NOM-055-SCFI-1994: Etiquetado de Materiales Retardantes, Inhibidores de Flama e Ignífugos

NOM-055-SCFI-1994 es la Norma Oficial Mexicana que regula la información comercial y el etiquetado de materiales retardantes y/o inhibidores de flama y/o ignífugos, tanto nacionales como importados, que se comercializan en México. Su objetivo es garantizar que los consumidores cuenten con información clara y suficiente al momento de adquirir estos productos.

La norma 055 es clave para fabricantes, importadores y comercializadores de este tipo de productos, ya que especifica los datos obligatorios que deben aparecer en las etiquetas de envases, empaques o embalajes, protegiendo así los derechos de los consumidores y usuarios.

En este resumen te explicamos de forma sencilla y directa los puntos principales de la NOM 055 SCFI 1994 PDF, sólo con base en el documento oficial.

¿Cuál es el objetivo de la NOM-055-SCFI-1994?

La NOM 055 tiene como objetivo establecer los requisitos mínimos de información comercial que deben exhibir los materiales retardantes, inhibidores de flama e ignífugos para su comercialización en el territorio nacional.

Esta información se debe mostrar de forma legible, clara e indeleble en los envases, empaques y/o embalajes de los productos, de modo que los consumidores puedan tomar decisiones informadas de compra y uso (véase punto 1 del PDF).

La norma aplica tanto a productos fabricados en México como importados.

¿A quiénes aplica la NOM-055-SCFI-1994?

La NOM-055-SCFI-1994 debe ser cumplida por:

  • Fabricantes de materiales retardantes o inhibidores de flama/ignífugos
  • Importadores de estos productos
  • Distribuidores y comercializadores en general

Cubre todos los materiales del tipo mencionados que se vendan en México, sin importar el origen.

Consulta más NOMs aquí.

Referencias normativas relacionadas

La norma 055 hace referencia a otras normas que complementan sus especificaciones, como:

  • NOM-030-SCFI: Información comercial – Declaración de cantidad en etiqueta – Especificaciones.
  • NMX-Z-12: Muestreo para la inspección por atributos.

Para las definiciones de envases y embalajes, la NOM-055-SCFI-1994 también remite a la NOM-030-SCFI.

¿Cuál es la diferencia entre NOM y NMX?

Definiciones principales según la NOM-055-SCFI-1994

La norma define conceptos clave para su aplicación y cumplimiento:

  • Material retardante y/o inhibidor de flama: Producto químico que, al aplicarse a otros materiales, los protege del fuego o evita la propagación del mismo.
  • Para los conceptos de envases y embalajes, se utilizan las definiciones establecidas por la NOM-030-SCFI.

Información obligatoria en el etiquetado

Todo etiquetado de materiales retardantes, inhibidores de flama o ignífugos, bajo la NOM-055-SCFI-1994, debe incluir, de forma visible y clara:

  • Nombre o razón social del fabricante
  • Marca comercial del producto
  • Nombre genérico y/o específico del material
  • Nombre técnico o químico del producto
  • Modo de empleo (instrucciones para preparar, aplicar y usar el producto adecuadamente, en etiqueta o instructivo anexo)
  • Nombre técnico o químico de los solventes a emplearse
  • Advertencias mínimas para preservar la seguridad, la salud pública y el medio ambiente
  • Leyenda "Hecho en México" o país de origen
  • Fecha de caducidad
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del fabricante
  • RFC del importador (puede agregarse al momento de comercializar)
La etiqueta debe estar en un lugar visible y la información debe ser clara, legible e indeleble, tanto para productos nacionales como importados.

Ejemplo práctico del etiquetado NOM-055-SCFI-1994

Supongamos que fabricas un líquido retardante de flama para telas. La etiqueta de tu envase debe contener:

  • Tu nombre o razón social, y la marca del producto
  • El nombre genérico: "retardante de flama para textiles"
  • Nombre químico (por ejemplo: fosfato de amonio)
  • Instrucciones de uso claras (cómo preparar y aplicar)
  • Nombre de solventes a emplearse si se requiere dilución
  • Advertencias como "Evite el contacto con los ojos" o "Manténgase fuera del alcance de los niños"
  • La leyenda "Hecho en México" o el país correspondiente
  • Fecha de caducidad
  • RFC del fabricante e importador

Así cumples los requerimientos de la NOM-055-SCFI-1994.

Muestreo y verificación de productos

El capítulo de muestreo de la NOM 055 establece que:

  • Las muestras para verificar el cumplimiento de la norma deben seleccionarse del lote original, al mismo tiempo y de manera que representen adecuadamente el material.
  • El muestreo debe realizarse siguiendo la NMX-Z-012.
  • Todas las muestras deben individualizarse (firmas y sellos) para impedir su sustitución.
Para la inspección, las muestras tienen que ser representativas y estar debidamente identificadas para preservar la integridad del control.

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Concordancia internacional

La NOM-055-SCFI-1994 declara no tener correspondencia directa con ninguna norma internacional, ya que al momento de su elaboración no existía una regulación internacional equivalente (véase punto 7 del PDF).

Bibliografía y documentos de referencia

  • NMX-Z-013: Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas oficiales mexicanas.

Estos documentos complementan el cumplimiento y desarrollo de la NOM-055-SCFI-1994.

¿Dónde descargar el PDF oficial de la NOM-055-SCFI-1994?

Descarga aquí el texto completo de la NOM-055-SCFI-1994 PDF directamente desde el enlace oficial: Descargar NOM-055-SCFI-1994 en PDF

Preguntas Frecuentes sobre la NOM-055-SCFI-1994

¿Qué productos deben cumplir NOM-055-SCFI-1994?

Todos los materiales retardantes, inhibidores de flama o ignífugos que se comercialicen en México (nacionales o importados), incluyendo sus envases, empaques y/o embalajes.

¿Qué información precisa debe incluir la etiqueta según la NOM 055?

La etiqueta debe especificar: nombre o razón social del fabricante, marca comercial, nombre genérico y químico, modo de empleo, solventes, advertencias para seguridad y salud, país de origen, fecha de caducidad y RFC del fabricante/importador.

¿Quién verifica el cumplimiento de la NOM-055-SCFI-1994?

Autoridades de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y sus equivalentes en materia de normalización, mediante inspección, muestreo y verificación de productos en el mercado.

¿Cómo se realiza el muestreo de los productos para la NOM 055?

Siguiendo la NMX-Z-012, seleccionando muestras representativas y comerciales del lote original, identificadas para evitar su sustitución.

¿Puedo consultar ejemplos de etiquetado NOM-055-SCFI-1994?

Sí, el mismo texto oficial enlistado en el PDF especifica en detalle los elementos obligatorios. Revisa también otras NOMs relacionadas con etiquetado para ejemplos prácticos.

Enlaces útiles e información adicional