NOM-201-SSA1-2015 es la Norma Oficial Mexicana que regula todo lo relacionado con el agua y el hielo para consumo humano, ya sean envasados o a granel. Este resumen busca explicar de forma sencilla el contenido esencial de la NOM-201-SSA1-2015 (también conocida como nom 201 o norma 201), facilitando la comprensión a profesionales, empresas, estudiantes o consumidores interesados en los requisitos legales y sanitarios.
¿De qué trata la NOM-201-SSA1-2015?
La NOM-201-SSA1-2015 está enfocada en definir las características sanitarias que debe cumplir el agua y el hielo destinados a consumo humano, cómo deben manejarse en los procesos de producción, importación, envasado, transporte y venta. Además, fija los criterios para el control de calidad y la información mínima obligatoria para el etiquetado.
¿A quién aplica?
La NOM-201-SSA1-2015 es obligatoria en toda la República Mexicana para todas las personas físicas y morales que se dediquen al proceso o importación de agua y hielo para consumo humano, sea en presentación preenvasada o a granel. También aplica a los establecimientos, transporte y expendio de estos productos.
Principales definiciones de la NOM-201-SSA1-2015
- Agua para consumo humano: Aquella cuya ingestión no representa efectos nocivos a la salud. Debe estar libre de gérmenes patógenos y sustancias tóxicas.
- Agua mineral natural: Agua que tiene características minerales propias, obtenida de manantiales o fuentes naturales, envasada cerca del punto de extracción.
- Agua mineralizada: Agua purificada a la que se le han añadido sales.
- Hielo para consumo humano: Producto obtenido por congelación de agua potable, que debe cumplir los mismos requisitos sanitarios que el agua.
- A granel: Producto no preenvasado, que se pesa, mide o cuenta frente al consumidor.
- Envase: Recipiente o envoltura en el que se contiene el producto preenvasado.
Disposiciones sanitarias generales
Las instalaciones que procesan agua y hielo para consumo humano deben cumplir criterios de higiene y control sanitario detallados en esta norma. Algunos puntos clave:
- Abastecimiento seguro: El agua utilizada debe provenir de fuentes sin riesgo o contaminación. La captación, almacenamiento y tratamiento deben ser seguros y protegidos físicamente.
- Materiales sanitarios: Todo equipo y tuberías en contacto con el agua deben ser de materiales que no transfieran sustancias tóxicas.
- Zonas separadas: El área de llenado de envases debe estar aislada y protegida durante la operación, para evitar contaminación.
- Procesos de lavado y desinfección: Los envases retornables y las tapas deben lavarse y desinfectarse correctamente, y no debe haber residuos de sustancias químicas usadas en su limpieza.
Límites máximos permisibles
La norma 201 establece valores máximos permisibles para:
- Aspectos organolépticos como color (15 Pt/Co) y turbiedad (3 UNT).
- Microbiología: Agua y hielo deben ser libres de coliformes totales, enterococos fecales y otros organismos patógenos (en valores de ausencia o menos de 1,1 NMP/100 mL).
- Metales y compuestos inorgánicos: Por ejemplo, arsénico (≤0.01 mg/L), plomo (≤0.01 mg/L), mercurio (≤0.001 mg/L), entre otros.
- Compuestos orgánicos sintéticos, desinfectantes y subproductos: Incluye límites para cloro residual libre, bromato, trihalometanos, formaldehído, y más.
Muestreo, análisis y control sanitario
La NOM-201-SSA1-2015 obliga a llevar un programa de muestreo y análisis periódico del producto terminado. Destacan las siguientes frecuencias:
- Pruebas físico-químicas y organolépticas: Mensuales.
- Coliformes totales: Semanalmente.
- Metales y compuestos orgánicos sintéticos: Anualmente (trimestral si la fuente tiene riesgo).
- Desinfectantes: Cada 4 horas durante la operación.
- Pruebas de radiactividad: Cada 5 años.
Los métodos de prueba y las tablas de frecuencias están detallados en los apéndices de la NOM.
Requisitos particulares para el hielo
El hielo para consumo humano debe elaborarse con agua que cumpla los mismos estándares. Las instalaciones deben tener dispositivos para desinfectar calzado y áreas de trabajo, y el hielo solo debe manipularse en superficies limpias y desinfectadas. El hielo requiere comercializarse de manera preenvasada.
Etiquetado de agua y hielo según la NOM-201-SSA1-2015
- Información mínima: Los envases deben mostrar de forma visible el nombre del producto, nombre y domicilio del responsable, lote y fecha de caducidad/consumo preferente, entre otros datos.
- Agua con gas: Si se le añade anhídrido carbónico, debe mencionarse como "agua carbonatada" o "gasificada".
- Agua mineral natural con más de 0.7 mg/L fluoruro: Debe incluir la frase “Contiene fluoruro”, y si supera 1.5 mg/L, añadir "Este producto no es apto para lactantes y niños menores de siete años".
- Prohibiciones: No se permite hacer declaraciones sobre adelgazamiento, valor superior u otras propiedades o beneficios que no estén sustentados por la norma. Tampoco se permite el uso de avales de centros de investigación o asociaciones salvo los de certificación oficialmente reconocidos.
Letreros y advertencias visibles
En los establecimientos con venta a granel, deben instalar letreros visibles sobre la importancia de transportar los envases bien tapados, no usar envases que hayan contenido sustancias tóxicas, y lavar/desinfectar el garrafón antes de llenarlo. Estas advertencias deben ser claras y tener letras de al menos 5 cm de altura en color contrastante.
Descargar la NOM-201-SSA1-2015 PDF
Descarga el texto oficial en PDF de la NOM-201-SSA1-2015 directamente desde este enlace: Descargar NOM-201-SSA1-2015 PDF
Métodos de prueba incluidos en la NOM-201-SSA1-2015 PDF
En el apéndice normativo de la NOM-201-SSA1-2015 PDF se detallan los métodos oficiales aceptados para determinar diversos parámetros. Contempla técnicas para:
- Detección de bacterias como Pseudomonas aeruginosa, enterococos, Clostridium sulfito reductores.
- Cuantificación de parámetros físico-químicos (color, turbidez, ph, metales, compuestos orgánicos, radiactividad, etc.).
- Procedimientos para muestreo, manejo de envases y control de calidad en laboratorio.
Estos métodos garantizan resultados confiables y forman parte esencial del sistema de control sanitario previsto por la norma.
Vigilancia y cumplimiento
La autoridad responsable de vigilar el cumplimiento es la Secretaría de Salud, quien puede coordinarse con gobiernos estatales. El no cumplimiento acarrea posibles sanciones administrativas y puede motivar el cierre del establecimiento, decomiso de productos o retiro del registro sanitario.
Preguntas Frecuentes sobre la NOM-201-SSA1-2015
Preguntas Frecuentes
¿A quién aplica la NOM-201-SSA1-2015?
A todas las personas físicas y morales que procesan, importan, distribuyen o venden agua y hielo para consumo humano, ya sea envasados o a granel.
¿Cuáles son los principales parámetros a analizar en agua y hielo para consumo humano?
Organolépticos (color, olor, sabor), físico-químicos, microbiológicos (coliformes, enterococos, Pseudomonas, entre otros), metales pesados, compuestos orgánicos sintéticos, desinfectantes y subproductos de desinfección.
¿Cuáles son los límites máximos permisibles más relevantes?
Por ejemplo: Color 15 (Pt/Co), turbiedad 3 (UNT), coliformes totales <1.1 NMP/100 mL, plomo 0.01 mg/L, arsénico 0.01 mg/L, cloro residual libre 0.1 mg/L, entre otros.
¿Qué información debe mostrar obligatoriamente la etiqueta?
Nombre del producto, responsable, domicilio, fecha de caducidad o consumo preferente, lote, y en su caso información sobre el contenido de fluoruro, tipo de agua y advertencias correspondientes.
¿Cómo se realiza el control sanitario según la NOM-201-SSA1-2015?
A través de programas de muestreo, análisis regular de productos terminados, bitácoras, registros documentales y métodos oficiales de prueba.
¿Qué sanciones puedo recibir por no cumplir con la NOM 201?
Pueden ir desde amonestaciones, aseguramiento o decomiso de productos, hasta cierre temporal o definitivo de establecimientos y retiro de registro sanitario.
¿Cada cuánto hay que analizar el producto terminado?
Depende del parámetro: algunos análisis deben realizarse cada cuatro horas, otros semanal, mensual, o anual, según lo marcado en la norma.
Bibliografía y referencias en la NOM-201-SSA1-2015 PDF
La NOM 201 integra como referencias técnicas documentos del Codex Alimentarius, métodos ISO y guías de la OMS para calidad del agua potable, así como otras normas mexicanas relativas a etiquetado (NOM-051), higiene (NOM-251), límites para metales y calidad de agua potable (NOM-127).
Observaciones importantes
- La NOM-201-SSA1-2015 deja sin efecto la versión anterior NOM-201-SSA1-2002.
- Incluye un extenso apéndice de métodos analíticos aplicables de uso obligatorio.
- Su cumplimiento asegura la calidad e inocuidad del agua y hielo que llegan a los consumidores.
Este contenido es solo informativo y funciona como un resumen para fines prácticos. No debe considerarse una fuente oficial. Para interpretación exacta y aplicación técnica, consulta directamente el texto vigente de la NOM.

![NOM-201-SSA1-2015 sobre Agua y Hielo para Consumo Humano [Resumen y PDF]](https://cdn.prod.website-files.com/64e58c4703160cede19cbc58/6983d71ecaf2714a3b592a39_6983d71ccff33d644eeb33c3_nom-201-ssa1-2015_main.webp)
![NOM-127-SSA1-1994 sobre agua para uso y consumo humano [Resumen y PDF]](https://cdn.prod.website-files.com/64e58c4703160cede19cbc58/68c21eb416d3aa6cb908b832_nom-127-ssa1-1994.webp)
![NOM-253-SSA1-2012 sobre sangre humana y sus componentes [Resumen y PDF]](https://cdn.prod.website-files.com/64e58c4703160cede19cbc58/68c20960b24c8a2855e4d9c9_nom-036-ssa2-2012.webp)