NOM-152-SEMARNAT-2006 es una norma oficial mexicana que establece los requisitos para la separación, embalaje y almacenamiento previo a la recolección de residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI). En este resumen, explicamos de manera clara y sencilla los apartados principales del documento original, para que puedas comprender cómo y cuándo aplicar la NOM-152-SEMARNAT-2006 en la gestión adecuada de estos residuos.

¿Qué es la NOM-152-SEMARNAT-2006?

La NOM-152-SEMARNAT-2006, también conocida como nom 152 o norma 152, fue publicada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) de México. Esta norma específica las condiciones y criterios que deben seguirse para separar, embalar y almacenar residuos peligrosos biológico-infecciosos antes de su recolección. El adecuado cumplimiento de la NOM 152 es clave para evitar riesgos a la salud pública y daños al ambiente.

¿A quién aplica la NOM-152-SEMARNAT-2006?

La NOM-152-SEMARNAT-2006 aplica a todo generador, prestador de servicios, transportista, acopiador, almacenista, tratador, reciclador y/o eliminador de residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI). Es decir, tanto empresas, instituciones de salud, laboratorios clínicos, hospitales, clínicas veterinarias, laboratorios de investigación, e incluso comercios y profesionales independientes, deben cumplir con la NOM 152, si generan o manejan este tipo de residuos.

Objetivo de la NOM-152-SEMARNAT-2006

El objetivo de la NOM-152-SEMARNAT-2006 es establecer los requisitos y especificaciones para el embalaje, separación y almacenamiento previo de los RPBI, de modo que se minimicen los riesgos a la salud y al ambiente durante su manejo inicial. La nore 152 busca garantizar un manejo seguro en la etapa previa a la recolección y transporte.

Principales definiciones según la NOM-152-SEMARNAT-2006

  • Residuo Peligroso Biológico-Infeccioso (RPBI): Son aquellos residuos que contienen agentes biológico-infecciosos y pueden representar un riesgo a la salud humana y al ambiente.
  • Generador: Persona física o moral que produce residuos peligrosos biológico-infecciosos.
  • Embalaje: El recipiente o envase que contiene residuos, evitando fugas o derrames.
  • Almacenamiento previo: Acción de resguardar los residuos por un tiempo limitado antes de la recolección o traslado.

Criterios generales de separación y embalaje

La NOM-152-SEMARNAT-2006 establece criterios claros que debes seguir en la separación y embalaje de los RPBI:

  • Separar en el lugar de origen: Los RPBI deben ser separados desde el momento y sitio en que se generen.
  • Embalaje adecuado: Todo residuo debe ser colocado en recipientes, bolsas o envases específicos, rotulados y aprobados para este uso.
  • Color y tipo de bolsa: El tipo y color del material para embalar depende de la naturaleza del residuo (por ejemplo, bolsas rojas para sangre, bolsas amarillas para cultivos, etc.).
  • Prohibido el reetiquetado: No se permite reutilizar ni reetiquetar envases o bolsas.

Es importante revisar en la NOM-152-SEMARNAT-2006 PDF los cuadros y anexos que especifican el color y el tipo de embalaje que corresponde a cada tipo de residuo.

Almacenamiento previo según NOM-152-SEMARNAT-2006

El almacenamiento previo de los RPBI debe cumplir con lineamientos estrictos para evitar riesgos sanitarios y ambientales. De acuerdo con la norma 152:

  • El almacenamiento se realiza en sitios específicos, separados de otras áreas y debidamente identificados con señalización clara.
  • La duración del almacenamiento no debe exceder los 14 días naturales o el tiempo que las autoridades ambientales determinen.
  • El sitio debe tener piso y paredes lavables, no presentar grietas ni hendiduras, y contar con ventilación suficiente.
  • Es indispensable cumplir con las condiciones de temperatura, limpieza e inspección frecuente.
Nota importante: Todo RPBI debe almacenarse en un lugar cerrado para evitar el acceso de personas no autorizadas, fauna y para prevenir fugas.

Requisitos para el manejo de los RPBI según la NOM 152 (Embalaje y Separación)

La NOM-152-SEMARNAT-2006 contiene especificaciones técnicas para el embalaje y separación eficiente de los residuos biológico-infecciosos, orientadas a proteger a quienes están en contacto directo con ellos.

Tipo de embolsado por residuo

La norma 152 exige que cada tipo de residuo (sangre, cultivos, instrumentos desechables, etc.) se deposite en bolsas o recipientes de un color y material específico, con información clara (leyenda, símbolo, origen).

  • Bolsas rojas: Sangre y sus derivados
  • Bolsas amarillas: Cultivos, cepas y material de laboratorio
  • Bolsas transparentes: Anatomopatológicos no reconocibles
  • Recipientes rígidos herméticos: Objetos cortopunzantes

Cada bolsa o recipiente debe marcarse con el número de cuenta, dirección y/o área generadora, fecha, y símbolo internacional de riesgo biológico.

Residuos anatómicos

Residuos de tejidos, órganos y partes del cuerpo humano deben guardarse en bolsas o recipientes con cierre hermético, de preferencia en refrigeración.

Especificaciones para el almacenamiento previo

De acuerdo con la NOM-152-SEMARNAT-2006 PDF las especificaciones para almacenar residuos peligrosos biológico-infecciosos incluyen:

  • Área exclusiva y señalizada: El área debe estar limitada, señalada con símbolos de bio-riesgo y accesible solo para personal autorizado.
  • Condiciones físicas: Piso y muros lavables e impermeables, sin grietas.
  • Ventilación: Naturales o mecánicas aptas.
  • Control de acceso: Puertas con cerradura o dispositivos de acceso restringido.
  • Limpieza: Lavado y desinfección frecuente, registro de limpieza.
  • Equipamiento: Botiquín, equipo contra incendios, iluminación adecuada.
El incumplimiento en la separación, embalaje o almacenamiento previo de RPBI según la NOM-152 puede acarrear sanciones administrativas, clausuras, multas e incluso responsabilidades penales.

Criterios para la recolección y salida de RPBI

El traslado de los residuos desde el almacenamiento previo debe realizarse bajo condiciones que eviten cualquier fuga, exposición o accidente. El personal debe estar capacitado y portar equipo de protección personal adecuado.

  • El RPBI únicamente puede salir del área de almacenamiento previo cuando vaya a ser trasladado a instalaciones de tratamiento autorizado.
  • Los vehículos de recolección deben estar equipados apropiadamente y ser exclusivos para tal fin.
  • Se deben llenar los documentos de control y seguimiento exigidos en la legislación vigente.

Obligaciones del responsable según la NOM 152

  • Capacitar y supervisar al personal involucrado.
  • Etiquetar y rotular todos los embalajes.
  • Resguardar los residuos hasta su recolección final.
  • Garantizar que no exista mezcla de RPBI con residuos de otro tipo.
  • Realizar reportes y registros conforme lo requieren las autoridades ambientales.

¿Por qué es importante cumplir la NOM-152-SEMARNAT-2006?

Cumplir con la NOM-152-SEMARNAT-2006 contribuye a la prevención de infecciones, accidentes y contaminación ambiental. La adecuada separación, embalaje y almacenamiento de los RPBI es responsabilidad legal y ética de cualquier generador o empresa involucrada en el manejo de estos residuos.

Relación de la NOM 152 con otras NOM

La norma 152 complementa y se relaciona con otras normas ambientales regulando los residuos y su manejo seguro. Te invitamos a consultar otras normas relacionadas en nuestro sitio, como:

Descargar PDF oficial de la NOM-152-SEMARNAT-2006

Puedes descargar el texto completo de la NOM-152-SEMARNAT-2006 PDF dando clic aquí.

Preguntas Frecuentes sobre NOM-152-SEMARNAT-2006

¿Qué residuos regula la NOM-152-SEMARNAT-2006?

La NOM-152 regula los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI), como sangre, cultivos, tejidos, materiales desechables contaminados y objetos punzocortantes generados en actividades médicas, de investigación o relacionadas.

¿Cuánto tiempo se pueden almacenar los RPBI antes de su recolección?

La NOM-152 establece que el almacenamiento previo no puede ser mayor a 14 días naturales, salvo indicación en contrario de la autoridad ambiental.

¿Qué requisitos deben cumplir las áreas de almacenamiento de RPBI?

Las áreas deben estar separadas, señaladas, con superficies lavables e impermeables, buena ventilación y acceso restringido al personal autorizado, conforme lo exige la NOM-152-SEMARNAT-2006.

¿Cómo se deben embalar los objetos punzocortantes?

Según la NOM-152, estos objetos deben colocarse en recipientes rígidos, herméticos y resistentes a perforaciones, rotulados correctamente y nunca en bolsas.

Conclusión

La NOM-152-SEMARNAT-2006 es fundamental para el manejo responsable de los residuos peligrosos biológico-infecciosos en México. Su cumplimiento protege no solo la salud de los trabajadores y de la población, sino también el entorno inmediato y el ambiente. Para cualquier acción relacionada con separación, embalaje y almacenamiento previo, revisa siempre el texto oficial de la norma 152 y mantente actualizado sobre lineamientos y regulaciones.


Disclaimer: Este contenido es únicamente informativo a modo de resumen de la NOM-152-SEMARNAT-2006 y no sustituye la consulta del texto oficial ni la asesoría técnica. Para información exacta y legal, consulta siempre la NOM-152-SEMARNAT-2006 oficial en el Diario Oficial de la Federación o fuentes gubernamentales.