NOM-230-SSA1-2002: Resumen y Puntos Clave
NOM-230-SSA1-2002 es una Norma Oficial Mexicana dedicada al tema de salud ambiental, específicamente en agua para uso y consumo humano. Su objetivo principal es definir los requisitos sanitarios que se deben cumplir en los sistemas de abastecimiento de agua, tanto públicos como privados, durante todo su manejo. Además, establece procedimientos sanitarios para el muestreo que garanticen la calidad y seguridad del agua suministrada.
Este artículo te explicará de forma clara y sencilla lo que dice la NOM-230-SSA1-2002, lo más importante que exige la norma, y cómo se aplican sus medidas en diferentes instalaciones.
¿Cuál es el objetivo de la NOM-230-SSA1-2002?
La norma 230 tiene por objetivo establecer requisitos sanitarios para preservar la calidad del agua destinada a uso y consumo humano y detalla los procedimientos sanitarios necesarios para el muestreo. De acuerdo con el documento, la vigilancia de la calidad del agua es esencial para reducir el riesgo de enfermedades, principalmente gastrointestinales y aquellas relacionadas con contaminantes tóxicos.
¿A quién aplica la NOM-230?
Es obligatoria en todo el territorio mexicano y se aplica a:
- Todos los organismos operadores de los sistemas de abastecimiento de agua, tanto públicos como privados.
- Cualquier persona física o moral que maneje agua para uso y consumo humano.
La importancia radica en que abarca desde grandes sistemas de redes municipales hasta transportistas privados de agua en cisterna.
Conceptos y Definiciones Relevantes de la NOM-230
- Agua para uso y consumo humano: aquella que no contiene contaminantes objetables (ni químicos ni agentes infecciosos) y que no causa efectos nocivos en la salud.
- Manejo del agua: incluye captación, conducción, almacenamiento, regulación, potabilización y distribución del agua.
- Obra de captación: estructura que sirve para extraer agua de fuentes superficiales o subterráneas.
- Cisterna: depósito destinado al transporte/distribución de agua para uso humano.
- Organismo operador: entidad responsable de operar, mantener y administrar el sistema de abastecimiento.
Requisitos Sanitarios Principales según la NOM-230-SSA1-2002
El documento establece una serie de requisitos y condiciones para:
1. Pozos de Abastecimiento
- Tener un ademe que sobresalga mínimo 0.50 m sobre el nivel del terreno.
- Brocal, plantilla alrededor del pozo con pendiente, contraademe, y sellos impermeables para evitar contaminaciones.
2. Sistemas de Abastecimiento (Públicos y Privados)
- Obras de captación, tanques de almacenamiento, plantas potabilizadoras y estaciones de bombeo deben protegerse con cercas/muros.
- Acceso únicamente a personal autorizado, control de entrada mediante cerraduras o sistemas de seguridad.
- Prevención de contaminación exterior con losas de concreto, cunetas o canales y sellos impermeables.
- Mantener áreas interiores limpias y desinfectadas con un programa regular.
- Identificar tuberías según el código propio de la empresa.
- Almacenamiento exclusivo de productos empleados para la desinfección; mantener el área seca y ventilada.
3. Cisternas Vehiculares (Transporte de Agua)
- Debe recibir su carga directamente de fuentes o líneas del sistema autorizado.
- Paredes, rompeolas y partes internas revestidas con material resistente a la oxidación y corrosión.
- Registro accesible para mantenimiento y limpieza.
- Dispositivo de salida hermético y válvula especial para evitar fugas o contaminación.
- Uso exclusivo para el agua y mantenimiento de limpieza. Deben portar la leyenda “Agua Potable” y datos de identificación visibles.
- Llevar bitácora de mantenimiento disponible para la autoridad sanitaria.
4. Control Sanitario y Medidas Preventivas
- Cloro residual libre: se mide con equipos específicos usando reactivo DPD dentro de valores obligatorios (0.2-1.5 mg/L).
- La calidad microbiológica se debe preservar mediante desinfección constante; cualquier interrupción requiere reforzar desinfección al restablecer el servicio.
- Registros obligatorios de actividades sanitarias en bitácoras, que deben conservarse por al menos un año.
Procedimientos Sanitarios para Muestreo
La NOM-230-SSA1-2002 detalla paso a paso cómo tomar muestras representativas de agua para evaluar sus propiedades microbiológicas, físicas, químicas y radiactivas. También establece reglas sobre el manejo, preservación y transporte de estas muestras.
- Para análisis microbiológico: usar frascos estériles. Hay especificaciones sobre la esterilización y manejo de frascos dependiendo del tipo de análisis.
- Para otros análisis: dependerá del parámetro a evaluar (ver tabla 1 en el PDF para detalles de materiales, volúmenes y tipos de conservadores empleados).
- Los envases para el muestreo deben ser preparados y suministrados por el laboratorio que efectuará el análisis.
- El traslado de muestras debe hacerse en hielera, entre 4 y 10ºC, y no deben congelarse. Hay tiempos máximos para proceder con el análisis (6 horas para microbiología en condiciones óptimas).
- Las muestras deben rotularse adecuadamente e incluir información de control.
- La selección de los puntos de muestreo debe considerar zonas representativas y con más riesgo de contaminación.
- La norma incluye una tabla extensa de métodos de preservación de muestras por parámetro (ver tabla de la página 10 del PDF).
Nota: Para consultarlo todo a detalle, revisa el documento oficial en PDF donde vienen las tablas y especificaciones exactas para cada tipo de análisis y muestra.
Descargar NOM-230-SSA1-2002 en PDF
Puedes descargar directamente la NOM 230 SSA1 2002 PDF, para revisar sus tablas, descripciones y requisitos sanitarios completos: Descargar NOM-230-SSA1-2002 PDF
Concordancia, observancia y vigencia
- La observancia de la NOM-230-SSA1-2002 corresponde a la Secretaría de Salud y gobiernos estatales, así como organismos habilitados como tercera parte.
- Entró en vigor a los 60 días de su publicación en el Diario Oficial y canceló las normas NOM-012-SSA1-1993, NOM-013-SSA1-1993, y NOM-014-SSA1-1993.
- No es equivalente a ninguna norma internacional.
Referencias, bibliografía y enlaces relacionados
La NOM-230 referencia otras normas relevantes como la NOM-127-SSA1 sobre límites de calidad del agua, NOM-008-SCFI de unidades de medida, y NOM-201-SSA1 sobre agua y hielo preenvasados. Para profundizar, consulta:
- NOM-127-SSA1-1994 (límite de calidad de agua).
- Directorio general de normas oficiales.
Preguntas Frecuentes sobre la NOM 230 SSA1 2002
¿Qué es la NOM-230-SSA1-2002 y para qué sirve?
Es la Norma Oficial Mexicana para agua destinada a uso y consumo humano. Establece requisitos sanitarios y procedimientos para asegurar que el agua distribuida en sistemas públicos y privados sea segura, además define cómo deben tomarse muestras para el control sanitario.
¿Cómo se realiza un muestreo de agua según la NOM 230?
El muestreo debe ser representativo de la fuente o red de distribución. Dependiendo del parámetro a analizar, se requieren envases y preservantes específicos, así como manejo adecuado para garantizar la validez de los análisis.
¿Quién debe cumplir la NOM 230?
Todos los organismos operadores y particulares que administren, transporten o distribuyan agua para uso y consumo humano, tanto en sistemas públicos como privados.
¿Dónde puedo consultar o descargar la NOM-230-SSA1-2002?
La puedes descargar en formato PDF desde el enlace directo de esta página o consultar el resumen aquí mismo.
Enlaces internos y recursos adicionales
Conclusión
La NOM-230-SSA1-2002 representa un estándar esencial para la gestión segura del suministro de agua en México. Su cumplimiento es vital para proteger la salud pública al prevenir riesgos derivados de la distribución y manejo inapropiado del agua.
Descargo de responsabilidad
Este resumen es únicamente informativo y NO sustituye la consulta directa y técnica de la NOM-230-SSA1-2002 oficial. Para requisitos precisos, procedimientos técnicos y aspectos legales, siempre revisa la norma completa en su versión oficial.

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