NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999: Resumen claro y completo
NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999 es la Norma Oficial Mexicana que regula las características técnicas y de seguridad de los midibuses utilizados en el servicio de autotransporte económico y mixto, en caminos de jurisdicción federal dentro de México. Explicamos aquí los puntos clave de la nom 067 de manera sencilla, estructurada y 100% basada en el contenido oficial incluido en el NOM 067 SCT 2 SECOFI 1999 PDF.
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Objetivo y campo de aplicación de la NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999
Esta norma 067 establece las especificaciones técnicas mínimas y requisitos de seguridad que debe cumplir cualquier midibús nuevo con capacidad para 16 a 30 pasajeros, destinado al autotransporte económico y mixto de pasajeros, operando sobre caminos bajo jurisdicción federal en México.
- Incluye tanto midibuses de estructura integral como los de chasis convencional.
- No permite autopartes usadas, reconstruidas u originarias del extranjero durante la fabricación, modificación o carrozado de estos vehículos.
Referencias normativas
La NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999 se complementa y apoya en otras normas mexicanas, principalmente:
- NOM-016-SCT-2: Llanta para camión
- NOM-012-SCT-2: Peso y dimensiones máximas para vehículos de autotransporte federal
- NOM-027-STPS y NOM-026-STPS: Señales y colores de seguridad
- NOM-044-ECOL, NOM-045-ECOL, NOM-047-ECOL, NOM-050-ECOL, NOM-076-ECOL, NOM-077-ECOL, NOM-079-ECOL: Emisiones contaminantes y ruido
- NMX-CC-3 y NMX-CC-4: Sistemas de calidad
- NOM-100-STPS: Extintores contra incendio
Estas referencias aseguran que la nom 067 incluya todas las bases técnicas y de seguridad establecidas en México para los vehículos de este tipo.
Definiciones clave en la NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999
Para una correcta comprensión y aplicación de la norma 067, se definen términos como:
- Midibús: Vehículo de seis o más llantas, capacidad mínima de 16 y máxima de 30 personas.
- Chasis: Bastidor que incluye el tren motriz, suspensión, dirección y sistema de frenos.
- Carrocera: Empresa certificada para construir la carrocería sobre el chasis.
- Peso bruto vehicular: Suma del peso del vehículo más el de los pasajeros y equipaje.
- Servicio económico y mixto: Modalidad de transporte en la que el vehículo realiza paradas intermedias y/o transporta pasajeros y su carga junta, dependiendo del caso.
Consulta el PDF oficial para ver todas las definiciones que utiliza la NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999 para términos técnicos y de transporte.
Características y especificaciones técnicas y de seguridad
4.1 Especificaciones mecánicas y de emisiones del vehículo
- Capacidad máxima: Se determina por fórmula:
Número máximo = (Peso bruto vehicular - Peso vehicular) / (70 kg por persona + 15 kg equipaje por persona). - Frenos: Operación neumática, diseño acorde al peso bruto vehicular y cargas por eje. Deben tener freno de servicio, estacionamiento y auxiliar, operando de modo independiente.
- Indicador de falla: Instrumento visible/audible para alertar al conductor en caso de falla o presión insuficiente en el sistema de frenos.
- Llantas: Radial o convencional, de carretera, conforme a NOM-016-SCT-2.
- Ejes y suspensión: Eje direccional rígido, suspensión neumática o de muelles, debiendo no exceder 5% la capacidad indicada por el fabricante.
- Dirección: Tipo hidráulica, para facilitar la maniobrabilidad.
- Tren motriz: Relación peso/potencia que permita subir pendiente de 10° (17.6%) a 50 km/h.
- Escape: No debe descargar gases por el lado de entrada y salida de pasajeros.
- Emisiones: Todos los vehículos deben cumplir con los límites de emisiones contaminantes establecidos en las normas NOM-044, 045, 047, 050, 076, 077 y 079-ECOL.
- Resistencia y durabilidad: Estructura capaz de soportar torsión y flexión sin deformaciones críticas y resistir cinco años sin fatigas o fracturas importantes.
4.2 Características de diseño del midibús
Exteriores:- Dimensiones mínimas: Altura 2.90 m, largo 7.00 m, ancho 2.30 m.
- Caja de rutas: Para rotular rutas, mínimo 1.00 x 0.16 m, fondo blanco y letras negras, inclinación máxima de 15°.
- Puertas: Libertad mínima de 1.90 m de alto y 0.60 m de ancho (puerta sencilla de entrada/salida). Ubicación en costado derecho, con sistema de apertura desde dentro y fuera en emergencia.
- Vidrios: Cubren al menos 35% de puerta de ascenso/descenso.
- Escaleras: Altura máxima del primer estribo sin carga: 0.45 m; escalón retráctil no mayor a 0.25 m sobre el suelo.
- Altura libre interna: Mínimo 1.90 m.
- Pasillo: Ancho mínimo de 0.45 a 0.55 m (según altura).
- Asientos: Cojín: 0.38 m de profundidad, 0.45 m de ancho; respaldo: 0.70 m de alto, 0.45 m de ancho.
- Distancia entre asientos: Mínimo 0.70 m.
- Anclaje y formas redondeadas en asientos: Para firmeza y seguridad, superficies sin filos.
- Espacio para equipaje: Zona de carga diferenciada y con medidas específicas (ver imágenes de la figura 5 del PDF).
- Medios de sujeción: Pasamanos circulares/ovales, superficie libre de filos, adecuadamente ubicados para fácil acceso desde cualquier punto.
- Visibilidad: Parámetros estipulados de ángulos y dimensiones de ventanillas y posiciones para el operador.
- Iluminación interior: Luz media de 10 lux (incandescente) u 80 lux (fluorescente), adicional iluminación puntual en escalones y lugar del operador.
- Sistema de aviso: Mínimo dos pulsadores/timbres para solicitar paradas, fácilmente accesibles.
4.3 Especificaciones de seguridad
- Salidas de emergencia: Doble localización obligatoria, apertura fácil sin herramientas especiales, señalización clara, dimensiones mínimas de las salidas (revisar Tabla 3 y Figura 7 del PDF).
- Extintores: Tipo A, B, C, de polvo químico, ubicados en sitios de fácil acceso y con instrucciones claras, conforme a NOM-100-STPS.
- Triángulos de seguridad: Mínimo dos, conforme a la NMX-D.
- Sistema desempañante de parabrisas: Debe cubrir zonas limpias por los limpiadores, control en tablero.
- Materiales interiores: Altamente resistentes al fuego y baja toxicidad al incendiarse.
- Luces de advertencia, gálibo, reversa y frenos: Distribución, color e intensidad especificados. Incluye requerimientos sobre alineación, tipo y altura (ver Figura 8 del PDF).
- Tapa de tanque de combustible con seguro.
- Defensas: Altura y dimensiones reguladas para seguridad e identificación.
- Espejos retrovisores exteriores e interiores: Parámetros de convexidad, montaje y posición para máxima visibilidad.
- Limpiaparabrisas y lavaparabrisas: Sistema robusto, resistente a vibración y factores ambientales.
Muestreo, métodos de prueba y evaluación de la conformidad
La NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999 establece procedimientos claros para la evaluación y certificación del cumplimiento:
- Debe tomarse una muestra representativa del lote de midibuses, de acuerdo con la norma NMX-Z-12.
- Incluye métodos detallados para probar: rendimiento de frenos (servicio, estacionamiento y auxiliar), sistemas de seguridad, resistencia estructural, visibilidad, iluminación, funcionamiento de sistemas eléctricos y accesorios vitales.
- Las disposiciones deben validarse mediante pruebas prácticas, inspección visual y documentación técnica de fabricantes.
- El procedimiento para la certificación incluye emisión de certificados oficiales por organismos aprobados por la SCT y acreditados por EMA, así como registro y patentes para fabricantes/carrocero.
Sanciones, verificación y vigilancia
- El incumplimiento de esta norma es sancionado conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y demás reglamentos aplicables.
- Las autoridades responsables de vigilar el cumplimiento son: Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y la Procuraduría Federal del Consumidor.
- Para expedir permisos federales de autotransporte de pasajeros, se debe presentar certificación válida del vehículo, expedida por organismos competentes.
- La verificación física del vehículo incluye inspección técnica y operativos llevados a cabo por los Centros de Control Técnico de la SCT.
Tablas y figuras clave de la NOM 067
- Tabla 1: Peso promedio por persona (70 kg) + 15 kg por equipaje/carga.
- Tabla 2: Para menos de 30 pasajeros, una puerta sencilla de entrada y salida.
- Tabla 3: Detalla tipo y localización de salidas de emergencia (mínimo una ventanilla lateral abatible de cada lado, dos tomas de aire en toldo, dimensiones mínimas de 0.60 x 1.20 m y 0.60 x 0.60 m).
Entre las figuras más relevantes destacan: placas de capacidad máxima, dimensiones de asientos, distancia entre asientos, anclaje de asientos, área de carga, diagramas de pasamanos y salidas de emergencia, así como el sistema de luces.
Bibliografía y concordancia internacional
La norma cita referencias bibliográficas y experiencia internacional sobre el transporte, pero no existe concordancia directa con normas internacionales debido a las especificidades de carreteras, capacidad, seguridad y medio ambiente mexicanas.
Vigencia
NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999 entró en vigor a los sesenta días naturales tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Descarga directa del PDF oficial de la NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999
Puedes descargar el texto íntegro oficial aquí: Descargar PDF oficial NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999
Preguntas Frecuentes
¿Para qué tipo de vehículos aplica la NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999?
Aplica únicamente para midibuses nuevos, con capacidad para 16 a 30 pasajeros, destinados al servicio de autotransporte económico y mixto que circulan por caminos federales en México.
¿Qué sanciones existen por no cumplir con la NOM 067?
El incumplimiento se sanciona según la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Ley de Caminos y demás reglamentos relacionados. Las sanciones pueden incluir multas, cancelación de permisos y retiro del vehículo de circulación.
¿Cuáles son los requisitos de seguridad más importantes de la NOM 067?
Incluyen: doble salida de emergencia, extintores tipo A/B/C, triángulos de seguridad, sistemas de frenos independientes, materiales interiores resistentes al fuego y condiciones de iluminación y visibilidad estrictas.
¿Dónde consigo el documento oficial o el NOM 067 PDF?
Puedes descargar el PDF oficial usando el enlace de descarga facilitado en la sección correspondiente de este resumen.
¿La NOM-067 autoriza el uso de autopartes usadas o reconstruidas en la fabricación del midibús?
No, la norma prohíbe expresamente el uso de autopartes usadas o reconstruidas tanto nacionales como extranjeras en la fabricación, modificación o carrozado de estos vehículos.
Enlaces y recursos relacionados
Conclusión
La NOM-067-SCT-2-SECOFI-1999 es fundamental para asegurar que los midibuses de autotransporte económico y mixto operen bajo un marco estricto de seguridad y calidad en México. Si necesitas revisar nom 067 pdf original o detalles técnicos específicos, descarga siempre el documento oficial.

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