaminación, destinada a la limpieza y manejo seguro de pacientes o materiales.
- Área de hidratación pediátrica, necesaria cuando se atienden menores.
- Área de observación, con cubículos donde los pacientes permanecen bajo vigilancia médica.
- Central de enfermería, para coordinar la atención y tener insumos a la mano.
- Sala de curaciones, equipada para procedimientos básicos y especializados.
- Sala de choque, destinada a pacientes en estado crítico que requieren atención inmediata.
- Sala de espera con sanitarios para pacientes y familiares, además de sanitarios exclusivos para el personal.
Características de los espacios
Los pasillos, accesos y puertas deben ser lo suficientemente amplios para permitir la movilidad de camillas, sillas de ruedas, equipos médicos y personal sin obstáculos. Esto facilita una atención rápida en situaciones de emergencia.
Apoyo de servicios auxiliares
El área de urgencias debe contar con el respaldo de:
- Laboratorio clínico, disponible en todo momento.
- Servicio de radiología, que cumpla con normas de seguridad radiológica.
- Banco de sangre o servicio de transfusión, en hospitales hospitalarios con urgencias quirúrgicas.
Estos servicios deben estar disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año.
Equipamiento esencial
El Apéndice B de la norma lista de manera detallada el mobiliario y equipo obligatorio en cada espacio. Algunos ejemplos son:
- Consultorios de valoración: mesa de exploración, lavabo, báscula, estetoscopio, lámpara dirigida, negatoscopio y recipientes para residuos comunes y RPBI.
- Área de observación: camas con barandales, divisiones antibacterianas, dosificadores de oxígeno, termómetros y mobiliario para administrar tratamientos.
- Sala de choque: camillas radiotransparentes, monitor de signos vitales, carro rojo de paro cardiorrespiratorio, desfibrilador, equipo de sutura y lámparas de haz dirigible.
- Área de curaciones y yesos: mesas rígidas, equipo para sutura o cirugía menor, negatoscopio, lámpara y sierra para yeso.
- Central de enfermería: sistemas de guarda de expedientes, mobiliario para trabajo continuo y equipo especializado como carro rojo, incubadoras y desfibriladores.
Cada uno de estos elementos está pensado para garantizar la atención adecuada desde la recepción del paciente hasta su estabilización o traslado a otra área hospitalaria.
Personal de salud en urgencias
La NOM-027-SSA3-2013 también regula de manera precisa el tipo de personal que debe estar presente en los servicios de urgencias. El objetivo es asegurar que los pacientes reciban atención adecuada por profesionales capacitados y con experiencia en el manejo de situaciones críticas.
Perfiles médicos
- Médicos especialistas en urgencias o en áreas médicas y quirúrgicas afines (como anestesiología, medicina interna, pediatría, cirugía general o ginecología y obstetricia). Estos deben contar con cédula de especialidad y, en el caso de disciplinas quirúrgicas, con certificación o recertificación vigente.
- Médicos generales con capacitación documentada en urgencias, que acrediten cursos o actualizaciones en el tema.
- Médicos en formación de especialidad, quienes pueden participar bajo supervisión de un especialista y solo atender de manera independiente si la vida del paciente corre un riesgo inminente.
Personal de enfermería
- Enfermería a nivel licenciatura o técnico, con acreditación en cursos afines a urgencias.
- Su papel incluye vigilancia continua, aplicación de tratamientos, apoyo en procedimientos de emergencia y coordinación en el área de observación y choque.
Otros perfiles de apoyo
Además del personal médico y de enfermería, la norma contempla la participación de camilleros y auxiliares, así como el acceso permanente a servicios de laboratorio, imagenología y banco de sangre, según el nivel del hospital.
Apéndices normativos
El Apéndice A normativo define qué perfiles son obligatorios según el tipo de establecimiento (hospitales quirúrgicos, obstétricos, hospitales generales o centros de primer contacto).
El Apéndice A informativo detalla las características opcionales de personal y servicios, lo que ofrece flexibilidad para hospitales más pequeños o no especializados.
Importancia de la capacitación
Un punto clave de la norma es que todo el personal, sin importar su nivel, debe estar documentadamente capacitado en la atención de urgencias. Esto incluye actualizaciones periódicas para garantizar que sus conocimientos estén alineados con las prácticas más seguras y actuales.
Concordancia internacional
La NOM-027-SSA3-2013 no tiene concordancia con normas internacionales ni mexicanas equivalentes. Esto significa que es un marco regulatorio diseñado específicamente para la realidad del sistema de salud en México.
Vigilancia y vigencia
La aplicación y vigilancia de la norma corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos estatales, dentro de sus competencias.
La norma entró en vigor 60 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, en noviembre de 2013. Sustituyó a la NOM-206-SSA1-2002.
Descargar NOM-027-SSA3-2013 en PDF
Este artículo es un resumen informativo. Para conocer todos los detalles, te recomendamos consultar directamente la norma oficial. Descarga aquí la NOM-027-SSA3-2013 en PDF
La versión oficial puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el Catálogo Mexicano de Normas de GOBMX.
Referencias normativas
Para aplicarla correctamente, la norma se apoya en otras disposiciones como:
- NOM-004-SSA3-2012 (expediente clínico).
- NOM-007-SSA3-2011 (laboratorios clínicos).
- NOM-016-SSA3-2012 (infraestructura y equipamiento hospitalario).
- NOM-229-SSA1-2002 (uso de rayos X).
- NOM-253-SSA1-2012 (uso terapéutico de sangre y sus componentes).
Conclusión
La NOM-027-SSA3-2013 es clave para garantizar que los servicios de urgencias en México funcionen bajo criterios homogéneos de calidad, seguridad y eficacia. Gracias a esta norma, los hospitales y clínicas cuentan con lineamientos claros sobre infraestructura, personal y equipamiento, lo que asegura que los pacientes en situaciones críticas reciban atención inmediata y adecuada.
Su cumplimiento no solo mejora la capacidad de respuesta en emergencias, sino que también fortalece la confianza de la población en el sistema de salud.