NOM-024-SSA3-2012 es una norma oficial mexicana crucial para el sector salud, ya que establece los lineamientos para los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud (SIRES), incluyendo el Expediente Clínico Electrónico. Aquí te explicamos de forma sencilla, pero precisa, los puntos clave de esta norma para que puedas comprender su objetivo y aplicación, así como su importancia para el intercambio seguro de información en salud. Si necesitas la NOM-024-SSA3-2012 PDF, también te indicamos dónde descargarlo.

¿Qué es la NOM-024-SSA3-2012?

La NOM-024-SSA3-2012, conocida también como nom 024 o norma 024, regula cómo deben operar los sistemas electrónicos que almacenan, procesan e intercambian información de salud dentro del Sistema Nacional de Salud en México. Está dirigida a hospitales, clínicas, laboratorios y cualquier entidad que forme parte del Sistema Nacional de Salud y utilice registros electrónicos.

Objetivos de la NOM-024-SSA3-2012

  • Regular el uso de los Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud (SIRES), asegurando el registro, intercambio y consolidación de la información clínica y administrativa.
  • Garantizar la interoperabilidad entre sistemas de diferentes instituciones de salud.
  • Proteger la confidencialidad, integridad y seguridad de los datos personales y clínicos del paciente.
  • Establecer estándares técnicos y catálogos unificados para el registro e intercambio de información.

¿A quién aplica?

Es obligatoria en todo el territorio nacional para cualquier establecimiento que preste servicios de atención médica y utilice sistemas electrónicos de registro en salud (SSA3): hospitales públicos y privados, laboratorios, centros de diagnóstico, oficinas administrativas; sean estos fijos o móviles, y tanto del sector público como privado.

Principales conceptos que debes conocer según la NOM-024-SSA3-2012

  • SIRES: Sistemas de Información de Registro Electrónico para la Salud. Engloban desde expedientes clínicos electrónicos hasta sistemas administrativos y de infraestructura médica.
  • Expediente Clínico Electrónico: Es el archivo digital con la información clínica del paciente, que debe ser estructurada, segura y conforme a la disposición sanitaria.
  • Interoperabilidad: Capacidad de los sistemas de distintas instituciones para compartir y procesar información útil, eficaz y segura.
    • Interoperabilidad técnica: Garantiza que los componentes tecnológicos puedan interactuar entre sí.
    • Interoperabilidad semántica: Asegura que el significado de la información sea constante y entendible para diferentes sistemas.
  • Confidencialidad e Integridad: Los sistemas deben proteger la privacidad de los datos y asegurar que no sean alterados sin autorización.
  • Trazabilidad: Toda acción sobre la información debe estar identificada y ser auditada.
  • Catálogos fundamentales: Listados normados (por ejemplo, diagnósticos, medicamentos) para homogenizar y facilitar el intercambio de información a nivel nacional.

Obligaciones principales para los prestadores de servicios de salud

  • Utilizar SIRES que cumplan con esta norma 024, así como con las otras normas y leyes indicadas en la NOM.
  • Garantizar la confidencialidad de los datos de los pacientes y aplicar medidas de seguridad para evitar el uso indebido o ilegítimo de la información.
  • Registrar y mantener completos e inalterados los datos e información durante el tiempo que corresponda.
  • Facilitar el intercambio, consulta y análisis de información entre diferentes instituciones del sector salud, siempre bajo convenios o acuerdos formales y respetando la privacidad del paciente.

Estándares y Catálogos: Eje central de la NOM-024-SSA3-2012

Uno de los puntos clave de la nom-024-ssa3-2012 es que establece el uso obligatorio de estándares internacionales y nacionales para el registro e intercambio de información, como HL7, CDA, XML y los perfiles IHE. Además, especifica el uso de catálogos normativos esenciales para la interoperabilidad, como los de diagnósticos, procedimientos, medicamentos, claves de establecimientos, municipios, nacionalidad, entre otros (ver Apéndice Normativo A).

En palabras claras: Todas las instituciones deben usar el mismo lenguaje, estándares y catálogos para que los sistemas "se entiendan" y se garantice que la información sea útil y segura en todo el país.

Protección de datos y seguridad de la información según la NOM-024-SSA3-2012

  • Identificación de personas: Para intercambiar información es obligatorio usar la CURP validada y los datos mínimos definidos en la NOM (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, etc.), según una tabla específica que garantiza unicidad y validez.
  • Autenticación y control de accesos: Todo usuario debe tener su nombre de usuario y contraseña, y se recomienda el uso de autenticación adicional.
  • Firma electrónica avanzada: Permite que los profesionales de la salud firmen digitalmente los registros y validen su participación.
  • Registro de auditoría y trazabilidad: Cada acción sobre la información queda registrada y puede ser auditada.

Certificación y evaluación de cumplimiento

La norma 024 establece un procedimiento para certificar que los sistemas cumplen con lo requerido:

  • Para obtener la certificación, se debe entregar documentación y demostrar que el sistema cumple con los estándares y catálogos descritos.
  • La certificación puede ser realizada por la Secretaría de Salud o por organismos de certificación acreditados.
  • La vigencia del certificado es de dos años y está sujeta a revisiones periódicas y actualización del software cuando haya cambios en los lineamientos.
  • En caso de no cumplir con la NOM, se da un periodo para corregir los aspectos necesarios y solicitar una nueva evaluación.

Catálogos fundamentales en la NOM-024-SSA3-2012

Toda la gestión y el intercambio de información deben hacerse usando catálogos normados. Algunos ejemplos destacados:

  • CLUES: Clave única para identificar establecimientos de salud.
  • Catálogos geográficos: Localidades, municipios y entidades federativas, todos alineados con las claves del INEGI.
  • Diagnósticos, Procedimientos y Medicamentos: Usan clasificaciones internacionales y catálogos oficiales vigentes.
  • Nacionalidad, religión, lengua indígena: Permiten uniformar el registro demográfico y social de los pacientes.
  • Matriz completa de catálogos: El Apéndice Normativo A de la NOM contiene el listado detallado, con el órgano rector y el propósito de cada catálogo.
El uso correcto de estos catálogos garantiza una atención integral, el análisis estadístico nacional, y una operación eficiente en el sistema de salud mexicano.

Vigencia y vigilancia

  • La NOM-024-SSA3-2012 entra en vigor 60 días después de su publicación (30 de noviembre de 2012).
  • La autoridad encargada de la vigilancia es la Secretaría de Salud y los gobiernos estatales.
  • Esta NOM deja sin efectos a la anterior NOM-024-SSA3-2010.

¿Dónde descargar la NOM-024-SSA3-2012 PDF oficial?

Descarga la NOM-024-SSA3-2012 PDF directamente aquí: NOM-024-SSA3-2012 PDF oficial.

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes están obligados a cumplir la NOM-024-SSA3-2012?

Todos los establecimientos que presten servicios de atención médica y usen sistemas electrónicos de registro en salud, tanto públicos como privados, en México.

¿Qué información debe registrar un SIRES según la NOM-024?

Debe registrar datos clínicos, demográficos y administrativos, utilizando los catálogos normados, y al menos los datos mínimos de identificación mencionados en la Tabla 1: CURP, apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, información geográfica y, en su caso, identificadores internos de los prestadores de servicios.

¿Cómo se garantiza la confidencialidad de los datos en la norma 024?

Mediante mecanismos de autenticación, autorización y registro de auditoría en los SIRES. Además, se exige el uso de firma electrónica avanzada y controles de acceso estrictos.

¿Qué ocurre si el sistema no cumple con la NOM-024-SSA3-2012?

El prestador de servicios tiene un periodo para corregir los hallazgos detectados en la verificación y puede solicitar una nueva evaluación. Si persisten las no conformidades, no obtendrá la certificación.

¿Es necesario actualizar los datos y catálogos en los SIRES?

Sí, es responsabilidad de los prestadores de servicios mantener sus sistemas y catálogos actualizados conforme a las publicaciones de la Secretaría de Salud y la DGIS.

Conclusiones clave sobre la NOM-024-SSA3-2012

  • Facilita el intercambio seguro, eficiente y homologado de información en salud en México.
  • Protege los datos de los pacientes y promueve una atención médica continua y coordinada entre instituciones.
  • Obliga al uso de estándares y catálogos oficiales nacionales y alineados a internacionales.
  • Requiere conseguir la certificación para acreditar el cumplimiento de la norma.
  • Pone especial atención en la protección de datos personales y en la ciberseguridad de la información clínica electrónica.

Disclaimer: Este artículo es únicamente informativo y resume los principales puntos de la NOM-024-SSA3-2012 según el documento oficial. Para detalles técnicos exactos, consulta la NOM original. Este texto no sustituye a la fuente oficial ni tiene validez legal.