NOM-011-FITO-1995: Cuarentena exterior para prevenir la introducción de plagas de los cítricos

La NOM-011-FITO-1995 es la Norma Oficial Mexicana que establece regulaciones fitosanitarias específicas para evitar la entrada de plagas cuarentenarias a través de cítricos y sus derivados importados a México. Esta norma 011 es vital para la protección de la citricultura nacional y la economía, ya que México es uno de los cinco principales productores de cítricos a nivel global.

En este artículo encontrarás un resumen claro y sencillo sobre la NOM-011-FITO-1995 (nom 011 fito 1995 PDF), requisitos clave, plagas reguladas y aspectos esenciales del cumplimiento normativo.


1. Objetivo y campo de aplicación de la NOM-011-FITO-1995

El propósito de la NOM-011-FITO-1995 es prevenir la introducción y diseminación de plagas cuarentenarias que afectan a los cítricos en México. Para ello, establece una serie de regulaciones y medidas fitosanitarias aplicables a:

  • Plantas de cítricos
  • Sus partes, órganos y material propagativo
  • Material genético de cítricos (por ejemplo, semillas para investigación)
  • Fruta fresca de cítricos
  • Envases y empaques de estos productos

La norma aplica únicamente a estos productos en el contexto de importación.

2. Definiciones clave según la NOM-011-FITO-1995

Para comprender la norma 011, es importante conocer algunos términos fundamentales:

  • Análisis de riesgo de plagas: Evaluación para identificar plagas relevantes y el daño potencial, además de determinar acciones fitosanitarias requeridas.
  • Cítricos: Plantas de los géneros Citrus, Fortunella, Poncirus y sus híbridos.
  • Cuarentena absoluta: Prohibición total de introducir ciertos vegetales y materiales, salvo excepciones previstas en la norma.
  • Cuarentena parcial: Autorización limitada tras aplicar tratamientos que eliminen el riesgo de plagas.
  • Material propagativo: Partes vegetales usadas para reproducir la especie por vías asexuales (ejemplo: yemas o esquejes).
  • Plaga cuarentenaria: Plaga de importancia reconocida (activa o potencial), no presente o bajo control oficial en el país.
  • Rechazo: Acto oficial por el que la Secretaría no permite la entrada de productos que no cumplen los requisitos normativos.

3. Especificaciones principales de la NOM-011-FITO-1995

La norma 011 fito 1995 clasifica los productos sujetos a regulación en dos grandes categorías:

  1. Productos de cuarentena absoluta
  2. Productos de cuarentena parcial

Cada categoría implica diferentes restricciones y requisitos de importación. Más abajo se explican a detalle.

4. Productos de cuarentena absoluta

El ingreso o tránsito de los siguientes productos, originarios de países con plagas cuarentenarias (listadas explícitamente en la NOM-011-FITO-1995 PDF), está prohibido:

  • Semillas botánicas
  • Material propagativo
  • Frutos de cítricos

La lista de plagas y países afectados es amplia y muy específica. Algunos ejemplos de plagas incluidas:

  • Acaro de la yema de los cítricos (Aceria sheldoni)
  • Mosquita blanca espinosa de la naranja (Aleurocanthus spiniferus)
  • Palomilla falsa (Cryptophlebia leucotreta)
  • Brevipalpus australis
  • Escama cerosa blanca (Ceroplastes destructor)
  • Psílido de los cítricos (Diaphorina citri)
  • Vaquita (Diaprepes abbreviatus)
  • Bacteria de la verdosis de los cítricos (Enfermedad impietratura y mal pertinente de los cítricos entre otras)
  • Virus tristeza de los cítricos, virus blight, virus psorosis, etc.
  • Minador de la hoja de los cítricos (Phyllocnistis citrella)
  • Nematodo barrenador (Radopholus similis)
  • Entre otras más (ver listados completos en la NOM-011-FITO-1995 PDF)

En la tabla visible en las páginas 4 a 13 del PDF oficial se detallan todos los nombres científicos, comunes y la distribución geográfica de plagas motivo de cuarentena. La entrada está totalmente prohibida si provienen de áreas con presencia de estas plagas.

5. Productos de cuarentena parcial y lineamientos fitosanitarios

Esta categoría incluye:

  • Árboles o arbustos frutales de cítricos
  • Plantas para injertar (longitud ≤ 80 cm), yemas y material genético para investigación
  • Naranjas, mandarinas (y variantes), limones, limas, toronjas, etc.

La importación está condicionada al cumplimiento de lineamientos específicos:

  1. Semilla botánica: Requiere análisis de riesgo siguiendo la NOM-006-FITO-1995.
  2. Fruta fresca: Debe cumplir requisitos de la NOM-008-FITO-1995 (Consulta otras NOM aquí).
  3. Cumplimiento total de condiciones fitosanitarias: Cualquier persona física o moral está impedida de importar si no cumple los lineamientos.

En caso de cambios fitosanitarios en el país de origen, la Secretaría puede expedir Normas de Emergencia para prohibir la importación o ajustar requisitos.

Nota importante: Si los productos regulados incumplen lo dispuesto, la Secretaría ordenará su rechazo o destrucción a cargo del interesado.

6. Observancia, verificación y certificación

La verificación y certificación de cumplimiento de la NOM-011-FITO-1995 corresponde al personal oficial en puntos de ingreso (puertos, aeropuertos, fronteras). Si se cumple la norma, se expide el certificado fitosanitario de importación.

La Secretaría podrá inspeccionar, verificar y, si se identifican riesgos, suspender certificados existentes o imponer nuevas medidas. La intervención puede llevarse a cabo en cualquier momento y lugar.

7. Sanciones por incumplimiento

Quienes incumplan la norma 011 pueden ser sancionados conforme a la Ley Federal de Sanidad Vegetal y a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Bases científicas y actualización de la NOM-011-FITO-1995

La norma está respaldada por bibliografía especializada y referencias como la FAO, NAPPO y obras relevantes en fitosanidad y citricultura. Indica que, a la fecha de su expedición, no existía concordancia internacional.


Descarga el PDF oficial de la NOM-011-FITO-1995

Descarga el documento completo de la NOM-011-FITO-1995 directamente desde aquí: Descargar NOM-011-FITO-1995 PDF

Preguntas Frecuentes

¿Qué productos regula la NOM-011-FITO-1995?

Regula cítricos y derivados (plantas, material propagativo, fruta fresca, semillas, envases y empaques) únicamente en el contexto de importaciones a México.

¿Dónde puedo consultar el listado completo de plagas y países restringidos?

El listado detallado aparece en la NOM-011-FITO-1995 PDF, páginas 4 a 13. Se incluyen nombres científicos, comunes y distribución global para cada plaga.

¿Es posible importar fruta fresca de cítricos desde cualquier país?

Solo si cumple requisitos de la NOM-008-FITO-1995 y no procede de alguna región contenida en los listados de cuarentena absoluta en la NOM-011-FITO-1995.

¿Qué ocurre si llega a México un embarque que incumple lo dispuesto?

La Secretaría ordenará el rechazo o destrucción del embarque a cargo del propietario o importador, según la gravedad y lo dispuesto en la NOM 011.

¿Quién realiza la inspección y certificación de cítricos importados?

La verificación y certificación corresponde al personal oficial encargado de la inspección fitosanitaria en puertos, aeropuertos y fronteras.

¿Hay referencia a normas internacionales en la NOM-011-FITO-1995?

No. La NOM-011-FITO-1995 indica explícitamente que a la fecha de su publicación no existía una norma internacional con la que tuviera concordancia.


Enlaces internos útiles sobre normas y NOM


Disclaimer: Este artículo es solo un resumen informativo y no sustituye la consulta directa de la NOM-011-FITO-1995 oficial. Para detalles y precisión técnica, acude siempre a la Norma Oficial Mexicana publicada.