NOM-161-SCFI-2003 es la Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos para la fabricación, comercialización e información comercial de juguetes. En este artículo encontrarás un resumen detallado y claro de la NOM 161, cubriendo sus puntos clave, consideraciones para fabricantes y comercializadores, así como un apartado para descargar el NOM 161 SCFI 2003 PDF. Si eres estudiante, profesional del sector juguetero o te interesa comprender la regulación, aquí tienes la guía sencilla y accesible que buscabas sobre la norma 161.
¿Qué es la NOM-161-SCFI-2003?
NOM-161-SCFI-2003 es una Norma Oficial Mexicana publicada por la Secretaría de Economía. Su objetivo principal es establecer especificaciones de seguridad, información comercial, y métodos de prueba para juguetes que se fabriquen, importen o distribuyan en México. De esta forma, busca proteger a los consumidores, especialmente a la población infantil, y garantizar que los juguetes ofrezcan información clara y veraz sobre su uso y riesgos.
La norma 161 es de cumplimiento obligatorio para todos los juguetes nuevos ofrecidos en el mercado nacional, e incluye juguetes importados que deseen comercializarse en territorio mexicano.
¿A quién aplica la NOM 161?
- Fabricantes nacionales de juguetes
- Importadores y comercializadores de juguetes
- Personas físicas y morales que distribuyan juguetes en México
- Este marco abarca a quienes ofrezcan juguetes al menudeo o mayoreo.
Quedan excluidos los fabricantes o comerciantes de juguetes usados, así como los que solo arrendan o restauran juguetería para uso propio.
¿Qué define como "juguete" la NOM-161-SCFI-2003?
Según la NOM 161, un juguete es cualquier producto diseñado para ser usado con fines de juego, entretenimiento o aprendizaje lúdico por niños de hasta 14 años. Excluye artículos escolares, utilitarios, deportivos o mobiliario infantil.
- Incluye: muñecas, carritos, juegos de mesa, figuras de acción, peluches, etc.
- No incluye: útiles escolares, herramientas reales, ropa infantil (salvo disfraces de juego), ni aparatos deportivos.
Objetivo y campo de aplicación
El objetivo de la NOM-161-SCFI-2003 es:
- Establecer los requisitos mínimos que los juguetes deben cumplir en materia de información comercial.
- Proteger al consumidor infantil a través del etiquetado, empaque y características físicas del juguete.
- Definir métodos de prueba y procedimientos de evaluación de conformidad.
El campo de aplicación de la NOM 161 cubre todos los juguetes nuevos que se comercialicen en México, tanto nacionales como importados.
Definiciones clave según la NOM-161-SCFI-2003
- Juguete: Producto diseñado para usarse con fines de juego o entretenimiento lúdico.
- Uso previsto: Empleo al que se destina el juguete, según lo indique el fabricante.
- Empaque primario: Contenedor que está en contacto directo con el juguete.
- Información comercial: Datos, leyendas, instrucciones, advertencias y símbolos que acompañan al juguete o su empaque.
Estos y otros términos específicos están definidos en el apartado 3 de la norma 161.
Requisitos de Información Comercial
Uno de los aspectos centrales de la NOM 161 SCFI 2003 es el etiquetado. Todos los juguetes, sin excepción, deben mostrar de manera legible, visible e indeleble la siguiente información en español:
- Nombre o denominación del fabricante o importador responsable.
- Domicilio completo del responsable en territorio nacional.
- País de origen claramente señalado.
- Instrucciones de uso y advertencias de seguridad acordes al producto.
- Edad recomendada (por ejemplo, “No apto para menores de 3 años”).
- Si existe riesgo de asfixia, advertencias al respecto (por ejemplo, piezas pequeñas).
- Número de lote o código de producción para rastreabilidad.
- Materiales principales con los que está elaborado.
Esta información debe estar en el empaque primario, empaque secundario o el propio juguete, según sea el caso.
Nota importante: Si el producto o empaque muestran información en otros idiomas, también debe presentarse en español con igual prominencia.
Requisitos de seguridad
La NOM-161-SCFI-2003 establece condiciones de seguridad para prevenir accidentes y daños a los niños. Los juguetes deben cumplir con especificaciones que eviten:
- Cortes, perforaciones o bordes filosos accesibles.
- Partes que puedan desprenderse y representar un riesgo de asfixia.
- Uso de materiales tóxicos, pinturas o barnices peligrosos.
- Piezas menores a 31.7 mm, en juguetes para menores de 3 años.
- Excesiva presión sonora en juguetes que producen ruido (evitando daños al oído infantil).
- Elementos eléctricos y pilas con acceso seguro, para evitar contacto accidental con sustancias peligrosas.
Estos requisitos varían según el tipo de juguete y la edad del usuario prevista. La norma detalla pruebas y criterios para características mecánicas, físicas, químicas y eléctricas.
Procedimiento de muestreo y prueba
La NOM 161 establece que los productos deben someterse a pruebas bajo métodos descritos en la norma, por ejemplo:
- Pruebas físicas y mecánicas: Medición de resistencia, dureza, presión y flexión de piezas.
- Pruebas químicas: Detección de metales pesados, sustancias tóxicas o componentes peligrosos.
- Pruebas de etiquetado y legibilidad: Revisión de que la información se mantenga indeleble y sea clara durante la vida útil del juguete.
- Los laboratorios que realicen estas pruebas deben estar acreditados y cumplir el procedimiento de muestreo indicado en la NOM-161-SCFI-2003 PDF.
Evaluación de la conformidad
La NOM-161-SCFI-2003 indica que la evaluación de la conformidad debe efectuarse a través de organismos acreditados, quienes certifican el cumplimiento de la norma.
- La certificación puede ser por lote o por sistema de calidad en línea de producción.
- Se debe contar con dictámenes de laboratorio que avalen los resultados de las pruebas.
- Los productos deben mantener la misma conformidad durante su venta en mercado.
Documentación y seguimiento
Para demostrar el cumplimiento de la norma 161, los importadores y fabricantes deben tener disponible la siguiente documentación:
- Certificado de conformidad vigente.
- Resultados de las pruebas aplicadas al lote o producto.
- Documentos sobre materiales empleados y procesos productivos.
- Comunicados de seguridad o advertencias emitidas (si aplica).
Importante: Autoridades mexicanas pueden solicitar estos documentos en cualquier momento, tanto en puntos de venta como en aduanas.
Sanciones por incumplimiento de la NOM-161-SCFI-2003
El incumplimiento de la NOM-161-SCFI-2003 puede acarrear sanciones económicas, inmovilización del producto, retiro del mercado e incluso procesos legales contra los responsables. Es por esto fundamental atender con exactitud cada punto de la norma al fabricar, importar o vender juguetes en México.
Referencias cruzadas y vínculos útiles
Si quieres conocer más sobre diferencias y conceptos de normas mexicanas, puedes consultar estos artículos relacionados:
Descargar PDF de la NOM-161-SCFI-2003
Puedes descargar el texto oficial aquí mismo: Descargar NOM-161-SCFI-2003 PDF
Preguntas Frecuentes
¿Qué información debe llevar el empaque según la NOM-161-SCFI-2003?
El empaque debe mostrar: nombre y domicilio del responsable en México, país de origen, instrucciones de uso y advertencias, edad recomendada, materiales, número de lote y cualquier advertencia de seguridad relevante. Todo debe estar en español y ser claramente legible.
¿A qué edad aplica la NOM 161 para definir "juguete"?
La NOM-161-SCFI-2003 define "juguete" como producto destinado para usuarios hasta 14 años de edad.
¿Cómo se evalúa la seguridad de los juguetes según la NOM-161-SCFI-2003?
Se aplican pruebas mecánicas, físicas, químicas y eléctricas descritas en el texto oficial. Estas pruebas miden que el juguete no represente peligro de asfixia, toxicidad, cortes o daños eléctricos. Deben realizarse en laboratorios acreditados y documentarse adecuadamente.
¿Qué sucede si un juguete no cumple con la NOM-161-SCFI-2003?
El incumplimiento puede resultar en multas, retiro de producto del mercado e inhabilitación para su comercialización, según lo determinen las autoridades mexicanas.
¿La NOM 161 exige que la información comercial solo esté en español?
No. La norma exige que toda la información fundamental esté en español, aunque puede presentarse en otros idiomas siempre que la versión en español esté igualmente visible y legible.
Conclusión
NOM-161-SCFI-2003 es la norma que guía la fabricación y comercialización segura de juguetes en México, brindando protección a los niños y claridad a fabricantes e importadores. Cumplir con los requisitos de información comercial y seguridad es esencial para acceder al mercado nacional y evitar sanciones.
Disclaimer
Este artículo es un resumen informativo de la NOM-161-SCFI-2003. No sustituye la lectura, consulta y aplicación de la norma oficial. Para detalles legales y técnicos, consulta siempre el texto completo de la NOM disponible en el Diario Oficial de la Federación.