NOM-232-SSA1-2009 es la Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos para el envase, embalaje y etiquetado de plaguicidas grado técnico y de uso agrícola, forestal, pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico en México. Este artículo ofrece un resumen completo y profesional sobre la NOM 232, estructurado para que cualquier persona con interés universitario pueda entender sus principales exigencias, sin lenguaje jurídico complejo.
En este resumen analizamos solo lo que dice el texto oficial de la NOM-232-SSA1-2009, sin añadir información externa o interpretaciones. Si buscas más NOMs, puedes consultar el catálogo de normas oficiales mexicanas o aprender sobre la diferencia entre NOM y NMX.
¿Qué regula la NOM-232-SSA1-2009? (Norma 232)
La NOM-232-SSA1-2009 aplica para todas las personas físicas y morales que procesen, comercialicen o distribuyan plaguicidas en México. Es obligatoria y establece las reglas que deben cumplirse para:
- Elaborar y etiquetar envases y embalajes de plaguicidas de cualquier uso (agropecuario, industrial, doméstico...)
- Reducir riesgos para trabajadores, población en general y medio ambiente durante almacenamiento, transporte, manejo y aplicación.
Esta norma busca minimizar intoxicaciones y contaminación, asegurando un manejo seguro y comunicación clara de riesgos.
Estructura general de la NOM 232
Según el índice oficial (página 2 del PDF), la NOM-232-SSA1-2009 contiene los siguientes apartados principales:
- Objetivo y campo de aplicación
- Referencias a otras NOMs y NMX
- Definiciones, símbolos y abreviaturas
- Especificaciones sanitarias de los envases y embalajes
- Requisitos y formatos de etiquetado según el uso del plaguicida
- Bibliografía y concordancia internacional
- Requisitos de observancia, vigencia y evaluación de la conformidad
- Anexos técnicos (clasificación toxicológica, iconos de seguridad, ejemplos de etiqueta, etc.)
Definiciones y conceptos clave de la Norma 232
- Envase: Recipiente donde está contenido el plaguicida para su venta y distribución.
- Embalaje: Material que protege y contiene los envases durante almacenamiento y transporte.
- Etiqueta: Información visible en el envase o embalaje que advierte sobre riesgos, uso y características del producto.
- Sello de seguridad: Mecanismo para evidenciar si el envase ha sido abierto.
- Pictograma: Imagen para comunicar precauciones de seguridad.
- Clasificación toxicológica: Determinación del nivel de peligro de acuerdo a la dosis letal y otras propiedades (ver más adelante).
El glosario oficial (páginas 3-5) también incluye definiciones de "antídoto", "exposición", "frases de peligro", "palabras de advertencia" (Peligro / Precaución), entre otras.
Especificaciones sanitarias de envases y embalajes según NOM 232 SSA1 2009 PDF
- Envases deben estar libres de fugas o daños causados por el plaguicida (página 5).
- Obligatorio el sello de seguridad o sistema que evidencie apertura.
- Para plaguicidas domésticos, el envase no debe superar 1500 ml o g.
- Para aplicaciones en animales, deben facilitar la dosificación sin derrames.
- Envases presurizados deben contar con válvula dosificadora y resistir la presión.
- Embalajes de productos de uso doméstico deben tener la leyenda “HECHO EN MÉXICO” o su equivalente de origen.
- Embalajes múltiples (multipack) deben permitir verificar la etiqueta de cada producto incluido.
Requisitos de etiquetado para plaguicidas (NOM-232-SSA1-2009 PDF)
La norma 232 es sumamente detallada en los requisitos de las etiquetas, que varían según el uso del producto: agrícola, forestal, pecuario, urbano, industrial, jardinería, técnico o doméstico.
Algunos puntos generales (página 6 en adelante):
- Legibilidad: Letras de al menos 1.5 mm. Material resistente a manipulación y ambiente.
- Lenguaje: Claro y sencillo. Prohibidas frases como “no tóxico”, “otros”, “amplia gama”, frases exageradas o que induzcan a mal uso.
- Categoría de peligro: Deben presentar banda de color indicando el nivel tóxico, según los anexos.
- Símbolos y pictogramas: Obligatorios, según nivel de peligro y precauciones principales. Se posicionan cerca de la banda de color.
- Distribución en la etiqueta: Tres partes principales: central, lateral izquierda y lateral derecha. Dependiendo del tipo de envase, puede cambiar la forma de acomodar la información.
- Tamaño: La etiqueta debe abarcar al menos 75% de la superficie en envases pequeños y 25% en envases medianos. Los muy grandes tienen identificación adicional.
¿Qué información debe contener la etiqueta? (Resumen por tipo de uso)
Plaguicidas de uso agrícola y forestal
- Parte central: Uso autorizado (agrícola/forestal), logotipo, nombre comercial y común, composición, registro SSA, contenido neto, pictogramas, lote y caducidad, datos del fabricante/distribuidor/importador.
- Parte izquierda: Precauciones generales (lavarse manos, no fumar/comer, menores de 18 no usar, equipo de protección…), primeros auxilios, recomendaciones médicas, protección ambiental, ecotoxicidad.
- Parte derecha: Instrucciones de uso, aplicaciones autorizadas, dosis, ciclos, preparación, contraindicaciones y advertencias de resistencia.
Plaguicidas de uso pecuario
- Etiquetado similar al agrícola, con especificidad en dosis, tipo de animal y advertencias veterinarias y periodos de retiro en animales para consumo humano.
- No requiere franja de color, palabra de advertencia ni frases de peligro si su dosis letal media supera los 5,000 mg/kg.
Plaguicidas de uso urbano, industrial y jardinería
- Etiqueta adaptada, añadiendo leyenda de uso exclusivo o prohibida la venta al público general en productos industriales.
- En Uso urbano/jardinería: Aplicaciones autorizadas, precauciones, pictogramas relevantes y riesgos ecológicos.
- Para industriales, se indica claramente limitación de uso y medidas específicas de manejo seguro según el ambiente laboral.
Plaguicidas de uso técnico (materia prima para industria)
- Etiqueta muy clara: Leyenda de uso exclusivo en plantas formuladoras de plaguicidas y estrictamente prohibida su venta al público.
Plaguicidas de uso doméstico
- Frases en letras grandes: “NO SE DEJE AL ALCANCE DE LOS NIÑOS”, “USO DOMÉSTICO”.
- Precauciones especiales para ancianos, niños, embarazadas y lactancia si contiene ciertos ingredientes activos.
- No reutilizar el envase. Nunca exponer envases a calor o fuego ni perforarlos, especialmente aerosoles.
- Precauciones sobre contacto con alimentos y objetos caseros, instrucciones de uso, primeros auxilios y datos de fabricante o responsable legal.
Anexos de la NOM-232-SSA1-2009
La NOM-232 incluye anexos normativos para criterios toxicológicos, frases de advertencia, símbolos, pictogramas (ver páginas 23-29 del PDF).
- Anexo 1: Tabla de categorías toxicológicas según dosis letal. Ejemplo: Oral Categoría 1 (DL50 < 5 mg/kg), Categoría 2 (<50), Categoría 3 (<300) y así sucesivamente.
- Anexo 2: Símbolos y palabras de advertencia por categoría. Ejemplo: Pictogramas de calavera y huesos cruzados según el nivel. Palabras "Peligro" o "Precaución" y banda coloreada.
- Anexo 3: Iconos de seguridad obligatorios en la etiqueta: uso de guantes, mascarilla, ducha después del uso, cuidado en almacenamiento y más.
- Anexo 4: Ejemplo visual de etiqueta de plaguicida en tres columnas (puedes ver este diseño en la página 29 del PDF).
Evaluación de la conformidad y observancia
- La Secretaría de Salud y gobiernos estatales vigilan su cumplimiento.
- Las etiquetas deben ser evaluadas por la SSA (COFEPRIS) en el proceso de registro del producto.
- Inspecciones y vigilancia corresponden tanto a fabricantes como a distribuidores.
- La norma permitió hasta 360 días tras su publicación para agotar etiquetas antiguas, después de esto ya no se permite etiquetado diferente.
Descargar PDF NOM-232-SSA1-2009
Descarga la NOM-232-SSA1-2009 en PDF oficial directamente desde aquí.
Preguntas Frecuentes sobre la NOM-232-SSA1-2009
¿La NOM-232-SSA1-2009 aplica a todos los plaguicidas?
Sí, esta norma aplica a todos los plaguicidas grado técnico y formulados que se usan en agricultura, ganadería, industria, áreas urbanas, jardinería, uso doméstico y técnico. Es de observancia obligatoria para quienes procesan, envuelven, distribuyen o comercializan plaguicidas en México.
¿Qué información es obligatoria en la etiqueta de un plaguicida según la NOM 232?
La etiqueta debe contener: nombre comercial, composición, registro SSA, contenido neto, lote y caducidad, pictogramas, palabras de advertencia, franja de color según categoría toxicológica, instrucciones de uso, precauciones, recomendaciones médicas y ambientales, riesgos ecológicos e información de contacto del fabricante o distribuidor.
¿Cuáles son los colores y símbolos para indicar el peligro de un plaguicida?
La NOM-232-SSA1-2009 establece bandas de color en la etiqueta que corresponden a la clasificación toxicológica. Los colores y símbolos están en los anexos de la norma e incluyen desde calavera/huesos para "Peligro" (rojo) hasta símbolos menos severos para "Precaución" (verde, azul, amarillo) dependiendo del nivel de toxicidad.
¿Se pueden usar siglas, marcas y pictogramas personalizados?
Solo pueden usarse logos, imágenes y mensajes para plagas o especies que hayan sido autorizadas en el registro sanitario. El resto de la información y pictogramas debe apegarse estrictamente al formato oficial de la NOM.
¿Qué pasa si el envase es pequeño y no cabe toda la información?
Se permite el uso de instructivos anexos o etiquetas dobles para complementar la información obligatoria. Debe aparecer la frase "LEA EL INSTRUCTIVO ANEXO" y todo material anexo debe estar en idioma español.
Enlaces útiles sobre NOMs
- NormasOficiales.mx - inicio
- Catálogo nacional de NOMs
- Buscar otra norma
- Cómo citar una NOM en formato APA
Disclaimer: Este resumen de la NOM-232-SSA1-2009 es una guía informativa amigable y NO sustituye a la NOM oficial. Para requisitos legales, técnicos o cualquier uso jurídico, siempre consulta el documento oficial de la NOM-232-SSA1-2009 PDF publicada en el Diario Oficial de la Federación.

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