NOM-051-SCFI/ASSA1-2010 es la Norma Oficial Mexicana que regula el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados en México. Su objetivo es brindar información clara y veraz a los consumidores, así como prevenir prácticas engañosas. A continuación, encontrarás un resumen accesible y completo de la NOM 051, sus puntos principales, requisitos y preguntas frecuentes, todo basado exclusivamente en la versión oficial de la norma.
¿Qué es la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010?
La NOM-051-SCFI/ASSA1-2010 (también referida como nom 051, norma 051 o nom 51) es la disposición legal mexicana que establece las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Esta norma busca que los consumidores cuenten con información clara y suficiente sobre los productos que adquieren.
¿A quiénes aplica la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010?
La NOM-051 se aplica a todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas que se comercializan en territorio mexicano, sean de producción nacional o importados, a excepción de:
- Productos a granel.
- Productos que se preparan en el punto de venta.
- Alimentos sin envasar al público.
- Suplementos alimenticios, que se rigen por su propia legislación.
Objetivos principales de la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010
- Evitar prácticas engañosas o fraudulentas en el etiquetado.
- Proteger la salud del consumidor.
- Asegurar la libre elección bajo información clara, comprensible y veraz.
- Proporcionar requisitos uniformes para todos los productos preenvasados cubiertos por la norma 051.
Definiciones clave en la NOM-051
La norma NOM-051 SCFI/ASSA1-2010 PDF incluye un glosario muy extenso. Aquí te presentamos las definiciones más importantes para su comprensión:
- Etiqueta: Cualquier rótulo, marca, imagen u otra materia descriptiva gráfica escrita, impresa, adherida, grabada o en relieve sobre el envase de un producto.
- Envase: Recipiente, embalaje o envoltura en el que el producto se encuentra contenido.
- Ingrediente: Toda sustancia, incluido un aditivo, utilizada en la fabricación o preparación de un alimento o bebida.
- Contenido neto: Es la cantidad del producto preenvasado, expresada en unidades de masa o volumen, sin considerar el envase.
- Denominación: Es el nombre del producto, según su naturaleza y conforme a la legislación o costumbre.
- Lote: Conjunto de unidades de producto fabricadas bajo condiciones iguales.
Elementos obligatorios en el etiquetado según NOM-051
La Nom 051 establece que las etiquetas de alimentos y bebidas deben incluir obligatoriamente los siguientes elementos:
- Denominación del producto
- Lista de ingredientes
- Contenido neto y peso drenado (en su caso)
- Nombre y domicilio del fabricante, envasador o importador
- País de origen (por ejemplo, "Hecho en México")
- Lote
- Fecha de caducidad o de consumo preferente
- Instrucciones para conservación y uso (cuando aplique)
- Información nutrimental: aportación energética, proteínas, grasas, carbohidratos, azúcares y sodio (requisitos detallados adelante).
Denominación del producto
La denominación debe expresar claramente la naturaleza del producto y aparecer en la cara principal de la etiqueta. Si existe una normatividad específica, debe usarse ese nombre. Si no, debe emplearse el nombre comúnmente conocido o descriptivo. No se pueden usar denominaciones engañosas.
Lista de ingredientes
- La lista de ingredientes debe presentarse en orden decreciente (de mayor a menor proporción) según la cantidad en que aparecen en el producto.
- Debe iniciar con la palabra “Ingredientes”.
- Los aditivos deben mencionarse por su grupo funcional y nombre específico (por ejemplo: “conservador benzoato de sodio”).
- El agua sólo se indicará cuando tenga un peso significativo en el producto.
- Debe declararse cualquier ingrediente o aditivo que cause efectos adversos a la salud, conforme la normatividad vigente.
- Los alérgenos deben destacarse conforme lineamientos establecidos (por ejemplo, “Contiene: gluten, leche, soya, huevo, etc.”).
Contenido neto, peso drenado e instrucciones de conservación
El contenido neto debe expresarse en unidades del Sistema General de Unidades de Medida (gramos, mililitros, kilogramos, litros). Cuando aplique, debe señalarse el peso drenado (por ejemplo, en productos envasados en líquido).
Las instrucciones de conservación y preparación deben aparecer cuando el producto así lo requiera para mantener la seguridad o calidad.
Información nutrimental obligatoria
Un aspecto fundamental de la norma 051 es la información nutrimental que debe estar presente en todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas. Esta declaración debe estar en un cuadro o tabla, y contener como mínimo:
- Energía total (en kilocalorías)
- Porción recomendada y porciones por envase
- Proteínas (g)
- Grasas totales (g)
- Grasas saturadas (g)
- Grasas trans (g)
- Carbohidratos totales (g)
- Fibra dietética (g)
- Azúcares (g)
- Sodio (mg)
Estos datos deben aparecer por cada porción y por cada 100 g o 100 ml.
Declaración nutrimental complementaria
En el caso de nom 051, se puede complementar la información nutrimental con:
- Vitaminas y minerales.
- Otros ingredientes con algún valor nutrimental, siempre que esté científicamente comprobado y permitido.
Etiquetado frontal de advertencia
La NOM-051-SCFI/ASSA1-2010 PDF contempla la inclusión de sellos de advertencia en la parte frontal del empaque cuando el producto excede los límites establecidos en azúcares añadidos, sodio y grasas saturadas. Los requisitos específicos y límites numéricos se especifican en la misma normativa y son importantes para la protección a la salud pública y prevención de enfermedades.
Es fundamental que cualquier declaración de propiedades o comparaciones, como "reducido en azúcar" o "bajo en sodio", estén respaldadas por la evidencia y cumplan estrictamente los requisitos de la NOM-051.
Requisitos sobre información comercial
Cada etiqueta debe mostrar los siguientes datos comerciales de manera legible y resistente:
- Nombre o razón social y domicilio del fabricante nacional.
- En importaciones, nombre, razón social y domicilio del importador.
- País de origen.
- Número de lote.
- Fecha de caducidad o consumo preferente.
Prohibiciones y restricciones de la NOM-051
La NOM-051 también establece prohibiciones en cuanto a la información y presentación de los productos:
- No se permite inducir al error o engaño respecto a la naturaleza, composición, calidad, origen u otras características del producto.
- No se pueden usar denominaciones o imágenes que sugieran cualidades distintas a las realmente presentes.
- No se permite la información falsa, exagerada ni palabras como "super", "premium" o similares si el producto no cumple atributos muy específicos y comprobables.
- No se pueden usar etiquetas que causen confusión con productos similares.
Especificaciones para productos importados
Los productos importados deben cumplir los mismos requisitos de NOM-051-SCFI/ASSA1-2010 que los nacionales. Pueden agregarse etiquetas adicionales en español con la información exigida, siempre que no se tapen datos relevantes. El importador es responsable de la veracidad y traducción adecuada.
Legibilidad de la información en etiquetas
La etiqueta debe ser clara, indeleble, fácilmente visible y legible para el consumidor. La tipografía debe ser de tamaño adecuado y los contrastes de color suficientes para facilitar la lectura.
Declaraciones y leyendas en etiquetas (NOM-051)
Cualquier declaración nutrimental (por ejemplo, "bajo en grasa", "sin azúcar añadido") sólo puede emplearse si cumple con los criterios científicos y cuantitativos establecidos en la NOM 051. Está prohibido modificar la información obligatoria con leyendas confusas.
Siempre que se presente algún beneficio para la salud, esta declaración debe estar sustentada y cumplir con los criterios específicos señalados en la norma.
Requisitos sobre lotes y caducidad
Debe indicarse el número de lote para trazar el producto hasta su origen y la fecha de caducidad (cuando el alimento se deteriora rápida o impredeciblemente) o la fecha de consumo preferente (cuando el alimento conserva sus características durante un tiempo más prolongado).
Sanciones por incumplimiento de la norma 051
En caso de incumplimiento de la NOM-051, la Secretaría de Economía y/o la Secretaría de Salud están autorizadas para aplicar sanciones administrativas, desde el retiro del producto hasta multas económicas y otras penalidades, según lo dispuesto por la legislación mexicana.
¿Qué productos tienen especificaciones particulares?
Algunos alimentos y bebidas cuentan con apartados específicos dentro de la NOM 051, por ejemplo:
- Café
- Bebidas energéticas
- Productos de confitería
- Cereales
- Conservas y productos en salmuera
- Entre otros casos particulares
Las reglas específicas para estos productos están detalladas en los anexos y tablas de la norma.
Descargar PDF oficial de la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010
Puedes descargar la versión oficial de la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010 PDF directamente desde este enlace oficial.
Preguntas Frecuentes
¿Qué productos deben cumplir con la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010?
Todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas destinadas al consumidor final y que se comercializan en México, tanto nacionales como importados, deben cumplir la NOM-051, con excepción de alimentos a granel, productos preparados en el punto de venta y aquellos sin envasar al público.
¿Cuál es el objetivo principal de la NOM 051?
Brindar información veraz, clara y comprensible en el etiquetado de alimentos y bebidas preenvasadas para proteger los derechos y la salud del consumidor, y evitar prácticas engañosas.
¿Qué información es obligatoria en la etiqueta según la NOM-051?
Denominación, lista de ingredientes, contenido neto (y peso drenado si aplica), nombre y domicilio del fabricante o importador, país de origen, número de lote, fecha de caducidad o consumo preferente, instrucciones de conservación y uso, así como información nutrimental. Adicionalmente, advertencias y leyendas especiales en los casos que lo requieran.
¿La NOM-051 exige el etiquetado frontal de advertencia?
Sí. La norma indica que si un alimento o bebida excede los límites establecidos de azúcares, grasas y sodio, debe portar sellos de advertencia en la parte frontal para alertar al consumidor.
¿La información nutrimental debe ir siempre en formato de tabla?
Sí, la información nutrimental debe presentarse en un cuadro o tabla visible en la etiqueta, conforme a lo especificado en la norma.
¿Los productos importados también deben cumplir con la NOM 051?
Sí, todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas importados que se comercializan en México deben cumplir la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010. La traducción y veracidad recaen en el importador.
¿Qué pasa si un producto no cumple con la NOM-051?
Las autoridades pueden retirar productos del mercado y aplicar sanciones administrativas, que pueden incluir multas conforme lo indicado por las leyes mexicanas.
Conclusión sobre la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010
La NOM-051-SCFI/ASSA1-2010 representa la guía más importante sobre el etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados en México. Su cumplimiento es fundamental no sólo para quienes fabrican, importan o distribuyen productos alimenticios, sino también para el consumidor, al garantizar información precisa y condiciones de elección informada.
¿Te interesa aprender más sobre normas alimentarias?
Te recomendamos consultar otras NOM relevantes como la NOM-251-SSA1-2009 sobre manejo higiénico de alimentos o conocer cómo citar una norma oficial mexicana en formato APA.
Este contenido es un resumen informativo de la NOM-051-SCFI/ASSA1-2010. No sustituye la consulta oficial ni tiene validez jurídica. Para detalles y exactitud técnica revisa la NOM oficial aquí.