NOM-148-SCFI-2018: Resumen y puntos clave sobre comercialización y servicios para animales de compañía

NOM-148-SCFI-2018 es la Norma Oficial Mexicana que regula las prácticas comerciales en la comercialización de animales de compañía y la prestación de servicios para su cuidado, adiestramiento y entrenamiento en México. Si buscas operar bajo esta norma, conocer tus obligaciones como proveedor o consumidor, o descargar el NOM 148 SCFI 2018 PDF, aquí tienes un resumen accesible y claro, enfocado en los principales requerimientos y términos.


1. Objetivo y campo de aplicación

NOM-148-SCFI-2018 fue creada para:

  • Establecer los requisitos mínimos de información comercial y contratos de adhesión para la comercialización de animales de compañía y la prestación de servicios para su cuidado, adiestramiento y entrenamiento.
  • Asegurar que los consumidores tengan información clara y suficiente para tomar decisiones informadas.

Esta norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para:

  • Proveedores que comercializan animales de compañía.
  • Prestadores de servicios de cuidado, adiestramiento y entrenamiento para animales de compañía con establecimientos abiertos al público.

Importante: NOM-148-SCFI-2018 no aplica a servicios profesionales de medicina veterinaria, animales que no son de compañía ni mercados públicos.

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2. Definiciones y términos clave

Para entender la NOM 148 SCFI 2018 es esencial conocer los siguientes conceptos:

Acogimiento
Admisión voluntaria de un animal en el hogar, sin compra-venta.
Adiestramiento y entrenamiento
Métodos y técnicas para educación básica, avanzada o habilidades específicas en animales.
Adopción
Acto de acoger a un animal de compañía.
Animal de Compañía
Aquellos que pueden convivir con humanos y cuentan con permisos legales cuando corresponda.
Comercialización de animales de compañía
Prácticas para transmisión de dominio o arrendamiento de animales a cambio de pago.
Consumidor
Persona que adquiere animales o servicios conforme el Artículo 2 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Contrato de adhesión
Documento regido por el Artículo 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Guía informativa
Documento gráfico o escrito que describe la especie/raza del animal vendido.
Prestación de Servicios
Actividades temporales para alojamiento, adiestramiento, alimentación, estética y recreo de animales de compañía.
Proveedor
Cualquier persona física o moral que comercializa o da servicios para animales de compañía (ver Artículo 2, fracción II de la Ley).
PROFECO
Procuraduría Federal del Consumidor, autoridad encargada de la vigilancia.

3. Obligaciones sobre la información al consumidor

Toda información y publicidad debe ser veraz, comprobable, clara y sin engaños. NOM 148 SCFI exige a los proveedores que toda publicidad sobre animales y servicios (en cualquier medio) sea fácil de comprobar y no induzca a error. Es obligatorio exhibir:

  • Precio del animal a la vista.
  • Características generales (género, especie, raza si aplica, edad, talla adulta aproximada, sexo, esperanza de vida, si está esterilizado y garantías).
  • Guía informativa accesible para el consumidor.
  • Las cinco libertades animales:
    • Libre de hambre, sed y desnutrición.
    • Libre de miedos y angustias.
    • Libre de incomodidades físicas o térmicas.
    • Libre de dolor, lesiones o enfermedades.
    • Libre para expresar comportamientos propios.
  • Obligaciones del proveedor para respetar el trato digno y las normas vigentes.
  • En servicios: tipo de servicio, tarifas, lugar y horario de prestación, responsable, garantías.
  • Certificados oficiales (si los tiene), pueden exhibirse.
  • Si hay animales en acogimiento, debe informarse claramente al consumidor.

4. Comercialización de animales de compañía

La comercialización requiere un contrato de adhesión sujeto a la ley y que debe cumplir con:

  • Registro ante PROFECO.
  • Redacción en español (Arial 10 puntos mínimo; puede incluir otros idiomas si se requiere).
  • Precio/cláusulas en moneda nacional (puede indicarse en otras divisas, pero predomina el peso mexicano).

El contrato de adhesión debe especificar (mínimo):

  • Datos de proveedor y consumidor.
  • Objeto del contrato.
  • Precio y forma de pago.
  • Garantías otorgadas.
  • Teléfonos y horarios para reclamaciones.
  • Vacunas aplicadas y desparasitaciones cuando corresponda.
  • Procedimiento de quejas y sugerencias.
  • Obligación de entregar factura, recibo o comprobante de compra o servicio.
  • Penas convencionales en caso de incumplimiento de ambas partes.
Además, para animales que requieran de métodos de identificación, debe incluir el tipo, código, características y costos del sistema implementado, así como los permisos/autorizaciones requeridos por autoridad competente en caso de especies que lo exijan.

La información sobre el animal debe incluir:

  • Descripción de especie y raza.
  • Necesidades básicas.
  • Advertencias importantes para su tenencia y cuidado.

5. Prestación de servicios para el cuidado, adiestramiento y entrenamiento

Si eres proveedor de servicios de cuidado, adiestramiento o entrenamiento (estético, recreativo o de alojamiento):

  • En el contrato de adhesión, describe el tipo y procedimientos del servicio a prestar.
  • En servicios de adiestramiento, detalla etapas y resultados esperados, junto con instrucciones para que el consumidor pueda continuar las prácticas con el animal.

6. Vigilancia y cumplimiento

PROFECO y la Secretaría de Economía son responsables de verificar y vigilar el cumplimiento de NOM-148-SCFI-2018. Pueden:

  • Sancionar a proveedores/servicios que no cumplan.
  • Reportar faltas ante otras autoridades cuando el caso lo amerite.
  • Realizar verificaciones ordinarias y extraordinarias, así como recibir quejas y denuncias del público en general.

7. Concordancia y Bibliografía

NOM-148-SCFI-2018 no tiene equivalente internacional (NEQ). Entre sus referencias están la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, su Reglamento, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la NMX-Z-013-2015 para estructuración de normas, entre otras.

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Preguntas Frecuentes

¿NOM-148-SCFI-2018 aplica para veterinarias?

No. La norma no aplica para la prestación de servicios profesionales de medicina veterinaria, solo para la comercialización y servicios de cuidado, adiestramiento y entrenamiento de animales de compañía con acceso al público.

¿Qué debe contener el contrato de adhesión según la NOM 148?

Datos de proveedor y consumidor, precio y forma de pago, garantías, teléfonos, historial de vacunas/desparasitaciones, procedimiento de quejas y obligaciones de entrega de comprobante.

¿Cuáles son las cinco libertades animales que deben exhibirse?

Libertad de hambre/sed/desnutrición; de miedos/angustias; incomodidades físicas o térmicas; dolor, lesiones o enfermedades; y libertad para expresar comportamientos propios.

¿Dónde puedo consultar todas las normas oficiales mexicanas relacionadas?

Puedes consultar normas oficiales en NormasOficiales.mx y usar el buscador de normas.

¿NOM-148-SCFI-2018 es igual que la NOM-148-SCFI-2008?

No, la NOM-148-SCFI-2018 cancela y sustituye a la NOM-148-SCFI-2008, con actualizaciones en requisitos contractuales, información, trato digno y vigilancia.

¿Existen normas internacionales equivalentes?

No existe una norma internacional equivalente a la NOM-148-SCFI-2018 al momento de su publicación.


Disclaimer

Este artículo es un resumen informativo basado exclusivamente en el contenido de la NOM-148-SCFI-2018, sin carácter oficial. Para asegurarse de cumplir correctamente y para una interpretación técnica exacta, consulta siempre el texto íntegro oficial de la Norma NOM-148-SCFI-2018 PDF.