NOM-076-FITO-1999: Sistema preventivo y dispositivo nacional de emergencia contra las moscas exóticas de la fruta

NOM-076-FITO-1999, también conocida como nom 076, norma 076 o nom 76, es una norma oficial mexicana enfocada en la protección fitosanitaria de los cultivos frutales y hortícolas del país. Su objetivo principal es prevenir la introducción, establecimiento y propagación de moscas exóticas de la fruta en el territorio nacional mediante la implementación de un sistema preventivo y un dispositivo nacional de emergencia.

En esta guía te explicamos de forma sencilla sus puntos clave, tal como aparecen en el NOM 076 FITO 1999 PDF y otras normas oficiales mexicanas.

Índice de contenido (NOM-076-FITO-1999)

  • 1. Objetivo y campo de aplicación
  • 2. Referencias
  • 3. Definiciones
  • 4. Especificaciones
  • 5. Observancia de la norma
  • 6. Sanciones
  • 7. Bibliografía
  • 8. Concordancia con normas internacionales
  • 9. Disposiciones transitorias

1. Objetivo y campo de aplicación

La NOM-076-FITO-1999 establece el sistema preventivo y el procedimiento para activar el dispositivo nacional de emergencia ante la amenaza de moscas exóticas de la fruta de los géneros Ceratitis, Dacus y Bactrocera, así como algunas especies de Anastrepha spp. y Rhagoletis spp.

Esta norma se aplica en todo el territorio nacional, incluyendo:

  • Áreas de producción de frutos hospederos (como cafetales, huertos comerciales, traspatio, árboles frutales en zonas urbanas, parques, reservas, y zonas silvestres).
  • Instalaciones de procesado y empaque de frutas.
  • Vehículos de carga y pasajeros, equipajes y paquetes que contengan fruta durante su movilización en el país.
  • Centros de acopio, comercialización, puertos marítimos, aeropuertos, fronteras, parques de recreo y carreteras de tránsito internacional.

En este sentido, la norma 076 cobra importancia estratégica para la protección de la fruticultura mexicana frente a plagas exóticas.

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2. Referencias normativas

Para interpretar correctamente esta NOM, es necesario consultar:

  • NOM-008-SCFI-1993: Sistemas Generales de Unidades de Medida.
  • NOM-075-FITO-1997: Requisitos para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.
  • Apéndice Técnico para el control de calidad del trampeo (1998).

Estas referencias ayudan a entender los aspectos técnicos y legales relacionados con la NOM 076 FITO 1999 PDF.

¿Interesado en la diferencia entre NOM y NMX? Descúbrelo en esta guía.

3. Definiciones clave de la NOM-076-FITO-1999

Algunas de las principales definiciones que establece la nom 076 pdf son:

  • Actividades fitosanitarias: Actividades relativas a la producción, movilización o comercialización de vegetales o insumos bajo procedimientos de certificación o verificación.
  • Área cuarentenada: Zona bajo control fitosanitario por presencia potencial o real de moscas exóticas de la fruta.
  • Brigada de emergencia: Grupo especializado para intervención ante brotes.
  • Campaña fitosanitaria: Conjunto de medidas para prevenir, combatir o erradicar plagas.
  • Cuarentenas: Restricciones de movilización para evitar propagación de plagas.
  • Erradicación: Eliminación de una plaga mediante medidas fitosanitarias.
  • Dispositivo nacional de emergencia: Medidas urgentes ante detección de una plaga exótica.
  • Hospedero: Vegetales o subproductos que permiten la reproducción de la plaga.
  • Medidas fitosanitarias: Acciones para proteger a los vegetales ante plagas.
  • Zona libre: Área donde se ha eliminado o no se han presentado casos de moscas exóticas.

Consulta definiciones comunes en este glosario.

4. Especificaciones técnicas de la NOM-076-FITO-1999

4.1. Especies de moscas exóticas de la fruta prioritarias

Según la nom 076 fito 1999 pdf, las especies prioritarias son de los géneros Ceratitis, Bactrocera, Dacus, Anastrepha, Rhagoletis, entre otras. Ejemplo de especies:

  • Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata)
  • Mosca de la fruta de Natal (Ceratitis rosa)
  • Mosca oriental de la fruta (Bactrocera dorsalis)
  • Mosca china de los cítricos (Bactrocera minax)
  • Mosca del Caribe (Anastrepha suspensa)

La lista puede ser actualizada por la Secretaría según recomendaciones internacionales. Consulta la tabla de especies exóticas completa en la página 4 del PDF.

4.2. Sistema preventivo

El sistema preventivo es la vigilancia para detectar de forma temprana la introducción de moscas exóticas. Los puntos principales son:

  • Trampeo preventivo: Instalación de trampas específicas con atrayentes, ubicadas en puertos, aeropuertos, carreteras internacionales, centros turísticos, centrales de abasto, huertos, basureros, etc.
  • Supervisión: Productores y organismos auxiliares deben operar el sistema bajo la normativa y supervisión de la Secretaría.
  • Trampeo anual: El monitoreo mediante trampas debe ser permanente, ajustando la densidad y frecuencia según el riesgo y los acuerdos internacionales.
  • Las trampas y atrayentes se seleccionan por especie objetivo. Ejemplo según la tabla de la página 5:
    • Anastrepha spp.: trampa McPhail + proteína hidrolizada, revisión semanal.
    • Ceratitis capitata: trampa Jackson + Trimedlure, revisión cada 14 o 28 días.
    • Bactrocera dorsalis/cucurbitae: trampa Jackson con los respectivos atrayentes, revisión cada 14 días.

Estas acciones se detallan en la sección 4.2 de la norma 076.

4.3. Control de calidad del trampeo

El control de calidad lo lleva la Secretaría, mediante la colocación de especímenes estériles y marcados para verificar la eficiencia de la red de trampas.

4.4. Manejo de especímenes capturados

  • Los adultos capturados se resguardan en alcohol al 70% y se etiquetan con datos precisos (número de trampa, fecha, ubicación, inspector, etc.).
  • Las trampas tipo Jackson y Pherocon-AM se manipulan sin remover especímenes para facilitar su identificación.

4.5. Envío e identificación de especímenes

  • Los especímenes sospechosos se envían de inmediato a la Jefatura del Programa de Sanidad Vegetal estatal y de ahí a la Dirección General de Sanidad Vegetal en CDMX o a la Unidad Mosca del Mediterráneo en Tapachula, Chiapas.
  • El diagnóstico oficial determinará si hay una emergencia y se activará el dispositivo nacional en caso positivo.

4.6. Instrumentación del dispositivo nacional de emergencia

Si hay un diagnóstico positivo, la Secretaría instruye a la delegación estatal a activar el dispositivo de emergencia. Esto incluye:

  • Enviar una brigada de emergencia (coordinador, jefes de operaciones, regulación cuarentenaria y divulgación).
  • Declarar zonas cuarentenadas e informar los municipios afectados y productos restringidos.
  • Instalar puntos de verificación, publicar información para la población y coordinar medidas fitosanitarias.
  • Crear un fondo de contingencia o aportaciones en especie para financiar las acciones necesarias.

4.7. Supervisión y vigilancia

La Secretaría coordina todas las acciones para confinar y erradicar cualquier brote, involucrando autoridades y productores.

4.8. Capacitación y divulgación

Incluye cursos, talleres y simulacros para productores y técnicos, y la difusión de información en regiones de mayor riesgo.

4.9. Informes y control de actividades

Los organismos auxiliares deben reportar informes técnicos y financieros regulares conforme al formato SV-01-ME anexo a la NOM.

4.10. Apéndices técnicos

La Secretaría hará público un Apéndice Técnico actualizado con los procedimientos y tecnologías necesarias. Puede consultarse en las oficinas centrales y estatales o en los organismos auxiliares.

5. Observancia y 6. Sanciones

La Secretaría de Agricultura es la autoridad que vigila el cumplimiento de la NOM-076-FITO-1999. El incumplimiento puede ser sancionado según la Ley Federal de Sanidad Vegetal y la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

7. Bibliografía y 8. Concordancia internacional

  • Incluye textos técnicos y normativos internacionales sobre moscas de la fruta y zonas libres.
  • La NOM-076-FITO-1999 no tiene concordancia directa con otras normas internacionales.

9. Disposiciones transitorias

La NOM-076-FITO-1999 entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Descarga el PDF oficial de la NOM-076-FITO-1999

Puedes descargar la versión oficial en PDF directamente desde el Diario Oficial de la Federación aquí: NOM-076-FITO-1999 PDF

Preguntas frecuentes

¿Qué regula la NOM-076-FITO-1999?

Regula el sistema preventivo y el dispositivo de emergencia para evitar la introducción y propagación de moscas exóticas de la fruta en México.

¿En dónde se aplica la NOM 076?

En todo el territorio nacional, con énfasis en áreas frutícolas, instalaciones de comercialización, vehículos y puntos de verificación internos (carreteras, aeropuertos, puertos y fronteras).

¿Cuáles son las especies de moscas exóticas reguladas por la NOM-076-FITO-1999?

Algunas de las principales especies son: mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata), mosca oriental de la fruta (Bactrocera dorsalis), mosca del Caribe (Anastrepha suspensa), entre otras. La lista completa puede consultarse en la norma.

¿Qué acciones comprende el "sistema preventivo" de la NOM 076?

Trampeo (colocación de trampas y atrayentes), monitoreo permanente, reporte inmediato de especímenes sospechosos a autoridades y acciones de capacitación y divulgación.

¿Quién coordina la aplicación de la NOM-076-FITO-1999?

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en coordinación con órganos auxiliares de sanidad vegetal y gobiernos estatales.

Recursos y enlaces útiles

Disclaimer

Este artículo es un resumen de carácter informativo sobre la NOM-076-FITO-1999 basado exclusivamente en el texto oficial. Para uso legal o técnico, consulta siempre la NOM original publicada en el Diario Oficial de la Federación. No se debe considerar este contenido como fuente oficial ni para decisiones legales o regulatorias.