NOM-119-SCFI-2000 es una Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos de seguridad y métodos de prueba aplicables a filtros para aire en automóviles de combustión interna. Si trabajas en la fabricación, importación o comercialización de este tipo de piezas automotrices, es crucial conocer los puntos clave de la NOM-119-SCFI-2000 para cumplir con la regulación mexicana.
¿Qué es la NOM-119-SCFI-2000?
La NOM-119-SCFI-2000 regula los aspectos esenciales de seguridad y desempeño para filtros de aire utilizados en automóviles de combustión interna, aplicando tanto a piezas nacionales como importadas. Su objetivo es proteger a los usuarios y consumidores, asegurando productos confiables en el mercado nacional.
Ámbito de aplicación de la NOM-119-SCFI-2000
Esta norma es obligatoria para fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de filtros de aire diseñados exclusivamente para automóviles de combustión interna, ya sean nuevos o de repuesto. Excluye filtros usados o reacondicionados y aquellos fabricados especialmente para equipo original automotriz.
Definiciones principales de la norma 119
Para una adecuada interpretación de la norma 119, es importante considerar los siguientes conceptos que aparecen en el texto oficial:
- Filtro de aire: Componente cuyo propósito es retener partículas sólidas del aire requerido en la combustión interna de automóviles.
- Elemento filtrante: Parte central del filtro (generalmente de papel o fibra), encargada de atrapar partículas del aire.
- Resistencia al flujo de aire: La oposición que presenta el filtro al paso del aire, medida en mm de columna de agua.
- Eficiencia: Proporción de partículas del aire que el filtro consigue retener.
- Permeabilidad: Medida de la facilidad con la que el aire atraviesa el elemento filtrante.
- Capacidad de retención de polvo: Cantidad total de polvo que puede retener el filtro antes de que su resistencia al flujo del aire alcance un nivel crítico establecido por la norma.
Requisitos de los filtros de aire según la NOM-119-SCFI-2000
La NOM-119-SCFI-2000 detalla especificaciones estrictas de construcción, materiales y desempeño para garantizar la seguridad y funcionalidad de los filtros:
- Materiales: Deben ser sólidos, resistentes y adecuados, sin presentar deterioro, abolladuras, cortes, fracturas ni corrosión.
- Elemento filtrante: Debe estar elaborado de materiales que no desprendan fibras y ser resistente al ambiente y humedad normal de operación del motor.
- Construcción: El filtro debe estar ensamblado de tal forma que no se desarme bajo condiciones normales de operación.
- Identificación: Se debe marcar de manera clara y legible lo siguiente: marca registrada, modelo o número de parte, nombre o razón social del fabricante o importador, país de origen, y si es necesario, la fecha de fabricación en código o texto.
Requisitos específicos de desempeño en la NOM-119-SCFI-2000
- Resistencia al flujo de aire:
- El aumento de presión diferencial debe estar dentro de los parámetros establecidos en la Tabla 1 de la NOM.
- Eficiencia:
- La eficiencia mínima debe ser del 98% en el caso de polvos muy finos (según los métodos de ensayo indicados en la norma 119).
- Capacidad de retención de polvo:
- Debe ser tal que durante la prueba el filtro soporte la carga de polvo sin deformarse ni perder funcionalidad antes del final de la prueba.
- Permeabilidad:
- Debe cumplir con los valores mínimos indicados en la NOM-119-SCFI-2000, evitando que el elemento filtrante se bloquee prematuramente.
Metodología de ensayo según la NOM 119
Para confirmar el cumplimiento de la NOM 119 SCFI 2000 PDF, se deben emplear los métodos de prueba normales y acelerados señalados en el cuerpo de la norma.
Entre los métodos descritos destacan:
- Prueba de resistencia al flujo de aire: Mide la diferencia de presión al pasar aire a través del filtro, usando instrumentos calibrados y condiciones controladas.
- Prueba de eficiencia: Se introduce polvo específico a una velocidad de flujo de aire constante y se miden las partículas retenidas por el filtro, comparando la concentración antes y después del mismo.
- Capacidad de retención de polvo: Similar al anterior, se evalúa cuánta cantidad total puede alojar sin que la resistencia exceda límites ni se dañe el filtro.
- Pruebas de permeabilidad y resistencia física: Verifican que los filtros no sufran daño físico ni se vuelvan inseguros bajo condiciones de uso ordinario.
Obligaciones de fabricantes, importadores y distribuidores
Todos los agentes responsables de filtros de aire automotriz deben:
- Asegurar que sus productos cumplen al 100% con los requisitos de la NOM-119-SCFI-2000.
- Realizar, o documentar que se han realizado, los métodos de prueba establecidos.
- Aportar informes, certificados o pruebas que demuestren el cumplimiento de la norma en caso de requerimiento por parte de la autoridad.
- Etiquetar adecuadamente cada filtro con los datos y leyendas previstos en la NOM 119.
El incumplimiento puede resultar en diferentes sanciones administrativas, decomisos, retiros de producto o incluso afectaciones comerciales.
Marcado, etiquetas e información para el consumidor
Todos los filtros de aire sujetos a la NOM-119-SCFI-2000 deben portar etiquetas visibles, indelebles y legibles con la información siguiente:
- Nombre o razón social y domicilio del responsable en México.
- Marca y modelo (o número de parte).
- País de origen.
- Instrucciones de instalación y cuidados básicos en español.
- Fecha de fabricación (en formato abierto o en código legible).
La marcación debe ser clara, sin abreviaturas no reconocidas, y debe acompañar siempre al producto (no solo al empaque).
Vigilancia y sanciones
La autoridad encargada de verificar y sancionar el cumplimiento de la NOM-119-SCFI-2000 es la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas. Pueden realizarse inspecciones aleatorias en puntos de venta, almacenes y aduanas.
Sanciones
Como toda NOM, el incumplimiento de la norma 119 puede dar origen a multas, aseguramiento de producto, retiro del mercado, y otras medidas administrativas.
Tabla resumen de requisitos según NOM-119-SCFI-2000
Requisito | Valor/Nivel Mínimo | Referencia en la NOM |
---|---|---|
Eficiencia de filtrado | ≥ 98% | Sección 6.2 |
Resistencia máxima al flujo | Ver Tabla 1 de la NOM | Sección 6.1 |
Capacidad de retención de polvo | Conforme método NOM (hasta presión crítica) | Sección 6.3 |
Permeabilidad | Conforme método Figura 1 | Sección 6.4 |
Procedimiento para la evaluación de la conformidad (PEC)
La evaluación de cumplimiento con la NOM-119-SCFI-2000 puede realizarse por laboratorio acreditado, siguiendo fielmente los métodos de ensayo oficiales. El fabricante, importador o distribuidor debe contar con documentación probatoria y presentarla cuando sea requerida por la autoridad.
Descargar la NOM-119-SCFI-2000 en PDF
Descarga la versión oficial de la NOM 119 SCFI 2000 PDF directamente desde el Diario Oficial de la Federación o utiliza el siguiente enlace para obtener la norma completa: Descargar NOM-119-SCFI-2000 PDF aquí.
Referencias y links útiles
Preguntas Frecuentes
¿A qué productos aplica la NOM-119-SCFI-2000?
La NOM-119-SCFI-2000 aplica a filtros de aire destinados a automóviles de combustión interna, tanto nuevos como de repuesto, fabricados o comercializados en territorio nacional. No aplica a filtros reacondicionados o fabricados para equipo original automotriz.
¿Cuáles son los requisitos técnicos más importantes de la norma 119?
Los filtros deben resistir el flujo de aire sin deformarse, ofrecer al menos 98% de eficiencia de retención de partículas, cumplir con los valores de permeabilidad y capacidad de retención de polvo, y su construcción debe ser robusta para no desarmarse bajo uso normal.
¿Qué información debe llevar la etiqueta o marcado del filtro según la NOM 119?
La etiqueta o el marcado debe incluir marca, modelo/número de parte, nombre o razón social, domicilio del responsable, país de origen e instrucciones básicas en español. También se debe indicar la fecha de fabricación en texto o en código legible.
¿Quién vigila el cumplimiento de la NOM-119-SCFI-2000?
La autoridad a cargo de la vigilancia es la Secretaría de Economía, actuando por medio de la Dirección General de Normas, quien puede realizar inspecciones y verificar documentación en puntos de venta, almacenes y aduanas.
¿Qué consecuencias hay por incumplir la NOM-119-SCFI-2000?
El incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas, decomisos, multas, retiro de producto del mercado o suspensiones según lo determine la Secretaría de Economía.
Disclaimer: Este artículo es un resumen informativo. Consulta la NOM-119-SCFI-2000 oficial para detalles exactos y actualizados. Este texto no sustituye la consulta directa de la norma oficial mexicana.