NOM-090-SCFI-2014: Resumen claro de la Norma para Encendedores Portátiles

NOM-090-SCFI-2014 es la Norma Oficial Mexicana que establece las especificaciones de seguridad para encendedores portátiles, desechables y recargables comercializados en México. Si te interesa la normatividad de productos de consumo, esta guía te brindará un entendimiento práctico sobre la NOM 090, sin tecnicismos legales.

Esta norma 090 aplica tanto a fabricantes como importadores, y busca reducir riesgos de lesiones o accidentes por un uso cotidiano e inadvertido del encendedor. Todo lo presentado se basa exclusivamente en el texto oficial de la NOM 090 PDF (descargar aquí).

1. Objetivo y aplicación de la NOM 090 SCFI 2014

El objetivo principal de la NOM-090-SCFI-2014 es establecer los requisitos de seguridad que deben cumplir los encendedores desechables y recargables. Esto incluye todos los productos, nacionales o importados, diseñados para generar flama y utilizados principalmente para encender cigarrillos, cigarros y pipas, aún cuando tengan otras funciones accesorias (por ejemplo, bolígrafos con encendedor).

  • Incluye: Encendedores con funciones adicionales (hechura tipo navaja, lámpara, cámara, etc.)
  • Excluye: Encendedores multiusos destinados, por ejemplo, a encender estufas o parrillas (definidos como aquellos cuyo inicio de flama se encuentra a más de 50 mm de la válvula de salida del depósito).

2. Definiciones y tipos de encendedores según la NOM 090

La NOM 90 define con claridad los conceptos técnicos que utiliza. Estas son las definiciones clave:

  • Encendedor desechable: No diseñado para recargarse, se desecha tras agotar el combustible.
  • Encendedor recargable: Se puede volver a llenar con combustible o cambiar el depósito.
  • Encendedor ajustable: Permite regular la altura de la flama.
  • Encendedor de gas: Usa hidrocarburos licuados como n-butano, isobutano o propano.
  • Encendedor de combustible líquido: Utiliza hidrocarburos líquidos como hexano.
  • Guarda/cubreflama: Protección alrededor de la flama contra viento o contacto accidental.

Los encendedores se clasifican en dos tipos principales según la NOM-090-SCFI-2014:

  • Tipo 1: Recargable
  • Tipo 2: Desechable

En normasoficiales.mx puedes encontrar definiciones similares para otro tipo de normas.

3. Especificaciones de seguridad de la NOM-090-SCFI-2014

La NOM 090 establece especificaciones detalladas y métodos de prueba estrictos para asegurar que los encendedores no representen un riesgo para el consumidor.

3.1 Generación de la flama

  • Los encendedores de gas y líquido deben requerir una o más acciones para generar flama.
  • Los de gas deben tener mecanismos que dificulten su ignición accidental, como fuerza mínima (≥ 40N) o acciones independientes (ejemplo: botones dobles).
  • Se permite cumplir normas equivalentes internacionales (CFR, EN 13869 o JIS S 4803).

3.2 Altura de la flama

  • La altura máxima está limitada según el tipo y ajuste:
    • Desechables, no ajustables (líquido): máx. 120 mm.
    • Desechables, no ajustables (gas): máx. 50 mm.
    • Ajustables: de fábrica, máx. 100 mm; límite máximo tras ajuste, 120 mm; mínimo, 50 mm.

3.3 Seguridad del mecanismo de ajuste

  • El control para ajustar la flama debe requerir una acción deliberada y, si sobresale, aplicar una fuerza mínima de 1N.
  • Debe estar claramente marcada la dirección para subir o bajar la flama.

3.4 Pruebas de seguridad adicionales

  • Resistencia a caídas: Tres caídas desde 1.5 m sin ruptura ni fuga (>15 mg/min de gas). Si se desprende la guarda (protección), puede ensamblarse para continuar la prueba.
  • Resistencia a temperatura elevada: Soportar 65°C durante 4 horas sin fuga excesiva de gas (más de 15 mg/min), pérdida total de combustible, rupturas o fallas en el mecanismo.
  • Presión interna: Resistir presión interna doble (dos veces presión de vapor a 55°C) sin caída rápida de presión.
  • Compatibilidad de materiales: Los componentes en contacto con el combustible no deben deteriorarse o permitir fugas.
  • Encendido cíclico y continuo: Deben soportar ciclos de 20 segundos de encendido repetidos diez veces, y un encendido continuo de 2 min en posición vertical, sin condiciones peligrosas.
  • Extinción rápida: Tras una operación normal, la flama debe extinguirse en máximo 2 segundos tras soltar el mecanismo.
  • Acabado externo: No debe haber bordes filosos ni elementos que puedan causar daño.

4. Información comercial obligatoria

Para proteger al usuario, la NOM 090 SCFI 2014 exige que los encendedores (y sus empaques) lleven información visible y clara en español, incluyendo:

  • Leyenda o símbolo de precaución (“Precaución”, “No se deje al alcance de los niños”, “No perforarlo o exponerlo al fuego” y “No exponerlo a más de 50°C o a los rayos del sol”).
  • Pictogramas oficiales especificados en la norma (ver imágenes páginas 20–21 del PDF).
  • Marca registrada y/o símbolo del fabricante.
  • Leyenda de país de origen o “Hecho en México”.
  • Contraseña oficial según NOM-106-SCFI-2000.
  • En el empaque: razón social, domicilio fiscal, teléfono, RFC del fabricante o importador, marca y país de origen.
  • Para recargables, incluir instructivo de uso y precauciones de recarga.

5. Procedimiento de pruebas y muestreo

La NOM 090 PDF detalla protocolos estrictos para garantizar la seguridad antes de colocar encendedores en el mercado:

  • Pruebas de laboratorio para altura de flama, expulsión de gotas, combustibilidad, resistencia a golpes, temperatura, presión interna, entre otras (ver secciones 7 y Apéndice A).
  • Muestras: dependiendo del tipo, se prueban desde 5 hasta 50 unidades en diferentes escenarios de uso.
  • Reglas para cada tipo de encendedor: las tablas en el Apéndice Normativo “A” (páginas 23-25) especifican cuántas unidades por prueba y metodología exacta.

6. Evaluación de la conformidad y vigilancia

  • La conformidad con la NOM-090-SCFI-2014 solo puede ser certificada por organismos acreditados por las autoridades mexicanas.
  • Las verificaciones y vigilancia son responsabilidad de la Secretaría de Economía, Profeco y Aduanas.
  • La norma remite a otras normas de etiquetado, transporte y unidades de medida relevantes.

Descargar la NOM-090-SCFI-2014 en PDF

Descarga la NOM 090 SCFI 2014 PDF aquí ➡️ https://s3.amazonaws.com/webflow-prod-assets/64e426e7ac0a9207319f84fd/6990bf166373e981e3c415f5_NOM-090-SCFI-2014.pdf

Normas y enlaces internos útiles

Preguntas Frecuentes sobre la NOM-090-SCFI-2014

¿A qué productos aplica la NOM-090-SCFI-2014?

Aplica a todos los encendedores portátiles, tanto nacionales como importados, que generen flama para encender cigarrillos, cigarros o pipas, incluyendo los que tienen funciones adicionales (como un bolígrafo con encendedor). No aplica a encendedores multiusos.

¿Qué información debe exhibir el encendedor y su empaque según la NOM 090?

Deben presentar leyendas de precaución, símbolos gráficos específicos, nombre y datos del fabricante/importador, país de origen, contraseña oficial, además de instructivo y precauciones para los recargables.

¿Cuáles son los requisitos de seguridad clave para los encendedores?

Deben resistir caídas de 1.5 m, temperaturas de 65°C, cumplir límites de altura de flama, no arrojar gotas de combustible, extinguirse rápidamente y no tener bordes filosos.

¿Cuántas muestras se requieren para las pruebas?

Se utilizan desde 5 hasta 50 muestras, según el tipo de encendedor y la prueba correspondiente (ver tablas Apéndice A del PDF oficial).

¿Quién verifica y hace cumplir la NOM-090-SCFI-2014?

La vigilancia es responsabilidad de la Secretaría de Economía, Profeco y Aduanas.

¿Dónde puedo encontrar la NOM 090 pdf completa?

Descárgala desde este enlace directo.

Notas finales y disclaimer

Este resumen sobre la NOM-090-SCFI-2014 es de carácter informativo y no sustituye la consulta oficial de la norma. Si buscas exactitud técnica, lee directamente la versión oficial publicada (ver PDF descargable arriba). Para otras normas visita nuestro portal.