NOM-068-SCT-2-2014 es la Norma Oficial Mexicana que establece los criterios para la inspección físico-mecánica de los vehículos de autotransporte federal, transporte privado y sus remolques o semirremolques que circulan en carreteras del país. Comprender la NOM-068 es fundamental para quienes desean desempeñarse profesionalmente en el área del transporte, regulación vehicular o seguridad vial.
¿Qué es la NOM-068-SCT-2-2014?
La NOM-068-SCT-2-2014, conocida también como NOM 068 o norma 068, es el documento oficial que regula cómo se debe realizar la inspección físico-mecánica en vehículos de autotransporte federal y transporte privado, así como sus remolques y semirremolques. Esta norma tiene el objetivo de garantizar condiciones mínimas de seguridad para reducir accidentes en las carreteras del país.
Se utiliza como referencia obligatoria para talleres y centros de verificación, empresas transportistas, y autoridades encargadas de la supervisión vial.
Ámbito de aplicación de la NOM-068-SCT-2-2014
La NOM 068 se aplica a:
- Vehículos de autotransporte federal
- Vehículos de transporte privado
- Remolques y semirremolques relacionados, que circulan en caminos y puentes federales de México
No aplica a:
- Vehículos con peso bruto vehicular menor o igual a 3,857 kg
- Remolques y semirremolques con peso vehicular menor o igual a 400 kg
- Vehículos agrícolas o de construcción no destinados a circulación en caminos y puentes federales
- Vehículos destinados exclusivamente a servicios de emergencia
Objetivo de la Norma 068
El objetivo principal de la NOM-068-SCT-2-2014 es establecer los requisitos mínimos de condiciones físico-mecánicas que deben cumplir los vehículos para circular de manera segura en carreteras federales. Esto ayuda a reducir incidentes viales derivados de fallas mecánicas, protegiendo tanto a conductores como a terceros.
Definiciones clave en la NOM-068
Algunos conceptos fundamentales que debes conocer según la NOM 068 PDF:
- Inspección físico-mecánica: Revisión visual, manual y/o con equipos de medición para verificar el estado de los sistemas del vehículo.
- Autotransporte federal: Vehículos con placas federales dedicados al transporte de carga, pasaje o turismo a nivel nacional.
- Transporte privado: Vehículos para traslado de bienes propios de una persona física o moral, sin fines comerciales de transporte de terceros.
- Verificentro: Instalación autorizada oficialmente para realizar las inspecciones físico-mecánicas.
- Remolques/Semirremolques: Vehículos de arrastre que acompañan a un vehículo motorizado para transportar bienes o equipos especiales.
Periodicidad de la Inspección Físico-Mecánica
La norma 068 establece la frecuencia con que los vehículos deben someterse a la inspección.
- Para vehículos y remolques nuevos (hasta un año de antigüedad): están exentos de la inspección.
- De 1 a 2 años: una inspección cada dos años.
- De 3 a 9 años: inspección anual.
- 10 años o más: dos inspecciones al año, cada seis meses.
Recuerda: La constancia de inspección tiene una vigencia acorde a la clasificación y antigüedad del vehículo.
Requisitos y Documentación
Para presentar tu vehículo a la inspección físico-mecánica según la NOM-068-SCT-2-2014, necesitas:
- Documento oficial que acredite la propiedad o legítima posesión del vehículo.
- Tarjeta de circulación federal o documento equivalente.
- Comprobante de pago (si aplica) y solicitud de inspección.
- Remolques o semirremolques con sus propias tarjetas y placas, cuando les aplique.
- En el caso de vehículos modificados, presentar dictamen técnico correspondiente.
Elementos que se inspeccionan según la NOM-068-SCT-2-2014
La NOM 068 SCT-2-2014 PDF detalla los sistemas, elementos y condiciones que deben revisarse en cada inspección. A continuación, algunos de los principales:
- Sistema de frenos (de servicio y de emergencia)
- Ejes, ruedas y neumáticos
- Sistema de dirección
- Sistemas de suspensión
- Sistema de escape
- Luces y dispositivos de señalización
- Espejos, cristales, parabrisas y limpiaparabrisas
- Asientos y cinturones de seguridad
- Chasis y elementos estructurales
- Controles y dispositivos de seguridad
Cada uno de estos apartados tiene una serie de revisiones puntuales. Por ejemplo, en los frenos se verifica desde la condición de los tambores y discos, hasta el funcionamiento del freno de estacionamiento y los indicadores en tablero.
Tabla de revisión física y criterios de rechazo
La norma 068 presenta una tabla detallada donde se especifican los puntos de revisión y las condiciones que, en caso de no cumplirse, llevarán al rechazo del vehículo.
- Frenos: Presencia de fugas, funcionamiento defectuoso, o desgaste fuera de límite.
- Neumáticos: Fisuras, desgaste desigual o profundidades de dibujo por debajo del mínimo permitido.
- Luces: Falta de luminarias, focos fundidos, o daño en las carcasas que reduzca visibilidad.
- Chasis: Grietas estructurales, corrosión o deformaciones graves.
- Cinturones: Ausencia, daño, o mal estado que afecte el uso.
- Sistema de dirección: Exceso de juego, fugas o daños en la caja de dirección.
El NOM 068 PDF señala que el vehículo será rechazado si presenta cualquier condición que ponga en riesgo la seguridad de los usuarios y la vía pública.
Constancia de la Inspección y Vigencia
Al aprobar la inspección, los operadores recibirán una Constancia de Inspección Físico-Mecánica. Esta constancia debe portarse junto con la tarjeta de circulación y tiene validez conforme a la antigüedad del vehículo.
- No portar o presentar la constancia en una verificación de la autoridad puede derivar en sanción, conforme lo indica esta norma 068.
Tipos de vehículos cubiertos en la NOM-068-SCT-2-2014
En la NOM-068-SCT-2-2014 se incluyen vehículos como:
- Autobuses y camiones de pasaje
- Tractocamiones quinta rueda
- Camiones de carga general
- Vehículos de carga especializada
- Remolques y semirremolques de cualquier configuración para transporte federal
- Vehículos articulados
Obligaciones para los propietarios y operadores
La NOM 068 establece responsabilidades tanto para los dueños como para los operadores de los vehículos:
- Garantizar el correcto mantenimiento y funcionamiento de los componentes mecánicos.
- Presentar los vehículos a inspección en los periodos establecidos.
- No modificar el vehículo respecto a la configuración original sin un dictamen técnico.
- Mantener la documentación y constancia vigente y disponible durante la circulación.
Métodos de inspección permitidos
La revisión según la NOM 068 puede realizarse por diferentes métodos aprobados:
- Visual: Inspección a simple vista y palpación de componentes
- Medición: Uso de dispositivos para analizar juego, luces, presión, etc.
- Operación: Pruebas activas en movimiento o con simuladores de banco de pruebas.
Tabla de defectos y criterios de rechazo (Resumen)
La NOM-068-SCT-2-2014 contiene en el PDF una matriz detallada de fallas y criterios para aprobar o rechazar un vehículo. Algunos ejemplos de defectos que causan rechazo inmediato incluyen:
- Pérdida de eficacia en el sistema de frenos
- Iluminación deficiente o inexistente
- Neumáticos inutilizables para su uso en carretera
- Peligro inminente por daños en la estructura del chasis o suspensión
- Ausencia de dispositivos de seguridad obligatorios
Todos los defectos identificados en la inspección deben ser corregidos antes de permitir la circulación o revalidación del permiso.
Procedimiento en caso de rechazo
Cuando un vehículo no aprueba la inspección, el Verificentro emitirá un informe indicando las causas y defectos encontrados. El propietario deberá corregirlas y presentar de nuevo el vehículo para una segunda inspección, destacando que solo podrán acceder a una nueva inspección después de haber subsanado todos los defectos observados.
Conservación de registros
Las instalaciones de verificación están obligadas a mantener un registro físico y/o electrónico de todas las inspecciones efectuadas, así como de las constancias expedidas, durante el tiempo que marca la regulación.
Descarga oficial de la NOM-068-SCT-2-2014 PDF
Puedes descargar el texto oficial en PDF dando clic aquí: Descargar NOM-068-SCT-2-2014 PDF
Preguntas Frecuentes
¿Cada cuánto se debe realizar la inspección físico-mecánica según la NOM-068-SCT-2-2014?
La frecuencia depende de la antigüedad del vehículo: los nuevos (hasta un año) están exentos, de 1 a 2 años cada dos años, entre 3 y 9 años es anual, y de 10 años o más, cada seis meses.
¿Qué documentos se requieren para la inspección según la NOM 068?
Debes presentar documentación oficial del vehículo, tarjeta de circulación, comprobante de pago y en caso de vehículos modificados, dictamen técnico.
¿Qué sucede si un vehículo no pasa la inspección físico-mecánica?
El verificentro emitirá un informe de rechazo detallando las causas. El vehículo deberá corregir todos los defectos y presentarse de nuevo a inspección hasta aprobar.
¿Qué componentes revisa la NOM-068-SCT-2-2014?
Se inspeccionan frenos, dirección, suspensión, ejes, ruedas, neumáticos, chasis, luces, espejos, cinturones de seguridad, dispositivos de señalización y estructuras.
¿La constancia de inspección tiene vigencia?
Sí, su vigencia depende de la antigüedad del vehículo: en autos nuevos hasta dos años, después anual o semestralmente para unidades de más de 10 años.
Enlaces y recursos adicionales
- Consulta la NOM-012-SCT-2-2017 sobre Pesos y Dimensiones
- Consulta la NOM-004-SCT-2008 para condiciones de seguridad
- Consulta la NOM-002-SCT-2011 sobre transportes de materiales peligrosos
- Consulta la NOM-003-SCT-2008 sobre dispositivos de seguridad
Conclusión
La NOM-068-SCT-2-2014 es un instrumento legal esencial para asegurar que los vehículos que transitan por carreteras federales cumplan con estándares mínimos de seguridad. Te recomendamos siempre consultar el texto oficial y dar cumplimiento puntual a estas disposiciones para salvaguardar tu seguridad y la de los demás.
Para todos los detalles técnicos, te invitamos a consultar y descargar la NOM 068 SCT-2-2014 PDF oficial.
Disclaimer: El contenido de este artículo es informativo y a modo de resumen. No debe considerarse fuente oficial ni sustituto del texto completo de la NOM-068-SCT-2-2014. Para precisión técnica y legal, consulta siempre la norma oficial publicada por la autoridad correspondiente.