La Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010 establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento que deben cumplir los consultorios y establecimientos de atención médica para pacientes ambulatorios. Esta disposición aplica en los sectores público, privado y social, con el objetivo de garantizar que toda persona reciba atención en espacios seguros, adecuados y con equipamiento básico suficiente.

En este artículo encontrarás un resumen claro y accesible de la norma, explicando sus apartados principales y su importancia. Si necesitas el documento oficial, al final podrás descargar el PDF completo de la NOM-005-SSA3-2010.

Introducción

El avance tecnológico y la mejora en la fabricación de equipos médicos han permitido contar con instrumentos de mayor calidad y seguridad. Sin embargo, no todos los consultorios cuentan con condiciones óptimas.

La NOM-005 busca establecer un piso mínimo de infraestructura y equipamiento en consultorios de medicina general, psicología, nutriología, estomatología, acupuntura, así como en servicios de urgencias y atención de partos en lugares específicos. No se trata de un catálogo cerrado, sino de una base para asegurar calidad en la atención y promover la mejora continua.

Objetivo

El objetivo de la NOM-005-SSA3-2010 es fijar los requisitos básicos que deben cumplir los consultorios y otros establecimientos de salud que atienden pacientes ambulatorios, asegurando un estándar mínimo de calidad y seguridad.

Campo de aplicación

La norma es de observancia obligatoria en todos los consultorios de atención médica no especializada, sin importar si pertenecen al sector público, social o privado. Esto incluye consultorios independientes o vinculados a hospitales, clínicas o sanatorios.

Definiciones clave

La norma define términos fundamentales como:

  • Atención médica ambulatoria: servicios brindados a pacientes que no requieren hospitalización.
  • Consultorio: establecimiento dedicado a la atención médica, en cualquiera de sus modalidades (general, preventiva, psicológica, estomatológica, nutriológica o de acupuntura).
  • Urgencia: situación médico-quirúrgica que pone en riesgo la vida o funciones vitales y requiere atención inmediata.
  • Expediente clínico: conjunto de información única y completa de cada paciente, regulada también por la NOM-168.

Generalidades

Las generalidades de la NOM-005-SSA3-2010 marcan las condiciones mínimas que deben cumplir todos los establecimientos de atención médica para pacientes ambulatorios. Estas disposiciones garantizan que los consultorios funcionen de manera segura, ordenada y bajo la supervisión adecuada.

En primer lugar, se establece que cada consultorio debe registrar su aviso de funcionamiento ante la Secretaría de Salud dentro de los diez días posteriores al inicio de operaciones. Además, deben contar con un responsable sanitario que asegure el cumplimiento de la normatividad vigente.

La norma exige también que los establecimientos dispongan de infraestructura adecuada: un área de espera para los pacientes, servicios sanitarios, y espacios adaptados a las actividades médicas que realicen. En zonas de riesgo por fenómenos naturales como sismos, ciclones o inundaciones, la construcción debe contemplar medidas de seguridad que permitan mantener la operatividad aun después de un desastre.

Otra obligación importante es el control de fauna nociva mediante fumigaciones o desinfestaciones anuales, con comprobantes válidos expedidos por servicios autorizados. Igualmente, el diseño arquitectónico debe facilitar el acceso seguro y rápido, incluyendo condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad y adultos mayores, conforme a la NOM-233-SSA1-2003.

Asimismo, los consultorios deben asegurar el suministro constante de energía y recursos básicos para operar, así como garantizar un manejo adecuado de los residuos peligrosos biológico-infecciosos, siguiendo lo indicado en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.

Por último, en aquellos consultorios donde trabajen médicos pasantes en servicio social, se debe destinar un espacio habitable para que puedan residir durante el periodo de su servicio.

En conjunto, estas generalidades funcionan como una plataforma para que los establecimientos de atención médica ambulatoria trabajen con seguridad, calidad y dentro del marco legal.

Especificaciones

Las especificaciones son uno de los apartados centrales de la NOM-005-SSA3-2010, pues describen de manera puntual qué condiciones mínimas debe cumplir cada tipo de consultorio y servicio de atención ambulatoria. Esto asegura uniformidad en la calidad de la atención y protección tanto de pacientes como del personal de salud.

Las especificaciones son uno de los apartados centrales de la NOM-005-SSA3-2010, pues describen de manera puntual qué condiciones mínimas debe cumplir cada tipo de consultorio y servicio de atención ambulatoria. Esto asegura uniformidad en la calidad de la atención y protección tanto de pacientes como del personal de salud.

Consultorio de medicina general o familiar

Debe contar con al menos dos áreas diferenciadas: una para la entrevista y elaboración de la historia clínica, y otra para la exploración física. Estas áreas deben garantizar la privacidad del paciente mediante divisiones adecuadas. El consultorio debe incluir un lavabo con insumos de higiene (jabón y toallas desechables), espacio seguro para la guarda de expedientes clínicos y, cuando no esté ligado a una unidad hospitalaria, un botiquín de urgencias. El equipo básico incluye estetoscopio, esfigmomanómetro, lámpara de exploración, mesa de exploración y mobiliario funcional.

Consultorio de medicina preventiva

Además de cumplir con las condiciones del consultorio general, requiere un sistema de refrigeración con control de temperatura que asegure la conservación adecuada de vacunas y otros biológicos. En conjuntos de consultorios, basta con un sistema de refrigeración centralizado, siempre que garantice estabilidad térmica y registro confiable.

Consultorio de estomatología

Debe contar con áreas específicas para el sillón dental y sus accesorios, asegurando circulación libre y segura. También se exige espacio para esterilización de material y, en algunos casos, equipo de rayos X dental. La instalación eléctrica debe estar correctamente polarizada y aterrizada, evitando el uso de extensiones. Asimismo, el agua utilizada en piezas de mano y jeringas debe pasar por sistemas de filtración. El consultorio debe disponer de compresora de aire libre de aceite con filtros, además de mobiliario y equipos dentales básicos como unidad dental con lámpara, charola e instrumental estandarizado.

Consultorio de psicología

Requiere un ambiente cómodo, privado y seguro, con mobiliario adaptado tanto para entrevistas individuales como para trabajo grupal o con niños. Es fundamental contar con espacios para terapia, sillas suficientes y un sistema adecuado para el resguardo de expedientes clínicos, dado que la confidencialidad es parte esencial de la atención psicológica.

Consultorio de acupuntura

Además de lo señalado para consultorios de medicina general, debe disponer de instrumental específico como agujas de acupuntura estériles, electroestimulador, lámpara de rayos infrarrojos, láser de bajo poder y magnetos. También se exige contar con equipo de esterilización (autoclave o equivalente), asegurando que el material se mantenga en condiciones higiénicas y seguras para cada procedimiento.

Consultorio de nutriología

Está orientado a la valoración y tratamiento del estado nutricional. Debe contar con báscula clínica con estadímetro y cinta antropométrica de fibra de vidrio, además de mobiliario para la consulta y un sistema seguro para archivar expedientes clínicos. Estos instrumentos permiten evaluar con precisión peso, talla y composición corporal del paciente.

Atención del parto en condiciones específicas

La norma aclara que, en consultorios del sector privado, no está permitida la atención de partos. Sin embargo, en zonas rurales o de difícil acceso, se permiten excepciones siempre y cuando el consultorio cuente con áreas específicas para recepción, observación, expulsión, reanimación del recién nacido y recuperación de la madre.

También se exige un sistema de esterilización de materiales y el equipo señalado en la norma, como mesa de expulsión, equipo de reanimación neonatal y ropa estéril.

Atención de urgencias

Los consultorios deben contar con equipo básico para estabilizar pacientes antes de su referencia a un hospital. El botiquín de urgencias debe incluir medicamentos como analgésicos, antihistamínicos, adrenalina, soluciones intravenosas, entre otros.

También se exige equipamiento como aspiradores, reanimadores manuales, férulas, laringoscopios y oxígeno portátil.

Concordancia internacional

La NOM-005-SSA3-2010 no tiene equivalencias exactas con normas internacionales. Sin embargo, se apoya en criterios técnicos de instituciones nacionales y en la Ley General de Salud.

Vigilancia y vigencia

La aplicación de la norma está a cargo de la Secretaría de Salud y las autoridades estatales de salud.

La NOM-005-SSA3-2010 entró en vigor 60 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (16 de agosto de 2010) y sustituyó a la NOM-178-SSA1-1998.

Apéndices normativos e informativos

La norma incluye apéndices que detallan el mobiliario, equipo e instrumental necesarios para cada tipo de consultorio y servicio. También se anexan croquis orientativos sobre la distribución de espacios en consultorios generales, de estomatología y áreas para la atención de partos.

Importancia de la NOM-005-SSA3-2010

La NOM-005 es fundamental porque:

  • Garantiza condiciones mínimas de seguridad e higiene en consultorios.
  • Asegura que los pacientes reciban atención de calidad en cualquier sector (público, social o privado).
  • Establece requisitos claros que permiten la supervisión de autoridades sanitarias.
  • Fomenta la profesionalización y mejora continua de los servicios de salud ambulatoria.

Descarga del PDF de la NOM-005-SSA3-2010

Este artículo es un resumen informativo. Para conocer todos los detalles, te recomendamos consultar directamente la norma oficial. Descarga aquí la NOM-005-SSA3-2010 en PDF

La versión oficial puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el Catálogo Mexicano de Normas de GOBMX.

Conclusión

La NOM-005-SSA3-2010 representa una herramienta clave para la regulación de consultorios y otros servicios médicos ambulatorios. Al establecer los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento, protege tanto a pacientes como al personal de salud, garantizando estándares de calidad, seguridad e higiene.

Su cumplimiento es obligatorio y constituye una base para mejorar progresivamente la atención médica en México, especialmente en consultorios que representan el primer punto de contacto con la población.