La Norma Oficial Mexicana NOM-026-SSA3-2012 regula la práctica de la cirugía mayor ambulatoria en México. Su objetivo es garantizar que estos procedimientos se realicen con calidad, seguridad y eficiencia, tanto para los pacientes como para los sistemas de salud. En este artículo encontrarás un resumen claro y sencillo de la norma, pensado para estudiantes, profesionales y cualquier persona interesada en el tema.

Introducción

La cirugía mayor ambulatoria se ha vuelto cada vez más común gracias a los avances en técnicas anestésicas, quirúrgicas y de recuperación. Este tipo de procedimientos permite atender múltiples patologías sin necesidad de hospitalización, ya que los pacientes pueden ser dados de alta en menos de 12 horas.

La NOM-026-SSA3-2012 surge para estandarizar la práctica de estas cirugías, asegurar la seguridad del paciente, optimizar los recursos de salud y reducir costos sin sacrificar calidad. Además, contribuye a disminuir las listas de espera y mejorar la productividad del personal médico.

Objetivo

La norma establece los criterios y características mínimas que deben cumplir los profesionales y técnicos del área de la salud, así como los establecimientos donde se realicen cirugías mayores ambulatorias. Esto incluye aspectos administrativos, de organización, infraestructura y equipamiento.

Campo de aplicación

La NOM-026 es de observancia obligatoria en todo el país. Aplica tanto para profesionales y técnicos de la salud como para establecimientos públicos, privados y sociales que practiquen cirugía mayor ambulatoria.

Definiciones y abreviaturas

Algunos conceptos clave:

  • Cirugía mayor ambulatoria: procedimientos que usan anestesia y no requieren hospitalización prolongada; el paciente es dado de alta en menos de 12 horas.
  • Unidad de cirugía mayor ambulatoria: conjunto de áreas y servicios con infraestructura y equipamiento adecuados para la atención pre, trans y postquirúrgica.
  • Admisión y alta: ingreso y egreso del paciente en la unidad, en un lapso máximo de 12 horas.
  • ASA: clasificación del estado físico del paciente, establecida por la American Society of Anesthesiologists.

Generalidades

La cirugía mayor ambulatoria solo puede realizarse en unidades específicas, independientes o ligadas a hospitales.

  • Las unidades deben contar con licencia sanitaria y responsable sanitario.
  • Todo el equipo médico debe tener mantenimiento preventivo y correctivo.
  • Se deben establecer convenios con hospitales de mayor capacidad para posibles complicaciones.
  • El personal responsable debe ser especialista con certificación y cédula profesional.
  • Es obligatorio recabar consentimiento informado del paciente o su representante.
  • Se permite solicitar evaluación de conformidad por organismos acreditados.

Criterios específicos

La NOM-026-SSA3-2012 establece lineamientos detallados para garantizar que solo los pacientes adecuados sean sometidos a cirugía mayor ambulatoria, minimizando riesgos y asegurando una recuperación rápida y segura.

Selección de pacientes

El paciente debe cumplir condiciones que aseguren un procedimiento sin complicaciones:

  • La cirugía debe estar previamente programada, no improvisada.
  • La valoración preanestésica y de especialidades necesarias debe realizarse dentro de los 5 días previos.
  • Solo se aceptan pacientes clasificados como ASA I o II (es decir, personas sanas o con enfermedades leves y controladas).
  • Debe existir expediente clínico completo, de acuerdo con la NOM-168-SSA1-1998.

En casos de urgencia, la cirugía solo puede realizarse si no hay afectación a órganos vitales, si no se requieren cuidados especiales posteriores y si el cirujano y anestesiólogo confirman que no hay riesgo mayor.

Exclusiones

Quedan fuera los pacientes con condiciones que elevan el riesgo quirúrgico o anestésico:

  • Necesidad de transfusión sanguínea o de hospitalización prolongada.
  • Uso continuo de medicamentos que potencien los anestésicos.
  • Antecedentes de hipertermia maligna.
  • Estado físico ASA mayor a II.
  • Enfermedades agudas en curso o situaciones específicas que el médico considere peligrosas.

Ingreso a la unidad

Para ingresar, el paciente debe seguir indicaciones médicas específicas:

  • Mantener ayuno mínimo de 8 horas (con excepciones en menores de 3 años, ajustadas por el anestesiólogo).
  • Pasar por una nueva valoración del anestesiólogo antes de la cirugía, quien podrá indicar medicación preanestésica.

Requisitos al alta

El egreso del paciente debe cumplir con parámetros clínicos bien definidos:

  • Recuperación anestésica completa y adecuada.
  • Respiración espontánea, vías respiratorias libres y reflejos protectores activos (como el reflejo de tos).
  • Estabilidad cardiovascular, con variaciones no mayores al 20% respecto a los valores previos.
  • Orientación en tiempo, lugar y persona.
  • Ausencia de complicaciones en la zona quirúrgica y hemorragias.
  • Capacidad para tolerar líquidos por vía oral y ausencia de náuseas o vómitos persistentes.
  • Movilidad y micción espontánea.
  • Temperatura corporal normal.

Finalmente, la norma exige que el alta solo sea autorizada si el paciente está acompañado de un adulto responsable, garantizando apoyo en el traslado y primeros cuidados en casa.

Concordancia internacional

La NOM-026-SSA3-2012 no tiene concordancia con normas internacionales ni mexicanas equivalentes.

Vigilancia y vigencia

La Secretaría de Salud y los gobiernos estatales son responsables de vigilar el cumplimiento de esta norma en sus ámbitos de competencia.

La NOM-026 entró en vigor 60 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el 7 de agosto de 2012, dejando sin efectos la NOM-205-SSA1-2002.

Descargar PDF de la NOM-026-SSA3-2012

Este artículo es un resumen informativo. Para conocer todos los detalles, te recomendamos consultar directamente la norma oficial. Descarga aquí la NOM-026-SSA3-2012 en PDF

La versión oficial puede consultarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el Catálogo Mexicano de Normas de GOBMX.

Conclusión

Esta norma oficial mexicana representa un avance fundamental en la modernización del sistema de salud en México. Al regular la práctica de la cirugía mayor ambulatoria, asegura que estos procedimientos se lleven a cabo con altos estándares de seguridad, calidad y eficiencia.

La norma no solo protege a los pacientes al establecer criterios claros para su selección, ingreso y alta, sino que también brinda certidumbre a los profesionales de la salud y a las instituciones al definir requisitos mínimos de infraestructura, equipamiento y organización. Esto permite reducir riesgos, optimizar recursos y garantizar una atención médica más accesible y eficiente.

En un contexto donde la demanda de servicios quirúrgicos crece de manera constante, la aplicación correcta de la NOM-026 contribuye a disminuir los tiempos de espera, mejorar la productividad hospitalaria y ampliar la cobertura de atención. Además, refuerza la confianza de la población en el sistema de salud al priorizar la seguridad del paciente en cada etapa del proceso quirúrgico.

En suma, la norma 026 es una herramienta clave para lograr que la cirugía mayor ambulatoria se convierta en una práctica consolidada y segura en todo el país, beneficiando tanto a los pacientes como a las instituciones de salud.