NOM-051-SCFI-SSA1-2010 es la norma oficial mexicana que establece los requisitos generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que se comercializan en México. Si te interesa conocer la nom 051, aquí te explicamos de manera sencilla y práctica los puntos clave y alcances que contiene el documento oficial.

¿Qué es la NOM-051-SCFI-SSA1-2010?

La NOM-051-SCFI-SSA1-2010 (conocida también como nom 051, norma 051 o simplemente nom 51) regula la información comercial y sanitaria que debe aparecer en el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados destinados al consumidor final en México. Su objetivo es garantizar que los consumidores reciban información veraz, clara y suficiente para tomar decisiones informadas sobre sus compras.

Esta norma oficial mexicana establece las especificaciones de lo que debe incluir una etiqueta: desde el nombre comercial, la lista de ingredientes, el contenido nutrimental, el país de origen y la declaración de alérgenos, hasta advertencias sobre riesgos, etiquetado nutrimental frontal y mucho más.

Para profundizar sobre otras normas referentes a productos envasados o etiquetados, puedes consultar el análisis sobre diferencias entre NOM y NMX.

Ámbito de aplicación de la NOM-051

La NOM-051-SCFI-SSA1-2010 aplica a todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que se venden en territorio nacional, tanto los elaborados en México como los importados.

  • Incluye a fabricantes, importadores, comercializadores y cualquier persona que participe en la cadena de suministro.
  • Excluye productos a granel, suplementos alimenticios, fórmulas lácteas para lactantes y otros productos específicos (artículo 2 de la NOM).
  • La normativa es obligatoria para productos de venta al menudeo.

Objetivo de la NOM-051-SCFI-SSA1-2010

El objetivo de la NOM-051 es proteger la salud y los derechos del consumidor estableciendo directrices sobre la información mínima que debe presentar el etiquetado:

  • Evitar la información confusa, falsa, exagerada o engañosa.
  • Garantizar la disponibilidad de información nutrimental clara.
  • Facilitar la comparación entre productos similares.
  • Advertir sobre riesgos asociados a ingredientes específicos.

Definiciones principales de la NOM 051

La nom 051 define conceptos clave para precisar su alcance. Aquí están los términos más importantes tomados literalmente del texto oficial:

  • Etiqueta: Cualquier rótulo, marbete, marca, imagen u otro material descriptivo o gráfico que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado o adherido directamente en el envase del producto.
  • Alimento preenvasado: Aquel que se envasa antes de ponerse a la venta y que no requiere ser modificado, incluido bebidas no alcohólicas, y cuyo envase es para venta al consumidor final.
  • Información comercial: Detalles relativos a descripción del producto, país de origen, contenido neto, nombre o razón social y domicilio del importador o fabricante, entre otros datos.
  • Información sanitaria o nutricional: Son los datos respecto a ingredientes, contenidos específicos, declaraciones nutrimentales, advertencias sobre alérgenos, etc.
  • Leyenda precautoria: Advertencia dirigida al público sobre riesgos o prohibiciones ligados al consumo del producto.

Requisitos generales del etiquetado (Segunda Sección de la NOM-051)

De acuerdo con la NOM-051-SCFI-SSA1-2010, todas las etiquetas de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados deben contener la siguiente información, mínimamente:

  1. Denominación del producto: Nombre claro conforme a lo establecido en otras normas o, en su defecto, un nombre descriptivo del alimento o bebida.
  2. Lista de ingredientes: Todos los ingredientes del producto, en orden decreciente, incluyendo aditivos y especificando el tipo y función de los aditivos.
  3. Contenido neto: Cantidad de producto contenida en el envase, con las unidades adecuadas (gramos, mililitros, litros, kilogramos, etc.).
  4. Nombre o razón social y domicilio del fabricante nacional, importador o envasador responsable del producto.
  5. País de origen: Debe indicarse claramente si el producto es nacional o importado y, en caso de serlo, el país de procedencia.
  6. Lote: Identificación clara que facilite la rastreabilidad.
  7. Fecha de caducidad o de consumo preferente: Conforme a lo dispuesto, debe estar visible y legible para el consumidor.
  8. Instrucciones de conservación: Deben aparecer sólo si son necesarias para mantener la calidad o inocuidad del producto.
  9. Información nutrimental: Debe incluirse una tabla nutrimental detallando contenido energético, proteínas, grasas, carbohidratos, azúcares añadidos y otros elementos según el producto.
  10. Declaración de alérgenos: Es obligatorio advertir sobre presencia de ingredientes o trazas de alérgenos.
  11. Etiquetado frontal: Cuando un producto exceda los valores establecidos en la NOM, debe portar sellos de advertencia (por ejemplo, exceso calorías, azúcar, etc.).
Nota: Todos los datos deben ser verídicos, claros, en idioma español y legibles. No puede emplearse información que sugiera propiedades no demostradas científicamente.

Disposiciones sobre idioma y visibilidad

De acuerdo a la norma 051:

  • Toda la información obligatoria debe aparecer en idioma español de manera destacada.
  • Puede incluirse información adicional en otros idiomas, siempre y cuando la información en español predomine y sea fácil de leer.
  • No se permite emplear términos, signos o ilustraciones que puedan inducir a error o confusión.

Prohibiciones claras en la nom 051

Entre las prohibiciones del etiquetado según la NOM-051-SCFI-SSA1-2010:

  • No deben figurar afirmaciones falsas o que exageren los beneficios del producto.
  • Está prohibido utilizar información o imágenes que induzcan al error al consumidor.
  • No pueden usarse etiquetas que imiten productos distintos, distintos envases o colores que confundan al comprador.
  • Se prohíbe la publicidad dirigida a menores cuando la leyenda precautoria sea indispensable.

Declaraciones nutrimentales y saludables

La NOM-051-SCFI-SSA1-2010 regula el uso de declaraciones nutrimentales y saludables:

  1. Solamente pueden emplearse declaraciones nutrimentales reconocidas y autorizadas.
  2. No pueden hacerse declaraciones saludables salvo autorización expresa de las autoridades y con justificación científica según la nom 051.
  3. Las declaraciones nutrimentales no deben contradecir la información nutrimental obligatoria ni inducir a error sobre el producto.
Por ejemplo: no se permite afirmar que un alimento es "bajo en sodio" si no cumple los límites establecidos por la NOM o regulaciones relacionadas.

Etiquetado frontal de advertencia (sellos)

Una de las características más conocidas de la NOM-051-SCFI-SSA1-2010 es el sistema de etiquetado frontal de advertencia, también llamado "sellos frontales". Este mecanismo busca alertar al consumidor sobre el exceso de calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans o sodio.

  • Cuando un producto excede parámetros establecidos en la norma 051, debe portar sellos como "Exceso Calorías", "Exceso Azúcares", "Exceso Grasas Saturadas" u otros según aplique.
  • Los productos con más de un sello también pueden requerir leyendas específicas adicionales (por ejemplo, evitar en niños o advertencia de cafeína).
  • Las dimensiones, ubicación y leyendas de los sellos están especificadas en el anexo B de la NOM-051.

Declaración de ingredientes y alérgenos

La lista de ingredientes es obligatoria y debe:

  • Incluir todos los ingredientes utilizados, en orden descendente de peso.
  • Especificar el grupo o función de los aditivos (por ejemplo, "conservador", "colorante", "saborizante natural").
  • Identificar con claridad cualquier ingrediente o subingrediente alérgeno (como cacahuate, leche, huevo, trigo, etc.).
  • Advertir con una leyenda específica cuando el alimento pueda contener trazas de alérgenos, aunque no sean parte de la fórmula original.

Tabla nutrimental obligatoria

Cada envase debe portar una tabla nutrimental que incluya por lo menos:

  • Contenido energético (calorías en Kcal).
  • Proteínas, grasas (saturadas y trans), carbohidratos (y azúcares añadidos), sodio y fibra.
  • Cantidad por porción y porcentaje de valores diarios recomendados para población mexicana.

La disposición y formato de la tabla deben seguir lo estipulado en los anexos de la nom 51 y estar en lugar visible, con tamaño de letra claro.

Fechas de caducidad y conservación

  • Fecha de caducidad: Debe indicarse para productos que puedan ser peligrosos para la salud después de cierto tiempo.
  • Fecha de consumo preferente: Para productos que pueden perder propiedades sensoriales (sabor, aroma, textura) pero no representan riesgo sanitario después de esa fecha.
  • Las indicaciones sobre almacenaje o temperatura son obligatorias si influyen en la seguridad o aptitud del producto.

Obligaciones de los importadores y productos importados según la NOM 051

  • Los alimentos importados deben cumplir con todos los requisitos de la nom 051.
  • La información en español debe prevalecer, sin importar la procedencia del producto.
  • Las etiquetas deben anexarse antes de su comercialización.
  • Todos los datos obligatorios para envases nacionales aplican también para importaciones.

Sanciones y mecanismos de vigilancia

El cumplimiento de la NOM-051-SCFI-SSA1-2010 está sujeto a inspección por la PROFECO y la COFEPRIS, según corresponda:

  • Las etiquetas que no cumplan pueden ser motivo de sanción, aseguramiento o suspensión de ventas.
  • La autoridad puede retirar productos y exigir la corrección de etiquetas antes de permitir su comercialización.
  • Existen mecanismos de corrección y verificación.

Descarga la NOM-051-SCFI-SSA1-2010 en PDF

Puedes descargar el documento oficial de la NOM-051-SCFI-SSA1-2010 PDF completo y actualizado aquí: Descargar NOM-051-SCFI-SSA1-2010 PDF

Preguntas Frecuentes

¿A qué productos aplica la NOM-051-SCFI-SSA1-2010?

Aplica a todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados para venta en México, nacionales e importados. Excluye a granel, suplementos alimenticios, fórmulas para lactantes y productos expresamente señalados en el artículo 2 de la NOM.

¿Qué debe incluir la etiqueta según la NOM-051?

Debe incluir la denominación, listado de ingredientes, contenido neto, identificación del responsable, país de origen, lote, fecha de caducidad, modo de conservación (si procede), información nutrimental y, según corresponda, declaraciones de alérgenos y sellos frontales de advertencia.

¿Es obligatorio declarar los alérgenos?

Sí. La NOM-051 exige que se indique claramente en la etiqueta si el producto contiene o puede contener ingredientes alérgenos como leche, huevo, cacahuate, soya, trigo, nueces, etc.

¿El etiquetado nutrimental es obligatorio para todos los productos?

Sí, excepto en los casos específicamente exceptuados por la NOM, todos los alimentos y bebidas preenvasados deben presentar una tabla nutrimental legible y en idioma español.

¿Cuándo debe portar sellos de advertencia un producto?

Cuando los valores de aporte calórico, azúcares añadidos, grasas saturadas, grasas trans o sodio superen los límites que determina la NOM-051-SCFI-SSA1-2010, el producto debe llevar el sello o los sellos correspondientes en la parte frontal del envase.

¿Cómo debe declararse el país de origen?

Debe indicarse si el producto es nacional o importado. En caso de importación, declarar el país específico de origen de manera clara y en español.

¿Las etiquetas deben estar solo en español?

Sí, toda la información obligatoria debe estar en español. Puede haber información adicional en otros idiomas, pero la prioridad y claridad debe ser en español.

Conclusión: Importancia de la NOM-051-SCFI-SSA1-2010

La NOM-051-SCFI-SSA1-2010 es clave para establecer condiciones de transparencia y seguridad en el etiquetado de alimentos y bebidas preenvasados. Al conocer sus lineamientos, fabricantes, comercializadores y consumidores pueden promover prácticas responsables y decisiones de compra informadas.

Recuerda siempre consultar el texto completo de la norma oficial mexicana 051 para garantizar la correcta interpretación y aplicación de la normativa.


Disclaimer: Este contenido es un resumen y explicación de carácter informativo para facilitar la comprensión de la NOM-051-SCFI-SSA1-2010. No constituye fuente oficial ni interpretación jurídica. Para exactitud técnica y aplicación legal, consulta siempre la NOM oficial.