NOM-103-STPS-1994 es una norma oficial mexicana fundamental que establece los requisitos de seguridad que deben cumplir los extintores contra incendio a base de agua con presión contenida, para su correcto funcionamiento en centros de trabajo. A continuación conocerás los puntos clave, sus especificaciones, quién debe cumplirla, y cómo usarla en tu día a día profesional.

¿Qué es la NOM-103-STPS-1994?

La NOM-103-STPS-1994, también conocida como nom 103 o norma 103, define las especificaciones mínimas de seguridad para extintores de agua a presión utilizada para combatir conatos de incendio de tipo A y B en lugares de trabajo. Su objetivo principal es garantizar la seguridad de las personas y la protección del patrimonio ante un posible incendio.

¿A quién aplica la NOM-103-STPS-1994?

Está dirigida a todos los centros de trabajo en México donde se usen extintores portátiles o móviles con agente base agua bajo presión, incluidos aquellos con aditivos espumantes y los diseñados para fuegos clase A (materiales sólidos orgánicos) y B (líquidos y gases combustibles).

Referencias Relacionadas

La norma recomienda consultar otras regulaciones para una protección integral, como la NOM-002-STPS (prevención contra incendios), la NOM-102-STPS (extintores de bióxido de carbono) y la NOM-105-STPS (terminología sobre tecnología del fuego).

Definiciones Clave de la NOM-103-STPS-1994

  • Agente extinguidor: Agua simple para tipo A y mezcla con aditivos espumosos para tipo B.
  • Extintor a presión contenida: Dispositivo que expulsa el agente extinguidor por presión interna.
  • Extintor portátil (Tipo I): Transportable manualmente, masa total no mayor a 20 kg.
  • Extintor móvil (Tipo II): Sobre ruedas, masa superior a 20 kg.
  • Fuego clase A: Materiales sólidos orgánicos (ej. madera, papel, plásticos).
  • Fuego clase B: Líquidos y gases combustibles.
  • Capacidades y rendimientos: Tiempo y alcance mínimos de descarga en condiciones óptimas.

Clasificación de Extintores según la NOM 103

La NOM-103-STPS-1994 PDF identifica dos tipos de extintores según su agente:

  • Tipo A: Agua limpia simple, diseñada para fuegos de materiales sólidos.
  • Tipo B: Agua con aditivos espumantes para fuegos de líquidos y solventes inflamables.

Especificaciones Técnicas más Relevantes

Para garantizar la confianza y seguridad durante el uso, la NOM-103-STPS-1994 exige cumplir con diversos puntos que aseguren el correcto funcionamiento y durabilidad de los extintores.

1. Agente extinguidor y capacidad

La norma exige el uso de agua limpia o agua con aditivos, y especifica la cantidad mínima requerida según la clasificación y el tipo de fuego esperado.

2. Anticongelantes

Todos los extintores que funcionen con agua deben tener anticongelantes añadidos para evitar que el líquido pierda efectividad en condiciones frías.

3. Material del recipiente

Los extintores construidos en acero al carbón necesitan un tratamiento interno anticorrosivo. Los que usan mezclas espumantes AFFF o FFFP deben ser de acero inoxidable.

4. Rendimiento de descarga

Debe ser posible usar al menos el 95% de la capacidad nominal de agua durante una operación de descarga completa.

5. Válvulas y seguridad

Las válvulas deben:

  • Cerrar por sí solas.
  • Estar hechas de materiales resistentes a la oxidación y corrosión.
  • Soportar una presión de prueba dos veces superior a la nominal, durante al menos 60 segundos a 21°C.
  • Tener mecanismo de seguro para evitar descargas accidentales.

6. Manómetros

Los manómetros deben ser precisos (±4% del valor nominal), mostrar indicaciones relevantes en colores diferentes (zona "recarga" en rojo, "presión nominal" en verde, "sobrecarga" en el extremo). Deben poder leerse a mínimo 1.5 metros de distancia.

7. Especificaciones del recipiente

Se permiten materiales como acero inoxidable, aluminio, acero al carbón (siempre que tengan cobertura interior anticorrosiva), y más. Los de aditivos espumosos nunca deben ser de acero al carbón.

8. Manguera de descarga

La manguera debe soportar presiones altas, estar fabricada en materiales resistentes al desgaste y a temperaturas extremas, y tener una longitud mínima conforme al tipo de extintor (0.60 m para portátil, 6 m para móvil).

Marcado, Empaque y Entrega

  • Los envases deben llevar grabado permanentemente el nombre del agente extinguidor, presión nominal, presión de prueba, fecha de fabricación y datos de fabricante.
  • El producto terminado debe indicar con claridad: marca, origen, instrucciones de uso, mantenimiento, contraseña oficial, agente extinguidor y contenido.
  • El empaque debe portar advertencias y símbolos para su manejo y transporte seguro.
  • El fabricante o proveedor debe ofrecer una garantía mínima de 12 meses y capacitación de uso.

Tabla de Especificaciones de Funcionamiento

La norma 103 integra una tabla oficial donde detalla capacidades, tiempos de descarga y alcances para los diferentes tipos y clasificaciones:

  • Capacidades varían de 9.46 dm³ a 227.10 dm³
  • El alcance mínimo de descarga va de 6.10 a 12.20 m, dependiendo el tipo de agente usado (agua simple o mezcla espumante)
  • Los tiempos de descarga se ajustan a los volúmenes y tecnología utilizada, oscilando entre 50 y 180 segundos

Nota: Estos valores se encuentran en la tabla especificada en la NOM y garantizan una atención adecuada de incendios de acuerdo con el tamaño y necesidades de cada centro de trabajo.

Obligaciones del Usuario y Garantía

El usuario debe recibir capacitación y cumplir con los servicios mínimos de mantenimiento según indique el fabricante o proveedor. Es obligatorio conservar el extintor en buenas condiciones, verificar etiquetas, realizar inspecciones periódicas y garantizar la capacitación del personal encargado de su manejo.

Vigilancia de la aplicación de la NOM 103

Corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social supervisar el cumplimiento de la NOM-103-STPS-1994 en los lugares de trabajo.

Bibliografía y Documentos de Apoyo

  • NOM-S-7-1981: Métodos de prueba de construcción y funcionamiento
  • NOM-S-11-1970: Recipientes sin costura para gases a alta presión
  • NOM-S-32-1986: Métodos de prueba para potencial de extinción
  • NOM-S-28-1983: Productos de Seguridad-extintores de agua
  • NOM-CH-53-1984: Instrumentos de medición-manómetros
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Preguntas Frecuentes

¿Qué tipos de fuego cubre la NOM-103-STPS-1994?

La NOM 103 cubre fuegos tipo A (materiales sólidos orgánicos como papel, madera, plásticos) y tipo B (líquidos o gases combustibles).

¿Qué materiales pueden usarse para fabricar los recipientes de los extintores bajo la NOM 103?

Los recipientes pueden ser de acero inoxidable, aluminio, acero al carbón (con tratamiento interior anticorrosivo), aleaciones de cobre y materiales adecuados según requerimientos específicos de la norma.

¿Cuál es la garantía mínima exigida por la NOM-103-STPS-1994 para los extintores?

La norma exige una garantía mínima de 12 meses proporcionada por el fabricante, comercializador o taller de servicio.

¿Qué datos deben llevar los marcados de un extintor conforme a la NOM 103?

Debe incluir marca y razón social del fabricante, país de origen, instrucciones de operación y mantenimiento, contraseña oficial del modelo, presión nominal, tipo de agente extinguidor y contenido.

¿Quién vigila el cumplimiento de la NOM-103-STPS-1994?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social es la encargada de vigilar el cumplimiento de esta norma en los centros de trabajo.

¿Qué requisitos debe cumplir la manguera de los extintores según la norma 103?

La manguera debe estar hecha de materiales resistentes a la abrasión y a la intemperie, soportar el doble de la presión nominal durante al menos 60 segundos, y tener un largo mínimo de 0.60 m (tipo I) o 6 m (tipo II).

¿Qué agentes extinguidos contempla específicamente la NOM 103?

Contempla agua simple para fuego tipo A y agua simple con aditivos espumantes para fuego tipo B.


Disclaimer: Este artículo es un resumen informativo sobre la NOM-103-STPS-1994. No debe considerarse una fuente oficial, para exactitud técnica consulta directamente la NOM oficial publicada por la autoridad competente.