NOM-062-ZOO-1999: Guía clara y resumen completo
NOM-062-ZOO-1999 es la norma mexicana que establece las especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de animales de laboratorio. Si te interesa trabajar o investigar en laboratorios, en bioterios, o en espacios donde se requiera el uso ético de animales para investigación, pruebas o enseñanza, esta norma es la guía básica. Aquí te presentamos un resumen estructurado y de fácil lectura enfocado en los puntos más relevantes conforme al texto oficial de la NOM-062-ZOO-1999 PDF.
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Objetivo y campo de aplicación de la NOM-062-ZOO-1999
La NOM 062 es de observancia obligatoria en México para todas las personas, instituciones o empresas que manejen animales de laboratorio. Aplica a todos los bioterios, así como establecimientos que produzcan, usen o investiguen con:
- Roedores: rata, ratón, cobayo, hámster, jerbo
- Lagomorfos: conejo
- Carnívoros: perro, gato
- Primates no humanos
- Porcinos
El objetivo es uniformar procedimientos, dar bienestar a los animales, y garantizar condiciones óptimas para la investigación.
La vigilancia está a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y sus delegaciones, pero también pueden participar gobiernos estatales y de la CDMX, según corresponda.
Referencias normativas relacionadas
Para complementar la correcta aplicación de la norma 062, es necesario considerar otras regulaciones afines, como:
- NOM-003-ZOO-1994 (operación de laboratorios de pruebas zoosanitarias)
- NOM-029-ZOO-1995 (instalaciones de laboratorios zoosanitarios)
- NOM-033-ZOO-1995 (sacrificio humanitario de animales)
- NOM-051-ZOO-1995 (trato humanitario en la movilización de animales)
- Normas ambientales y de seguridad e higiene en el trabajo
Definiciones clave de la NOM-062-ZOO-1999
Algunas definiciones esenciales del NOM 062 ZOO 1999 son:
- Animal de laboratorio: Usado en investigación, pruebas o enseñanza.
- Bioterio: Instalación donde se alojan y mantienen animales de laboratorio.
- Eutanasia: Método humanitario para terminar la vida de animales sin dolor ni sufrimiento.
- Bienestar: Satisfacción de las condiciones necesarias para salud y conducta normal.
- Comité Interno para el Cuidado y Uso de los Animales: Grupo instaurado en cada institución que supervise el cumplimiento de la NOM y autorice proyectos.
Disposiciones generales
- Toda institución debe dar aviso de funcionamiento a la Secretaría y entregar informes anuales de actividades (ver Apéndice A normativo), así como designar responsables y comité interno. El personal debe ser capacitado, con preferencia certificado para cada nivel técnico.
- La obtención de animales debe ser legal y acompañada de certificados de salud y calidad, con información sobre procedencia y estatus microbiológico.
- Es obligatorio llevar registros claros de identificación, registro de animales y actividades.
- El alimento debe estar libre de contaminantes, dentro de caducidad, y almacenado adecuadamente.
Especificaciones para cada tipo de animal
Roedores
- Jaulas: Deben permitir movimientos naturales, ser de materiales durables y permitir ventilación e higiene.
- Cuidados: Cada especie debe alojarse en cuartos separados, vigilados para prevenir enfermedades, con cheques de salud anuales al personal.
- Alimentación: Fórmulas nutricionales constantes; agua siempre disponible; cama suficiente para absorción y nido.
- No se debe hacinar. La manipulación debe ser ética y aprobada por el Comité.
Conejos
- Jaulas: Espacios que permitan movimientos naturales, piso de malla y amplitud conforme especificaciones de peso.
- Periodo de cuarentena para animales nuevos, vigilancia constante, remoción inmediata de animales muertos.
- Alimento alto en fibra y proteína, agua potable libre acceso (salvo protocolo).
- Cuidado especial de charolas de excretas y provisión de nidos para hembras gestantes.
Perros y gatos
- Jaulas individuales o colectivas con espacios conforme a tablas. Baño y vacunación contra rabia obligatorios.
- Observación por al menos 15 días en cuarentena antes de uso experimental.
- No se aceptan cachorros ni hembras gestantes a menos que el protocolo lo exija.
- El agrupamiento será siempre compatible para evitar peleas y cruzas no deseadas.
Primates no humanos
- Alto estándar de bienestar: espacio adecuado, cuartos separados de otras especies, atención a salud física y psicológica.
- Cuidados en importación, cuarentena mínima de 90 días (monos silvestres).
- Identificación individual (tatuaje), enriquecimiento ambiental y dieta variada con suplementos si es necesario.
- Cada animal debe someterse a pruebas de tuberculosis y otras antes de ser introducido a la colonia.
- Protocolos de manejo muy específicos para evitar estrés y enfermedades zoonóticas.
Porcinos
- Espacios definidos conforme a peso, equipados con bebederos y comederos resistentes, camas limpias y ventilación controlada.
- Agrupamiento por talla y edad, protocolos de higiene rigurosos.
- Alimentación precisa dependiendo de etapa de vida y requisitos experimentales.
- Manipulación cuidadosa para evitar lesiones y estrés.
Instalaciones de bioterios: interiores y exteriores
- Independencia física de áreas humanas, separación de especies, cuartos especiales para cuarentena y recuperación.
- Control ambiental: temperatura, humedad (40-70%), ventilación con mínimo 15-18 recambios de aire/hora, iluminación controlada, control de ruido (<85 dB).
- Áreas de apoyo: almacenes, áreas de preparación de dietas, lavado, descanso y sanitarios para el personal.
- Exteriores: Protección contra clima, espacios suficientes y aislamiento según necesidad experimental.
Movilización de animales
- Transporte bajo condiciones controladas, confinamientos seguros y ventilados, provisión obligatoria de agua y alimento según especie/duración del viaje.
- Inspección visual frecuente durante el traslado. Equipos etiquetados claramente ("Animales Vivos").
- Cuidado en la manipulación para evitar lesiones, estrés o contaminación.
Técnicas experimentales
- Cualquier procedimiento doloroso requiere analgésicos o anestesia, salvo justificación y aprobación del Comité.
- No se permite uso de paralizantes musculares excepto en combinación específica y con autorización.
- Administración de sustancias y toma de muestras conforme a tablas establecidas por especie.
Eutanasia: métodos y restricciones
- Debe ser rápida, indolora y cumplir criterios éticos y de seguridad. Los métodos varían por especie y situación (inhalables, fármacos, físicos, etc).
- Algunos métodos están prohibidos (cloroformo, cianuro, ahogamiento, parálisis muscular, estricnina, entre otros). Consulta los cuadros sinópticos en la NOM-062-ZOO-1999 PDF para detalles.
- El personal debe estar especialmente capacitado.
Bioseguridad y salud ocupacional
- Cada institución debe tener manual de bioseguridad, programas de capacitación y medicina preventiva para el personal.
- Se debe llevar expediente médico y vigilancia médica regular.
- El manejo de residuos cumple con la NOM-087-ECOL y reglamentos aplicables.
- El acceso a instalaciones es restringido al personal autorizado.
Verificación y sanciones
- Toda persona/institución que maneje animales de laboratorio debe dar aviso de inicio de funcionamiento y designar a un Médico Veterinario Responsable.
- La Secretaría puede verificar instalaciones, registros, vehículos, protocolos y capacitación.
- El incumplimiento se sanciona conforme a la Ley Federal de Sanidad Animal y la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Descarga oficial de la NOM-062-ZOO-1999 en PDF
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Apéndices y anexos destacados
- El Apéndice A de la NOM 062 detalla el informe anual de actividades (bioterio, destino y uso de los animales, características físicas, condiciones sanitarias, número de animales, etc).
- El Apéndice B comenta los requisitos mínimos de las propuestas de uso para aprobación por comité.
- Existen listas de zoonosis relevantes y categorización de experimentos por grado de molestia o daño.
- Se incluyen también indicadores clínicos para la anestesia y métodos de muestreo establecidos para cada especie.
Preguntas Frecuentes
¿Para qué tipos de animales aplica la NOM-062-ZOO-1999?
Roedores (ratas, ratones, cobayos, hámsters, jerbos), lagomorfos, carnívoros (perros y gatos), primates no humanos y porcinos, conforme se describe en la NOM 062.
¿Qué es un bioterio según la NOM-062-ZOO-1999?
El bioterio es el conjunto de instalaciones donde se alojan, crían y mantienen animales de laboratorio durante todo su ciclo de vida.
¿Se puede usar cualquier método de eutanasia?
No. La NOM-062-ZOO-1999 delimita cuáles métodos son recomendables, aceptables condicionalmente o están prohibidos. Siempre debe buscarse minimizar el sufrimiento del animal y atender las recomendaciones del Comité Interno.
¿Es obligatorio tener un Médico Veterinario Responsable?
Sí, toda instalación donde se manejen animales de laboratorio debe designar y contar con un Médico Veterinario responsable, además de un responsable administrativo y el comité interno correspondiente.
¿La NOM-062-ZOO-1999 exige capacitación específica para el personal?
Sí. El personal involucrado en el manejo y uso de animales debe estar capacitado, preferentemente certificado según su función, incluyendo auxiliares técnicos, técnicos, tecnólogos y personal profesional.
¿Qué documentos y registros se deben llevar?
La NOM-062 exige registros sobre especies, protocolos, rutinas, salud y calidad, animales producidos o usados, adquisición, control veterinario, capacitación del personal, movilización y saneamiento de vehículos, entre otros.
¿Dónde puedo buscar más normas oficiales mexicanas?
Puedes consultar el buscador oficial en normasoficiales.mx o revisar las categorías de normas aquí.
Disclaimer: El contenido de este artículo es únicamente informativo y a modo de resumen. No debe ser considerado como una fuente oficial de la NOM y para precisión técnica y legal se debe consultar la versión oficial en PDF y la publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ver también: Diferencia entre NOM y NMX | Cómo citar una NOM en formato APA

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